Dinero chimbo, por Teodoro Petkoff
Desde hace unos días ha estado flotando por los aires un globo de ensayo según el cual el Banco Central quedaría reducido a la condición de una dependencia del Ministerio de Finanzas. A la Asamblea Nacional llegó un proyecto de reforma de la Ley del Banco Central, que no sólo permitiría al fisco raspar la olla de las «ganancias cambiarias» al menos dos veces al año en lugar de una, sino que reduciría los requisitos para la designación y remoción de su presidente (que es facultad del presidente de la República y exige aprobación parlamentaria) y, como guinda del coctel, arrebataría al BCV el registro e información sobre el comportamiento de las variables macroeconómicas (inflación, PIB, balanza de pagos) para trasladarlas, posiblemente, al Instituto Nacional de Estadística. La paternidad del engendro, al decir del profesor Maza Zavala, es desconocida.
Sin embargo, todo indica que la reforma se reducirá al aspecto puramente puntual de las ganancias cambiarias, desechando todo lo demás. Así nos lo había informado el viernes pasado Rodrigo Cabezas, presidente de la Comisión de Finanzas de la Asamblea y ayer lo ratificó Willian Lara, después de una reunión con el directorio del BCV. Todo habría sido un tanteo, que al revelar la disposición de los directores del Central a enfrentar aquella intención, llevó a un prudente paso atrás. El fantasma del conflicto de Pdvsa tal vez recordó a la gente que manda que la cosa está muy vidriosa como para cazar ese pleito.
Sin embargo, lo que se pretende, en relación con las ganancias cambiarias, continúa siendo inconstitucional, amén de que económicamente constituye una peligrosa medida inflacionaria. Jurídicamente estamos en presencia de una contradicción típica de los tiempos «revolucionarios». La reforma de la Ley del Banco Central, aprobada en 2001, autoriza lo que la Constitución niega de manera explícita. El artículo 320 de la Bicha reza, taxativamente: «En el ejercicio de sus funciones, el Banco Central de Venezuela no estará subordinado a directivas del Poder Ejecutivo y no podrá convalidar o financiar políticas fiscales deficitarias». Clarísimo. De hecho, la Ley del BCV de 1992 consagraba esto mismo, después de la desafortunada experiencia de Argentina y otros países del continente, que utilizaron los bancos centrales como caja chica de los gobiernos, y de la nuestra de 1986, 87 y 88, cuando las ganancias cambiarias fueron utilizadas para financiar déficit fiscal. La reforma giordaniana del 2001 eliminó aquella prohibición, en franca contradicción con la Constitución.
Ahora, nuevamente, a raíz de la catástrofe fiscal provocada por el gobierno, se va a remendar otra vez la Ley del BCV, para que el gobierno pueda raspar la olla cambiaria a voluntad. Después se preguntan los brujos que dirigen la política económica por qué los bancos internacionales dejaron con la mano extendida a nuestros ministros. ¿Quién le va a prestar plata a un gobierno que acomoda las leyes a su capricho?