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Familiares de policías metropolitanos insisten en su liberación



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Militares en Ramo Verde
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TalCual | abril 11, 2020

Los policías metropolitanos llevan detenidos 16 años y 11 meses en la cárcel de Ramo Verde por estos hechos, pese a que el juez que llevó el caso declaró que habían sido inculpados por una decisión política


Familiares de cuatro de los policías metropolitanos encarcelados por los sucesos del 11 de abril de 2002 exigieron nuevamente su libertad, debido a que están amparados por la Ley de Redención Judicial de la pena que conmuta un día en prisión por cada dos días estudiados o trabajados.

Laura Pérez, esposa del policía Luis Molina, destacó que tanto su pareja como Arube Pérez, Héctor Rovaín y Erasmo Bolívar pueden estar en libertad debido a ciertos beneficios procesales cumplidos como el destacamento de trabajo y el régimen abierto, pero la jueza Ada Marina Armas se ha negado.

Los policías metropolitanos llevan detenidos 16 años y 11 meses en la cárcel de Ramo Verde por estos hechos, pese a que el juez que llevó el caso declaró que habían sido inculpados por una decisión política.

En el caso de Arube Pérez, cuya condena fue por 17 años, incluso ya pudo haber accedido a libertad condicional y por vencimiento del confinamiento.

*Lea también: Trabajadores online tampoco se salvan de los efectos del coronavirus

El destacamento de trabajo permite al recluso salir a trabajar y regresar al centro de reclusión cada noche. Puede recibir este beneficio cuando tenga la mitad de la pena cumplida.

En el régimen abierto se envía al recluso a un centro de tratamiento comunitario, donde trabaja y pernocta de lunes a jueves. Viernes, sábado y domingo duerme en su casa. Se otorga a partir de los dos tercios de la pena impuesta.

La libertad condicional establece medidas de presentación periódicas ante el tribunal y de ella se goza a partir de las tres cuartas partes de la pena. El confinamiento permite al recluso vivir a 120 kilómetros del lugar donde ocurrieron los hechos. En la última reforma del COPP se eliminó el confinamiento, pero los PM fueron juzgados con el código anterior, por lo tanto preservan sus derechos.

Por su parte Héctor Rovaín, Luis Molina y Erasmo Bolívar fueron condenados a 30 años de prisión por los delitos de homicidio calificado en grado de frustración en perjuicio de Ruby Alfonso Urbano Duque y Erasmo Enrique Sánchez, dos militantes del oficialismo. Por las 17 muertes restantes ocurridas durante los sucesos de Puente Llaguno nunca se buscaron culpables. La mayoría eran opositores.

6.232 DÍAS = 17 AÑOS PRESOS
La Jueza Ada Marina Armas se ha negado realizar el cómputo de horas de trabajo y estudios para redimir la pena de estos 4 Funcionarios y así otorgarles su Libertad #LiberenALos4PM #NoMasAbusos #SalvemosLaVidaDeLos4PolicíasMetropolitanos pic.twitter.com/4OP1YcLlSb

— Laura Pérez De Molina (@LauraDeMolina1) April 11, 2020

Mientras, los comisarios Henry Vivas y Lázaro Forero pagan si condena a través de medidas humanitarias de casa por cárcel por las graves enfermedades que padecen. Lo mismo sucede con el sargento Julio Rodríguez.

El comisario Iván Simonovis estuvo en su casa, con medida de casa por cárcel, hasta que el presidente encargado, Juan Guaidó, lo indultó y escapó del país en 2019.

Hasta la fecha, el único liberado por estos sucesos fue el comisario Marco Hurtado, cuya boleta de excarcelación se emitió en enero de 2020 a pesar de que debió haber salido en libertad en diciembre de 2019.

Al comisario se le condenó a 16 años y 8 meses de prisión por dos de las 19 muertes ocurridas el 11 de abril de 2002 en Puente Llaguno. Hurtado, al igual que sus compañeros, no pudo ser beneficiario de los derechos procesales contemplados en la ley.

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