Control Ciudadano: Reforma del Código de Justicia Militar busca lavar la cara del Estado
La reforma del Código Orgánico de Justicia Militar (COJM) exhibe pobreza de contenido y el objetivo de lavar la cara del Estado ante la vigilancia internacional. Esta afirmación forma parte del análisis hecho por Control Ciudadano tras la reforma exprés aprobada, hace una semana, por la Asamblea Nacional de Nicolás Maduro
La reforma del Código Orgánico de Justicia Militar (COJM) exhibe pobreza de contenido y el objetivo de lavar la cara del Estado ante la vigilancia internacional. Esta afirmación forma parte del análisis hecho por Control Ciudadano tras la reforma exprés, aprobada, hace una semana, por la Asamblea Nacional de Nicolás Maduro.
“La reforma exprés del Código Orgánico de Justicia Militar, realizada por la Asamblea Nacional, de espaldas a la sociedad y las organizaciones no gubernamentales especializadas, ha dado como resultado un contenido tan pobre como inútil, con el que el Estado venezolano pretende lavarse la cara ante la vigilancia internacional, por violaciones a derechos humanos que ha venido cometiendo, en el marco de la aplicación de la justicia militar. Nos dicen que desde ahora los civiles no serán juzgados por tribunales militares, cuando eso ya estaba garantizado en la Constitución de 1999”, subrayó la directora de Control Ciudadano, Rocío San Miguel.
El derecho de los civiles a no ser juzgados por tribunales militares, está garantizado desde 1999 en la Constitución
Toca ahora ocuparse Larry de resarcir la violación, caso x caso, de este derecho constitucional, que ha venido siendo violado desde 1999 a cientos de venezolanos https://t.co/N9KseKby4k
— Rocío San Miguel (@rociosanmiguel) September 21, 2021
En septiembre de 2020, la Misión de Determinación de los Hechos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en su informe sobre Venezuela advirtió que se ha acusado a civiles de delitos que se utilizan habitualmente para militares, previstos en el Código Orgánico de Justicia Militar. Dentro de los delitos recurrentemente más señalados están el de traición a la patria, sustracción de pertenencias militares, rebelión o ultraje al centinela.
Rocío San Miguel, en información difundida por la Organización No Gubernamental (ONG) este miércoles 22 de septiembre, señaló que dado que la reforma solo contiene seis artículos ha dejado a su paso varios problemas pendientes. A juicio de San Miguel, la reforma debió abordarse como una reforma integral y en conjunto con el Código Penal, además debieron realizarse debates públicos sobre temas importantes para el país.
Control Ciudadano no duda en afirmar que la reforma del Código Orgánico de Justicia Militar representa una burla al país y a la Fuerza Armada Nacional (FAN).
Además, en el COJM se mantiene la intervención del Ejecutivo nacional, en tanto los jueces y fiscales militares permanecen guiados por los principios de obediencia, disciplina y subordinación de la Fuerza Armada. «Así lo señalan las últimas remociones y detenciones a jueces militares”, refirió San Miguel.
De acuerdo con las observaciones de Rocío San Miguel, la reforma del COJM no incorpora la prohibición expresa para la justicia militar de investigar y juzgar violaciones a los derechos humanos cometidas por militares, las cuales deben ser investigadas y juzgadas por la jurisdicción penal ordinaria.
«Lamentablemente las violaciones a derechos humanos cometidas por efectivos de la Fuerza Armada Nacional, continuarán siendo juzgadas por tribunales militares, sin la calificación correspondiente, como ha venido ocurriendo”, advirtió la abogada.
Por otra parte, destacó San Miguel, los legisladores parecen desconocer que los civiles también pueden cometer crímenes de guerra, los cuales también deben ser conocidos por tribunales ordinarios para el caso de civiles. «Eso solo puede resolverse con una reforma integral al Código Penal y al Código Orgánico de Justicia Militar», indicó.
Cuestionó, asimismo, que persista la norma según la cual se aplica la justicia militar a militares retirados, cuando solo debería ser para militares activos. «Este es un principio que no ha sido incorporado en la reforma del COJM. De haberse respetado este principio, el capitán de corbeta en reserva activa, Rafael Acosta Arévalo, quizá hoy estaría con vida”, puntualizó San Miguel.
Otro aspecto neurálgico es que no se cambió la clasificación legal general de los delitos militares lo cual conlleva que persistan «anacronismos e indefiniciones normativas».