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CNE restituye el voto indígena secreto pero sigue siendo en segundo grado



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CNE voto indígena
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TalCual | agosto 16, 2020

El Reglamento especial dictado por el CNE pone fin a la elección en primer grado para los representantes indígenas, establecida desde 1999, y además viola los artículos 3 y 16 de la Lopre, referentes a la personalización y derecho al voto nominal


El Consejo Nacional Electoral (CNE) emitió una resolución en la que modifica tres artículos del reglamento publicado el 24 de julio que regula la participación indígena en las elecciones parlamentarias previstas para diciembre de 2020, con lo que restituye el voto secreto y la postulación por organizaciones con al menos tres años de antigüedad y garantiza el respeto a las Asambleas Comunitarias.

La Resolución N° 200814-032, acordada el pasado viernes 14 de agosto y firmada por la presidente del ente, Indira Alfonzo Izaguirre, y el secretario general Gustavo Adolfo Pulido Cardier, modifica específicamente los artículos 6, 12 y 17 del Reglamento Especial para Regular la Elección de la Representación Indígena en la Asamblea Nacional 2020.

En la resolución anterior el artículo 17 establecía que «la forma de votación será a mano alzada, y se sujetará a lo dispuesto en el Manual de Funcionamiento de las Asambleas Generales para la designación de los voceros y voceras para la elección de los diputados y diputadas de la Representación Indígena a la Asamblea Nacional 2020».

Ahora el CNE, luego de modificar el artículo, señala que «el voto en las Asambleas Generales será secreto y se efectuará manualmente mediante boleta, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Procesos Electorales, su Reglamento General y el Manual de Funcionamiento de las Asambleas Generales».

Sin embargo, la elección sigue siendo en segundo grado.

El Reglamento especial dictado por el CNE pone fin a la elección en primer grado para los representantes indígenas establecida desde 1999, y además viola los artículos 3 y 16 de la Lopre, referentes a la personalización y derecho al voto nominal.

Lea también: Los ‘sospechosos habituales’ quieren mantener su curul en la Asamblea Nacional

Por otro lado, en la resolución anterior el artículo seis señalaba que para postularse como candidato o candidata indígena a la Asamblea Nacional debía, además de ser venezolano y mayor de 21 años, cumplir con al menos uno de los siguientes requisitos: haber ejercido un cargo de autoridad tradicional en su respectiva comunidad, tener conocida trayectoria en la lucha en pro del reconocimiento de su identidad cultural, o haber realizado acciones en beneficio de los pueblos y comunidades con un mínimo de tres años de funcionamiento.

Ahora el CNE agregó una cuarta condición, que es «pertenecer a una organización indígena legalmente constituida con un mínimo de tres años de funcionamiento».

También se eliminó la condición de que las acciones en beneficio de los pueblos y comunidades debían tener mínimo de tres años de funcionamiento.

*Lea también: #GuachimánElectoral: la alianza periodística que pondrá el ojo sobre las parlamentarias

La nueva resolución agrega una garantía al artículo 12 que no estaba establecida en el reglamento anterior. La nueva versión señala que las Asambleas Comunitarias «se desarrollarán en cada comunidad de acuerdo con sus usos y costumbres y, en caso de la existencia de diversos usos, por el método que establezca el Agente de Coordinación Electoral».

Diversas organizaciones defensoras de los derechos políticos y electorales, como el Observatorio Electoral Venezolano (OEV), recordaron que con esta normativa también se viola el artículo 298 constitucional, que prohíbe la modificación de la Lopre en los seis meses anteriores a la fecha de las elecciones y constituye un “irrespeto” a esta población.

“Aunque este Reglamento especial únicamente afecta a los pueblos y comunidades indígenas para la elección de los tres diputados que los representarán ante la Asamblea Nacional, nos afecta a todos, ya que incide en la calidad del proceso electoral en curso”, argumentó el OEV en un comunicado.

Este domingo 16 de agosto el CNE recordó que las organizaciones con fines políticos nacionales podrán presentar sus candidatos hasta el próximo 19 de agosto.

«Los representantes de las organizaciones con fines políticos nacionales vigentes, podrán presentar sus postulaciones para participar en las elecciones del 6D, hasta el próximo 19 de agosto», escribió el CNE en su cuenta en la red social Twitter.

El período de admisión o rechazo de las postulaciones de los representantes de las organizaciones con fines políticos nacionales vigentes, se será hasta el #19Ago #TiempoDeElegir #CNE

— CNE.ve (@ve_cne) August 16, 2020

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