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EsPaja | ¿Para aspirar a una gobernación es necesaria la residencia en ese estado?



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EsPaja gobernación
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EsPaja | diciembre 7, 2021

Tras la postulación de Jorge Arreaza como candidato a la gobernación de Barinas, en la elección que se repetirá el 9 de enero de 2022, surgió la pregunta en redes sociales: ¿es necesario que esté residenciado en ese estado (que no es el caso)? La respuesta es negativa: a diferencia de los alcaldes, a los aspirantes a gobernadores de estado no se les exige residencia en un lugar en particular, según el reglamento electoral vigente

Texto: Alexis Correia


Un total de 42% de los votantes habilitados en Venezuela eligió a 22 gobernadores el 21 de noviembre de 2021. Un estado fue el «patito feo»: Barinas. Según una decisión del Tribunal Supremo de Justicia (fechada el 29/11/2021), el opositor Freddy Superlano tenía los votos para vencer al gobernador saliente Argenis Chávez, pero era un candidato inhabilitado para haber participado, aunque los rectores del Consejo Nacional Electoral —al parecer— nunca se enteraron. A una decisión judicial con una explicación críptica (texto de EsPaja.com), hay que agregar la no independencia de poderes en Venezuela, si creemos en las misiones de la Unión Europea y el Centro Carter.

En todo caso, la repetición que ordenó el TSJ para el 9 de enero de 2022 tendrá nuevos actores. Entre ellos Jorge Arreaza (PSUV), que vota en el 23 de Enero de Caracas.

Arreaza (48 años de edad) ha cumplido una gran cantidad de roles aparentemente disímiles en los años de gobierno de Nicolás Maduro: vicepresidente ejecutivo (2013-2016), ministro de Educación Superior y Ciencia (2016-2017), canciller de la República (2017-2021) y ministro de Industria (2021). En todo caso, es nacido en Caracas y no se le conoce vinculación alguna con el estado llanero Barinas, aparte de haber estado casado en el pasado con la hija de un barinés: Rosa Virginia Chávez.

¿Puede alguien aspirar a la gobernación de un estado en el que no vive? Fue una pregunta en redes sociales el lunes 6 de diciembre, cuando expiraba el plazo de inscripción.

*Lea también: Con discurso escrito, Jorge Arreaza promete obras y «rectificar» el chavismo en Barinas

La respuesta es: aunque pueda parecer insólito, la legislación vigente en Venezuela no exige la residencia en un estado en el caso específico de los candidatos a gobernadores a ese estado. Para ello hay que recurrir al Reglamento de la ley electoral vigente:

ARTÍCULO 114.- Para ser candidata o candidato a Gobernadora o Gobernador de estado se requiere:

1. Ser venezolana o venezolano por nacimiento o por naturalización, caso este último, para el cual deberán tener residencia ininterrumpida, no menor de quince (15) años en el territorio venezolano.

2. Mayor de veinticinco (25) años, a la fecha de la elección.

3. De estado seglar.

4. Estar inscrita o inscrito en el Registro Electoral.

PARÁGRAFO ÚNICO.- Para ser candidata o candidato a Gobernadora o Gobernador de un estado fronterizo, se requiere ser venezolana o venezolano por nacimiento, no tener otra nacionalidad y cumplir con los demás requisitos antes indicados.

Fin del artículo. Quizás lo que despierta la confusión es que ese requisito sí se le exige a otros aspirantes a cargos públicos regionales:

  • Diputados de la Asamblea Nacional o de Consejos Legislativos de estados: «Haber residido cuatro (4) años consecutivos en la entidad correspondiente, en cualquier momento antes de la elección» (artículo 113 del Reglamento). Si bien, en las parlamentarias de 2020 —no reconocidas por la Asamblea Nacional 2016-2021—, a través de una norma especial, el CNE introdujo la figura de los 48 diputados «nacionales», no prevista en la legislación.
  • Alcaldes:  «Haber residido, al menos durante tres (3) años, en el municipio por el cual se postula» (artículo 2018, con algunas restricciones para municipios fronterizos)
  • Concejales de municipios: «Tener residencia en el municipio durante, al menos, los tres (3) últimos años previos a su elección» (artículo 119, con algunas restricciones para municipios fronterizos)

¿Qué dice la Constitución?

Si nos vamos a la más elevada de las leyes venezolanas, su Carta Magna (1999), solo se especifican los siguientes requisitos: «El gobierno y administración de cada Estado corresponde a un Gobernador o Gobernadora. Para ser Gobernador o Gobernadora se requiere ser venezolano o venezolana, mayor de veinticinco años y de estado seglar» (artículo 160).

¿Qué dice la Ley Electoral?

Tras la Carta Magna, en la jerarquía legal, el instrumento más importante que rige la organización de comicios es la Ley Orgánica de Procesos Electorales o Lopre. Sin embargo, solo se indica:

  • Artículo 45: los requisitos y condiciones para que las electoras y los electores puedan postularse a los distintos cargos de elección popular son los que se encuentran establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en las leyes

De resto, solo se prohíbe taxativamente ser candidato a alcalde y gobernador de manera simultánea.

El resultado

Es falso que se necesite residir durante un período determinado en el estado para el cual se aspira a ser gobernador. El excanciller Jorge Arreaza, o cualquier ciudadano venezolano de nacimiento o naturalizado con al menos 15 años de residencia, y mayor de 25 años, inscrito en el Registro Electoral y de estado seglar (ajeno a una jerarquía religiosa), puede ser postulado a gobernador de Barinas, incluso en el supuesto de que no hubiera vivido un solo día en el estado llanero.

Queda de parte de los electores de la región depositar en él (o no) su confianza.

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