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El CNE impuso tres formas de escogencia: nominal, lista y “la ñapa” para el #6D



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CNE #GuachimánElectoral
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TalCual | agosto 19, 2020

El nuevo sistema de adjudicación de escaños crea dudas sobre si realmente los partidos políticos más pequeños tendrán mayor oportunidad de ganar

Autor: Odell López Escote 


A simple vista parece que quienes decidan acudir a votar el #6D en las elecciones parlamentarias tendrán la oportunidad de elegir más. Antes, la gente votaba por 167 diputados y ahora lo hará por 277. Sin embargo, elegir más no es exactamente decidir.

Con el incremento de escaños, el novel Consejo Nacional Electoral (CNE) determinó tres tipos de elección: diputados nominales, es decir por nombre y apellido (inclusive con su foto); diputados lista (los que designen desde los partidos) y “una ñapa” de lista nacional, no prevista en ninguna de las leyes nacionales.

En las dos últimas formas de elección los nombres de los candidatos se desconocen, pues resultan de discusiones internas de las organizaciones políticas, las que deciden quiénes se sentarán en la cámara una vez obtengan los votos necesarios.

En el #GuachimánElectoral nos proponemos explicar en un simple ABC las formas de adjudicación de escaños: 51% entrará vía acuerdos políticos entre partidos y no por la elección nominal.

A los que elegirán a tientas

El origen de la lista nacional y los otros cambios provienen de la sentencia 0086 del Tribunal Supremo de Justicia derivada de la demanda que ejercieron los dirigentes de los partidos que conforman la Mesa de Diálogo Nacional.

Junto a la aceptación de esta demanda interpuesta por: Javier Bertucci, Claudio Fermín, Timoteo Zambrano, Felipe Mujica, Luis Augusto Romero, Rafael Marín, Juan Carlos Alvarado y Segundo Meléndez, el TSJ también le dio luz verde al nuevo ente comicial  para ampliar y redistribuir la cantidad de diputados, pues según el fallo la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) no garantiza la personalización del voto y la representación proporcional.

De acuerdo con Eglée González-Lobato, directora de la Cátedra “Libre Democracia y Elecciones” de la Universidad Central de Venezuela (UCV) y exconsultora jurídica del CNE, la lista de adjudicación nacional rompe con el criterio tradicional básico en un Estado de Derecho, en el que los diputados representan a las entidades federales y a sus ciudadanos. “¿A cuáles estados representa una circunscripción nacional? ¿Cuál es el presupuesto municipal que ellos defenderán?», cuestionó en torno a la lista de adjudicación nacional.

De acuerdo con la experta, la lista nacional busca resolver la falta de democracia en las toldas, pues se prevé que mediante esta modalidad se designen los cogollos centrales que funcionan en la capital, para no incidir en la elección de candidatos regionales, cuya falta de popularidad pueda restarles la oportunidad de un escaño en el Parlamento.

El politólogo y editor de Parlamundi Venezuela, Xavier Rodríguez Franco, cree que los 110 nuevos curules añadidos, entre los que se encuentran los nacionales, son desproporcionados y que la sobrerrepresentación parlamentaria no garantiza una mayor efectividad en las actividades de los diputados en su circunscripción. En este punto coincide con González-Lobato y recuerda que un parlamentario representa a una circunscripción, que a fin de cuentas es un territorio específico, pero no a todo un país.

Lo que dice la ley

El artículo 186 de la Constitución establece que todos los estados deben tener como mínimo tres diputados. Esto arroja un número fijo de 72 funcionarios al multiplicar los 24 estados por tres.

Los otros diputados deben ser electos de forma proporcional. Es decir, la cantidad de habitantes de cada estado se divide entre el 1.1% (factor establecido en la Constitución) de la población total del país. La base poblacional este año es de 360.558,61. Al dividir la población de cada estado entre ese 1.1% se traduce en cuantas veces la base poblacional está representada en el número total de habitantes de una entidad.

La cifra que resulte se redondeará hacia arriba y será la cantidad de parlamentarios en cada entidad. La sumatoria de estos resultados más los tres diputados indígenas serán el total de curules que conformará la Asamblea Nacional.

*Lea también: Partido Demócrata nomina oficialmente a Joe Biden como candidato contra Trump

Una vez con la cantidad de diputados por estado se debe decidir cuántos son nominales y cuántos lista. Cuando una entidad tenga 10 o más diputados tres de ellos serán lista y el resto escogido por nombre y apellido. El siguiente establece que cuando en un estado hay nueve o menos diputados dos de ellos serán designados por lista y el resto será nominal. Esto según la lógica legal y no la lógica política que aplicó el Poder Electoral.

Rodríguez Franco, de Parlamundi Venezuela, es enfático al afirmar que las reformas de carácter supranacional son ilegales, porque el Poder Judicial no debe estar por encima de la Constitución.

Por ejemplo, de acuerdo con la ley vigente, a Delta Amacuro, que tiene 237.370 habitantes, le corresponden 0,65 diputados, que se redondea a uno, más los tres designados por la Constitución suman cuatro. Según la nueva norma aprobada por el CNE, con la venia del TSJ, Delta Amacuro elegirá seis, dos más de los que le corresponden.

“Un sistema como este solo lleva a ganar en alianza perfecta, lo que deja por fuera a ese número de partidos regionales minoritarios, salvo uno que otro caso emblemático”, consideró González-Lobato.

La adjudicación de los diputados nacionales se hará como las listas regionales, con el método D’ Hondt, es decir, dividir el total de votos obtenidos por cada partido entre uno, dos y así sucesivamente, según la cantidad de cargos a escoger.

El Observatorio Electoral Venezolano (OEV) consideró que esta fórmula es inconveniente, primero porque prevalecen los pactos políticos en lugar del voto nominal y segundo porque al final, quien decida votar por un partido regional perderá la posibilidad de elegir a un diputado nacional, lo que restaría oportunidades a las toldas minoritarias que, según la sentencia del TSJ, deben estar representadas en el Parlamento.

La exconsultora jurídica electoral cree que tal como está el sistema, las dos fuerzas mayoritarias podrían terminar repartiéndose la mayor cantidad de escaños. “Fundamentándose en un ajuste de proporcionalidad, ellos generaron una deformación del sistema que amenaza y con el que es muy fácil obtener dos fuerzas nacionales con las dos terceras partes del foro”.

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