Espacio Público denunció aumento en confiscación de equipos a periodistas por parte de autoridades

La ONG Espacio Público recordó que, como todo derecho humano, la libertad de expresión tiene “limitaciones excepcionales, no genéricas, difusas ni de libre interpretación», que se pueden establecer únicamente luego de la «difusión de la información, no antes o durante el registro o búsqueda de la misma”
“Los teléfonos celulares, computadoras, cámaras fotográficas y equipos con información personal o laboral son el blanco de funcionarios policiales y militares durante la cobertura de calle en situaciones irregulares”, así lo dio a conocer la Organización No Gubernamental (ONG) Espacio Público, quienes aseguraron que dicha práctica restringe “el ejercicio de la libertad de expresión, información y opinión”.
A través de un comunicado, la organización de la sociedad civil aseguró que dicha práctica de amedrentamiento “se ha incrementado (…) De forma lenta, pero constante”, al tiempo que denunciaron el aumento de la “confiscación de ilegal” de equipos o borrado de material gráfico o audiovisual, “sin motivos legítimos o legales y en ausencia de una orden judicial”.
Señalaron que policías y militares obligan a periodistas, reporteros o particulares a borrar material o revisan directamente los equipos, “en abierta violación del derecho a la privacidad, a la protección de datos, libertad de expresión e información, e incluso con implicaciones en el derecho a la propiedad”.
Espacio Público registró que entre enero de 2020 y agosto de 2021, se registraron 18 “confiscaciones ejecutadas” y 13 “episodios de amenazas o intentos violentos de revisión de equipos”, en los que 24 víctimas fueron periodistas y 3 particulares.
La ONG recordó que, como todo derecho humano, la libertad de expresión tiene “limitaciones excepcionales, no genéricas, difusas ni de libre interpretación», que se pueden establecer únicamente luego de la «difusión de la información, no antes o durante el registro o búsqueda de la misma”.
Agregaron que “en cualquier caso, la restricción debe ser proporcional, necesaria y legal, con procesos regulados, transparentes, autorizados por un juez y justificado en el derecho internacional de los derechos humanos”, al tiempo que destacaron que el objetivo del registro, confiscación y borrado “es la censura de situaciones de interés público, prácticas que pueden incurrir en delitos, corrupción e incluso presuntas violaciones a los derechos humanos”.
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La organización de la sociedad civil recordó que el borrado de contenidos “constituye censura previa, prohibida por los estándares internacionales”, entre ellos el artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos y el artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
“Los funcionarios no tienen autoridad para eliminar ni exigir que se borre el contenido dentro de los equipos, y las autoridades no tienen fundamento para declarar que la negativa de borrar el contenido constituye el delito de obstaculización de la justicia o la de desobediencia a la autoridad, y tampoco es causa para detener a la persona”, expresaron. “Para que una inspección y confiscación sea legal, el funcionario debe comunicar a la persona que será inspeccionada, y garantizar la presencia de dos testigos, y que alguien del mismo género ejecute la inspección (…) Además, la inspección debe durar un plazo razonable, no puede durar más de lo exigido por la práctica y, en caso de incautar bienes o propiedades, los funcionarios deben comunicarlo de forma expresa y clara, precisar los motivos así como la norma legal que lo fundamenta”.
Espacio Público puntualizó que los funcionarios deben dejar constancia de lo sucedido, por escrito y dentro de un acta, “a la que deben tener acceso tanto la persona afectada como su defensa de manera inmediata”.
Con información de EFE.