CNE improvisa regla de paridad de género y condiciona aún más las postulaciones
La ONG Acceso a la Justicia denunció las violaciones legales que comete esta normativa, publicada por el CNE dos días después de que inició el proceso de postulación de candidatos a diputados de la Asamblea Nacional
El Consejo Nacional Electoral (CNE) publicó a última hora en su página web el ‘Proyecto de Paridad de Género’ que modifica el reglamento de cara a las elecciones parlamentarias que se celebrarán el próximo 6 de diciembre al imponer porcentajes concretos a la proporción de postulaciones según su género.
Según estas nuevas condiciones, las postulaciones lista, tanto nacionales como regionales, deben realizarse de acuerdo con una composición «paritaria» de 50% para cada género, mientras que las nominales se rigen por esta misma norma, pero en caso de no ser posible, la excepción permitirá que sea como mínimo un 40% y como máximo 60% para cada género.
Incluso el orden de las postulaciones deberá reflejar «la paridad y alternabilidad de género, de forma secuencial hasta completar la cantidad de postulaciones, es decir, si inicia con el género masculino el siguiente será el femenino y viceversa», de acuerdo con lo establecido por el documento publicado por el CNE.
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Quedan al margen de estas nuevas disposiciones las postulaciones de candidatos por representación indígena, que van a regir bajo normas nada claras después de que el CNE modificara el reglamento para que las comunidades indígenas definan sus propios mecanismos de elección de sus representantes.
El documento está suscrito por los rectores del CNE e incluye el nombre de Rafael Simón Jiménez Melean, pese a que renunció a su cargo de vicepresidente del ente el pasado 6 de agosto.
Nuevo ataque a la Constitución
La ONG Acceso a la Justicia denunció las violaciones legales que comete esta normativa, publicada dos días después de que inició el proceso de postulación de candidatos a diputados de la Asamblea Nacional.
En este sentido, destacan que el CNE viola la Constitución al modificar las leyes electorales a menos de seis meses de la fecha de celebración de los comicios.
«El CNE ataca otra vez a la Constitución en su artículo 298, que prohíbe expresamente la modificación de la legislación electoral seis meses antes de la celebración de los comicios», precisan.
El CNE ataca otra vez a la Constitución en su artículo 298 que prohíbe expresamente la modificación de la legislación electoral seis meses antes de la celebración de los comicios, tras anunciar en su web el Proyecto de paridad de género #JusticiaVe
— Acceso a la Justicia (@AccesoaJusticia) August 10, 2020