Cambio de nombre no garantiza reconocimiento del Estado a la identidad de Género
Activistas y defensores de la comunidad Lgbti ven necesario que la Asamblea Nacional se aboque a crear una ley de identidad de género, instrumento que daría reconocimiento y protección a las personas trans y permitiría el cambio de identidad sexo-genérica de manera oficial. Aunque el cambio de nombre es un avance, Venezuela está rezagada en comparación con otros países de Latinoamérica
La comunidad Lgbti deberá mantener la presión al Gobierno hasta lograr la creación de una ley que norme el cambio de género, pues, aunque el Estado presentó el jueves 15 de diciembre un procedimiento para permitir a las personas acceder al cambio de nombre, un derecho establecido en el Código Orgánico de Registro Civil desde el año 2009, pero que no se había puesto en práctica. La medida sigue siendo insuficiente para reivindicar los derechos de la ciudadanía.
El protocolo, presentado tras semanas de protesta y presión por parte de activistas de la comunidad Lgbti, se basa en los artículos 147 y 148 de la Ley Orgánica del Registro Civil. Se deja claro que una vez que una persona trans, intersexual o no binaria acuda a alguna oficina del Registro Civil para solicitar el cambio de nombre, el registrador tendrá un plazo de ocho días hábiles para responder, luego otros 15 días hábiles para que la persona presente un recurso de reconsideración en el caso de que la respuesta inicial sea negativa.
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Finalmente, el registrador tendrá 10 días hábiles para proceder con el cambio de nombre, según los parámetros de la ley. Se prevé que la primera vicepresidenta de la Asamblea Nacional (AN) de 2020, diputada Iris Varela (PSUV), presente un modelo de nota que será estampado y aplicado a todas las personas que acudan a los registros civiles a realizar el cambio de nombre.
Se espera que la nota se aplique en todos los registros y luego se envíe al Saime, ente que aún no define el procedimiento para producir un nuevo documento de identidad una vez que se tenga la partida de nacimiento con el nuevo nombre.
Fin del secuestro del cambio de nombre
El hecho de que el Estado decida ahora dar un paso para permitir que las personas puedan cambiar su nombre por expresión de género, lejos de ser un avance o se considere símbolo de vanguardia, supone el rescate de un derecho que estaba secuestrado. Así lo asevera a TalCual la abogada y activista por los derechos humanos de la comunidad Lgbti Richelle Briceño.
En entrevista telefónica, Briceño señala que la postura que ahora parece asumir el Estado es un triunfo a la organización de la comunidad sexo diversa por el rescate de un derecho “secuestrado” por el CNE y la homofobia institucional. Sin embargo, reconoce que aún no es suficiente y que es menester que el Parlamento se aboque a sancionar una ley especial que regule el cambio de género.
Explica que avanzar hacia el reconocimiento o el cambio de género no es posible con crear un capítulo adicional en el Código de Registro civil, sino que “toda vez que es un derecho, debe ser legislado a través de una ley especial, tal y como ocurre en los demás países que nos llevan la delantera en esta materia”.
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Al ser preguntada sobre por qué no se expuso la exigencia de crear una ley de identidad de género en las marchas que la comunidad ha hecho en los últimos años o en protestas como las ocurridas a finales de noviembre, cuando al menos cuatro activistas se encadenaron frente a la sede de la Defensoría del Pueblo para exigir intermediación ante el Poder Judicial y Legislativo para que tomen en cuenta exigencias que llevan años engavetadas, Briceño afirma que es un paso que no se abandona.
“Sin embargo, para asegurar lo que ya está concretado en la ley necesitamos la aplicación del artículo 146, que no está reñido con el reconocimiento a género. Había que garantizar primero lo que ya está para poder entrar en otros debates, porque, además, no es solo el tema del género, sino todo un pliego de peticiones”, dice.
Sexo y género no es lo mismo
Venezuela quedó rezagada en materia de regulaciones a la identidad de género. La abogada Tamara Adrián –quien fue la primera diputada transgénero en América Latina— explica que en casi todos los ordenamientos jurídicos de la región el derecho a la modificación del nombre es considerado como personalísimo, por lo que se establece que no debe haber injerencia del Estado de ninguna forma.
Adrián cuenta que Venezuela ha podido ser el primer país en de Latinoamérica en reconocer la identidad de género. Relata que entre los años 2008 y 2009, cuando se discutía la reforma a la Ley Orgánica de Registro Civil, se planteó el reconocimiento de la identidad de las personas trans por vía integral, es decir, el nombre y sexo por medio del otorgamiento de una nueva partida de nacimiento ante el registrador, sin injerencia ni requisito salvo la manifestación de voluntad.
También se propuso el derecho al cambio de nombre universal, como está establecido en México, El Salvador, Honduras, Costa Rica, Colombia, Ecuador, Brasil, Uruguay, Argentina y Chile.
Ninguno de los planteamientos fue tomado en cuenta. De acuerdo con Adrián, la primera proposición fue desmeritada con comentarios homófobos de diputados de parlamento vigente en esos años.
“La redacción que yo había propuesto para el reconocimiento integral se refería a cuando el sexo no corresponda con el género y pueda afectar el libre desarrollo de la personalidad, porque el nombre es solo uno de los atributos de la personalidad y de la identificación”, agrega.
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Para Tamara Adrián, en el imaginario colectivo un nombre definiría el sexo, pero no es así en la ley. Rememora que cuando la reforma al artículo 146 entró en vigencia, la dirección de Registro Civil del Consejo Nacional Electoral (CNE) estaba a cargo de Sandra Oblitas, quien era abiertamente evangélica y el director del Registro Civil era Alejandro Herrar del Opus Dei.
Cuenta Adrián que Alejandro Herrera dijo en una opinión escrita y guardada en el CNE “que en la legislación venezolana el sexo era género y que en consecuencia el derecho del 146 en el supuesto de que no corresponda y afecte el desarrollo estaba condicionado a cuando el nombre no correspondiera con el sexo. Palabras más o palabras menos dijo que ese derecho solo aplicaría para personas cisgenero y no a las trans”.
«Toda persona podrá cambiar su nombre propio, por una sola vez, ante el registrador o la registradora civil cuando éste sea infamante, la someta al escarnio público, atente contra su integridad moral, honor y reputación, o no se corresponda con su género, afectando así el libre desenvolvimiento de su personalidad. Si se tratare de niño o niña, el cambio se efectuará mediante solicitud del padre, madre o representante; si es adolescente mayor de catorce años podrá solicitar personalmente el cambio de nombre propio; una vez alcanzada la mayoría de edad podrá volver a solicitar el cambio de nombre por una sola vez. En los casos de colocación familiar de niños, niñas y adolescentes, no se permitirá el cambio de nombre propio sin autorización judicial previa. El registrador o la registradora civil procederá a la tramitación del cambio de nombre propio, mediante el procedimiento de rectificación en sede administrativa».
Proceso expedito
La directora de la organización no gubernamental Unión Afirmativa, Quiteria Franco, dice que es necesario que el proceso sea expedito y que cualquier persona pueda ir a una oficina mostrando su intención de cambio de nombre para acceder a este derecho y apenas esto se realice, se le proceda a modificársele todos sus documentos.
Franco hace énfasis en la necesidad de que el Estado adopte medidas administrativas que no sean “engorrosas”, sino que, por el contrario, contribuyan a que las personas tengan una vida digna.
“Si bien el cambio de nombre es un avance, representa los mismos obstáculos que ya las personas trans tenían, sobre todo con discriminación», comenta.
Quiteria Franco reitera que debido a que en la actualidad las personas trans no gozan de su derecho a la identidad, sufren discriminación y revictimización cuando, por ejemplo, se enfrentan a alcabalas o puntos de seguridad en cualquier lugar.
La activista espera que esta vez el gobierno ponga manos a la obra por este derecho humano, no solo de la comunidad Lgbti, sino de toda la ciudadanía. Rememora que ya en el pasado ha habido conversaciones ante el CNE y personas trans han intentado con apoyo de organizaciones acceder al derecho del cambio de nombre, pero no han arrojado mayores frutos.
“Se han establecido mesas de trabajo, conversaciones, se emitió un escrito recomendando a todas las personas en los registros a aceptar los cambios y hasta el día de hoy no ha habido ningún resultado. Hasta que no vea que se soluciona serán solo promesas”, asevera.