CIDH otorga medidas cautelares a favor de cinco militares y un civil torturados
Estos ciudadanos habrían sido torturados en la sede del Dgcim hasta el punto en el que su derecho a la vida se vea en riesgo de «daño irreparable»
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) otorgó medidas cautelares a favor de los ciudadanos venezolanos Oswaldo García Palomo, José Romel Acevedo Montañez, Alberto José Salazar Cabañas, Miguel Ambrosio Palacio Salcedo y José Labichela Barrios, por considerar que se encuentran en una «situación de gravedad y urgencia de riesgo de daño irreparable a sus derechos».
Se trata de cinco militares y un civil. García Palomo y Acevedo Montañez son coroneles; Salazar Cabañas y Palacio Salcedo, Primer Teniente y Sargento, respectivamente; además del ciudadano Labichela Barrios. Todos se encuentran privados de libertad en la sede de la Dirección General de Contra Inteligencia Militar (Dgcim) en Venezuela, según la solicitud presentada a la CIDH.
De acuerdo ccon la solicitud, los beneficiarios de estas medidas cautelares habrían sido objeto de una serie de torturas y maltratos durante su tiempo en reclusión. Esto incluye golpes, colgamiento de sus muñecas mientras estaban esposados, y el suministro de sustancias a través de inyecciones.
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Como resultado de estos maltratos, estos ciudadanos presentarían lesiones de gravedad que no han recibido el tratamiento médico correspondiente. Incluso, José Labichela Barrios habría sido trasladado a un hospital militar en una situación en la que pudo perder su pierna gracias a una infección. Todos estos hechos han sido denunciados en la audiencia llevada a cabo ante el Tribunal 1 de Control Militar de Caracas, por lo que el Estado tiene conocimiento de la situación.
En consecuencia, la Comisión solicitó al Estado de Venezuela que adopte las medidas necesarias para proeger los derechos a la vida e integridad personal y salud de estas cinco personas. «En particular, tanto asegurando que sus agentes respeten los derechos de los beneficiarios, como garantizando que tengan acceso a una atención médica adecuada, atendiendo a su condición de salud y las recomendaciones de los especialistas correspondientes», indicó el comunicado de la CIDH.
El otorgamiento de la medida cautelar y su adopción por el Estado no constituyen prejuzgamiento sobre una eventual petición ante el sistema interamericano en la que se aleguen violaciones a los derechos protegidos en la Convención Americana y otros instrumentos aplicables.