Apagón exRepública, por Eduardo López Sandoval

Ramonote Mandefuá, nuestro viejo amigo viejo, el profesor jubilado, que imparte sus conocimientos en el posgrado de la misma materia, que fue su esencia de vida por cuarenta años en el Liceo, Historia de Venezuela, tiene pendiente a todos sus seguidores en las redes sociales por su opinión acerca del apagón ocurrido en Venezuela, que desde que tiene prorrogado la emisión de su particular parecer, pasó de ser un apagón a plurales apagones.
Insisto sin respuesta, a casi un mes del primer corte imprevisto de suministro eléctrico. Hecho ocurrido en el país con las mayores reservas de estos caudales de electricidad y de muchas otras riquezas que paradójicamente todas tienen un carácter común, mientras más superabundantes son, más escasean,… todas: gasolina, electricidad, agua, turismo, políticos honestos, buenos magistrados del TSJ…
“Por estas calles” de esta ciudad colonial nos encontramos al viejo,…a la carrera…
-Ya está redactado el escrito, lo subimos esta tarde al Facebook, le pedí una opinión jurídica al nieto recién graduado de Abogado en la Universidad Católica, -no Bolivariana. El diagnóstico jurídico está de lo mejor, o de lo peor, depende desde el ángulo que lo mires…
-Mire compae, te adelanto, -siguió el viejito-, los apagones son, una de dos, por saboteo o por falta de las inversiones que a tiempo fueron destinadas para el mantenimiento y la programada reposición de equipos. Es decir, se robaron los reales o se dejaron sabotear. Que si la cuestión es por saboteo pudiéramos justificar un tanto el primer corte de luz, ´por lo de la sorpresa. Pero a partir del segundo ya estás avisado, y como dice el dicho, “Guerra avisada no mata soldado”. Por lo que, aún ante el evidente robo, vamos a dar el beneficio de la duda al Gobierno Bolivariano ¡Todavía! Si los apagones son por saboteo, ya están “avisaos”, y el problema de la súbita falta de luz debería terminarse ¡ya!
Ramonote subió la entonación:
-¡Si por el contrario, como parece ser, los apagones continúan, fue porque se robaron los reales!
(Y vale este paréntesis, los apagones han continuado después del acertado comentario…)
El Jubilado terminó la breve perorata al ligero paso de la Calle Bolívar:
-Recuerda que esto nos lo viene diciendo el Colegio de Ingenieros hace tiempo, “el país por la falta de inversiones en electricidad se va a parar”…
En efecto, el viejo posteó en la noche documento escaneado que a la letra dice:
De: Abogado Ramón Ubaldo Antonio Arturo Mandefuá… Para: Comité de Jubilados y Pensionados… Asunto: Protección del Derecho a la Verdad. Posible acción jurídica en contra del Gobierno ante la evidente mentira.
La Constitución consagra derechos distintos relacionados con la VERDAD, sobre los cuales la Sala Constitucional ha emitido sentencias que afianzan el derecho al “acceso a la información y a los datos, del acceso a documentos que contengan información, la cual debe ser puntual, sobre cualquier tópico, sean o no dichos documentos soportes de bases de datos, que tengan interés para las comunidades o grupos… Se trata de acceder a documentos en sentido amplio, escritos o meramente representativos (de allí que la norma expresa que son documentos de cualquier naturaleza), que por alguna razón contienen información de interés para el grupo, o para la comunidad. Tal interés debe ser decidido por el juez, para ordenar su exhibición, por lo que debe ser alegado …”.
Esto, por lo que se refiere a la verdad documental que involucre a un ciudadano o a grupo de personas, es el llamado Habeas Data.
Además, el artículo 143 de la misma Constitución garantiza el derecho que tienen todos los ciudadanos a ser informados oportuna y verazmente por la Administración Pública sobre el estado de las actuaciones en que estén directamente interesados, y a conocer las resoluciones definitivas que se adopten sobre el particular. La norma consagra el derecho de acceso a los archivos y registros administrativos de su interés.
Ante la mentira del Gobierno este gremio puede demandar, fundamentado en el Artículo 23 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, que establece: “La Sala Política Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia es competente para conocer de: 1. Las demandas que se ejerzan contra la República… 4. Las reclamaciones contra las vías de hecho atribuidas a las altas autoridades…”. La MENTIRA es una Vía de Hecho.
Lo contenido en el párrafo precedente debería dar como consecuencia que se recomiende demandar al Gobierno por la conocida mentira, pero en el párrafo se lee: “conocer de las demandas que se ejerzan contra la República”, y en Venezuela no hay República, en tanto no hay separación de Poderes, por lo que NO recomendamos demandar al Gobierno por ante el TSJ mientras éste sea una dependencia del infractor de la Ley.
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