Gobierno de Maduro ha tenido una actitud negligente en disputa por el Esequibo

El Consejo Venezolano de Relaciones Internacionales rechaza que la Corte Internacional de Justicia pueda conocer el caso y califica de negligente actuación de la administración de Maduro frente a disputa por el Esequibo
El gobierno de Nicolás Maduro ha sido negligente en la defensa de los intereses nacionales en la reclamación del Esequibo, asumiendo una actitud meramente pasiva tras anunciar el 18 de junio de 2018 que no participaría en el proceso seguido ante la Corte Internacional de Justicia, por lo que el Consejo Venezolano de Relaciones Internacionales cuestiona la posición asumida por el Ejecutivo venezolano.
Reiteran que la Corte Internacional de Justicia no tiene competencia para atender el caso, el cual está regulado por lo establecido en el Acuerdo de Ginebra, suscrito en 1966 y consideran inamistosa la actuación del gobierno de Guyana. Reconocen la actuación diligente que ha tenido la Asamblea Nacional frente a esta controversia..
A continuación el comunicado del Consejo Venezolano de Relaciones Internacionales:
El Consejo Venezolano de Relaciones Internacionales (COVRI) como organización de la sociedad civil
plenamente comprometida con la defensa de nuestros intereses nacionales, convencida de la justicia de nuestra reclamación del Territorio Esequibo, y consciente de nuestras posiciones históricas al respecto; desea fijar la siguiente posición en torno al próximo vencimiento del plazo fijado por la Corte Internacional de Justicia para que el Estado venezolano exponga sus argumentos en torno a su falta de competencia para conocer la demanda unilateral intentada por el Gobierno de la República Cooperativa de Guyana:
1) Ratificar que en virtud del espíritu y normas establecidas en el Acuerdo de Ginebra de 1966, las
Partes signatarias se comprometieron “a buscar soluciones satisfactorias para el arreglo práctico de la
controversia” sobre la frontera; por tanto, no puede considerarse aceptable el sometimiento unilateral de una demanda ante la Corte Internacional de Justicia sobre la cuestión jurídica de la validez del nulo e írrito Laudo de París de 1899, intentando desconocer tanto el verdadero propósito del Acuerdo de Ginebra como nuestra legítima reclamación sobre el Esequibo, como ha pretendido en forma inamistosa el Gobierno de la República Cooperativa de Guyana.
2) Exhortar al Gobierno de la República Cooperativa de Guyana al desistimiento de su demanda
intentada unilateralmente ante la Corte Internacional de Justicia; e instar muy respetuosamente
al Gobierno del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte como Parte que también es
del Acuerdo de Ginebra -y además con una gran carga de responsabilidad histórica en el origen de
la controversia-, que anime al Gobierno de la República Cooperativa de Guyana a renunciar a su
demanda unilateral conforme al Artículo 89 del Reglamento de la Corte, y cumplir de buena fe con
lo dispuesto en el Acuerdo de Ginebra.
3) Reiterar que la Corte Internacional de Justicia carece de jurisdicción para conocer la demanda
unilateral intentada por el Gobierno de la República Cooperativa de Guyana, pues Venezuela nunca
ha consentido tal jurisdicción de manera formal, clara e inequívoca; ni hay en el Acuerdo de Ginebra
disposición expresa alguna que suponga un consentimiento a la jurisdicción de la Corte.
4) Reafirmar que el consentimiento de Venezuela como Estado soberano a la jurisdicción de la Corte
Internacional de Justicia no puede ser suplido por el Secretario General de la ONU, Sr. António
Guterres, quien sólo puede procurar la solución de la controversia respetando el propósito del
Acuerdo de Ginebra de conformidad con los mecanismos de solución de controversias derivados del
Artículo 33 de la Carta de la ONU que sean compatibles con tal finalidad o que, en todo caso, hayan
sido aceptados expresamente por las Partes.
5) Resaltar que los mecanismos de solución pacífica de controversia de naturaleza político-diplomática no han sido agotados, sino que los sucesivos Gobiernos de la República Cooperativa de Guyana se han negado sistemáticamente a negociar de buena fe, bloqueando así las posibilidades de éxito, tanto de la Comisión Mixta negociadora (1966-1970) como del mecanismo de los Buenos Oficios (1989-2014) y con mandato reforzado de mediación (2017). Al respecto, solicitamos urgentemente al Secretario General de la ONU, Sr. António Guterres, hacer público los resultados de las gestiones de los cuatro (4) buenos oficiantes designados por la Secretaría General de la ONU a lo largo de todo el proceso.
6) Manifestar que el régimen de Nicolás Maduro ha sido negligente en la defensa de los intereses
nacionales en la reclamación del Esequibo, asumiendo una actitud meramente pasiva tras anunciar
el 18 de junio de 2018 que no participaría en el proceso seguido ante la Corte Internacional de
Justicia, siendo que el 18 de abril de 2019 se cumple el lapso que sorprendentemente fijó la Corte
Internacional de Justicia al Estado venezolano para exponer sus argumentos en torno a su falta de
jurisdicción en un documento de Contramemoria; aunque evidentemente carece de la misma y no
debió siquiera considerar la apertura de un procedimiento incidental. En este sentido, el régimen
de Nicolás Maduro ha hecho caso omiso a los planteamientos realizados desde la sociedad civil y la
Asamblea Nacional durante el último año, y no ha desplegado una estrategia inteligente e inclusiva,
que hubiese permitido movilizar la opinión pública y tomar acciones contundentes en unidad nacional.
Por otra parte, la inepta “diplomacia de paz” del régimen de Maduro tampoco ha logrado sumar
apoyos externos, no ha explicado suficientemente nuestra posición nacional en foros internacionales,
ni ha podido persuadir al Gobierno de la República Cooperativa de Guyana a acordar la elección
de un mecanismo de solución pacífica de controversias de naturaleza político-diplomática. La “no
comparecencia” no representa ningún desacato, pero por sí sola no implica una estrategia de defensa
asertiva. El régimen ha demostrado preocupación por el Esequibo sólo cuando ocurre algún incidente
y se ve obligado a reaccionar, ya que lo mueve el interés subalterno de conservar el poder a toda costa.
7) Reconocer la tarea realizada por la Asamblea Nacional en la defensa de los intereses del Estado
venezolano en la reclamación del Esequibo, siempre en el marco de sus competencias establecidas en
la Constitución. En este sentido, destacamos la creación de la Comisión Mixta para
la Defensa del Esequibo y su Fachada Atlántica el 6 de febrero de 2018, liderada por los Diputados
Williams Dávila y Sergio Vergara, la cual se ha ocupado del tema en forma diligente y en agosto de
ese mismo año realizó un viaje a la isla de Anacoco para reivindicar la soberanía venezolana sobre
este territorio. Asimismo, ha impulsado oportunos Acuerdos Parlamentarios, incorporado el tema
en su diplomacia parlamentaria y realizado eventos públicos y consultas con expertos en el tema, lo
que permitió aclarar internacionalmente el incidente ocurrido el 22 de diciembre de 2018 con la
incursión de buques petroleros en la Zona Económica Exclusiva del Delta Amacuro, autorizados hostil e ilegalmente por el Gobierno de la República Cooperativa de Guyana.
8) Recordar que desde el 10 de enero de 2019, el régimen de Nicolás Maduro usurpa ilegítimamente la Presidencia de la República como fue aprobado en la Resolución CP/RES. 1117/19 de la Organización de los Estados Americanos (OEA) por la cual el Gobierno de la República Cooperativa de Guyana votó favorablemente; y por tanto, la representación internacional del Estado venezolano corresponde al legítimo Gobierno del Presidente Encargado (E) de Venezuela, Juan Guaidó, como la Asamblea Nacional lo ha declarado en Acuerdo de 19 de marzo de 2019 y ha sido reconocido ampliamente por la Comunidad Internacional.
9) Subrayar que ante la imposibilidad material de ejercer plenamente la legítima defensa del Estado
venezolano debido a la situación de usurpación en que se encuentra el Poder Ejecutivo en Venezuela, y dada la manifiesta falta de competencia de la Corte Internacional de Justicia para conocer la demanda unilateral guyanesa, que además es inadmisible por cuanto la controversia no es justiciable y por otros motivos-; el COVRI solicita respetuosamente a la Corte Internacional de Justicia a remover perentoriamente el caso denominado “Laudo Arbitral del 3 de octubre de 1899 (Guyana vs. Venezuela)” de su lista de casos pendientes.
10) Informar a la opinión pública nacional e internacional, que el COVRI publicará un “Libro Blanco”
que recoge nuestros argumentos nacionales, y hará llegar el mismo al Presidente (E) Juan Guaidó, a la Comisión Mixta para la Defensa del Esequibo y su Fachada Atlántica y a la propia Corte Internacional de Justicia utilizando los medios y canales disponibles. Esto se corresponde con el seguimiento y posiciones que ha mantenido el COVRI a lo largo de los últimos años, como aporte desde la sociedad civil a un tema tan sensible para la integridad territorial de la República. Además, el Estatuto de la Corte Internacional de Justicia en su Artículo 53 Numeral 2 señala que cuando una de las Partes no comparezca o se abstenga de defender su caso, “la Corte deberá asegurarse no sólo de que tiene competencia conforme a las disposiciones de los Artículos 36 y 37, sino también de que la demanda está bien fundada en cuanto a los hechos y al derecho”; y en su jurisprudencia la Corte incluso ha reconocido que, cuando una de las Partes no comparece al proceso, “frecuentemente envía cartas y documentos, en formas y por medios no contemplados por las Reglas” y que “es valioso para la Corte conocer las opiniones de las Partes en cualquier forma en que éstas sean expresadas”.
Caracas, 12 de abril de 2019
“El Sol de Venezuela nace en el Esequibo”