CNE recibe decisión del TSJ que declara constitucionalidad de preguntas para el referendo
El Máximo Tribunal declaró el martes 31 de octubre la constitucionalidad de las cinco preguntas entregadas por el Consejo Nacional Electoral (CNE) para el controvertido referendo sobre el Esequibo
El presidente del Consejo Nacional Electoral (CNE), Elvis Amoroso, informó que recibió la decisión de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en sentencia 1469, en la que se declaró la constitucionalidad de las cinco preguntas que se presentarán a los ciudadanos en el referendo consultivo convocado para el 3 de diciembre.
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«Hemos recibido la sentencia del TSJ que declaró la constitucionalidad de las preguntas formuladas en el referendo consultivo como máximo y último interprete de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela», dijo Amoroso durante una alocución transmitida por Venezolana de Televisión (VTV).
El Poder Electoral decidió acatar la referida decisión del Tribunal Supremo de Justicia rumbo al cumplimiento del cronograma electoral.
La decisión del TSJ
El Tribunal Supremo de Justicia declaró el martes 31 de octubre la constitucionalidad de las cinco preguntas entregadas por el Consejo Nacional Electoral para el controvertido referendo sobre el Esequibo.
En ponencia conjunta, la Sala Constitucional del TSJ ratificó el contenido de las cinco preguntas y ordenó la publicación de la sentencia –que no se encuentra en la página web del máximo tribunal– en Gaceta Oficial, la Gaceta judicial y la página web del organismo.
El referendo sobre el territorio Esequibo, en reclamación con la República Cooperativa de Guyana, se hará el próximo 3 de diciembre y tendrá como jefe de campaña al diputado y exministro Jorge Rodríguez.
La administración de Nicolás Maduro justificó la utilización de esta figura constitucional, activada por la Asamblea Nacional electa en 2020, por las disputas diplomáticas de las últimas semanas con Guyana, luego de que el vecino país aprobara una serie de licencias para la exploración y explotación petrolera en aguas marítimas.
¿Cuáles son las preguntas del CNE?
La sentencia en ponencia conjunta ratifica constitucionalmente el contenido de las cinco interrogantes, las cuales son:
1) ¿Está usted de acuerdo en rechazar por todos los medios conforme al Derecho, la línea interpuesta fraudulentamente por el Laudo Arbitral de Paris de 1899, que pretende despojarnos de nuestra Guayana Esequiba?
2) ¿Apoya usted el Acuerdo de Ginebra de 1966 como el único instrumento jurídico válido para alcanzar una solución práctica y satisfactoria para Venezuela y Guyana, en torno a la controversia sobre el territorio de la Guayana Esequiba?.
3) ¿Está usted de acuerdo con la posición histórica de Venezuela de no reconocer la Jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia para resolver la controversia territorial sobre la Guayana Esequiba?
4) ¿Está usted de acuerdo en oponerse, por todos los medios conforme a Derecho, a la pretensión de Guyana de disponer unilateralmente de un mar pendiente por delimitar, de manera ilegal y en violación del derecho internacional?
5) ¿Está usted de acuerdo con la creación del estado Guayana Esequiba y se desarrolle un plan acelerado para la atención integral a la población actual y futura de ese territorio que incluya entre otros el otorgamiento de la ciudadanía y cédula de identidad venezolana, conforme al Acuerdo de Ginebra y el Derecho Internacional, incorporando en consecuencia dicho estado en el mapa del territorio venezolano?.