Henri Falcón exige al TSJ repetir elecciones a la gobernación de Lara
El también presidente del partido Avanzada Progresista, Henri Falcón se basó en los alegatos expuestos por la Sala Electoral del TSJ para ordenar la repetición de elecciones en Barinas. «Son esos mismos vicios los que hoy se alegan en el caso de la elección del gobernador de la entidad larense, para que la misma sea declarada nula», dijo
El excandidato a la gobernación del estado Lara Henri Falcón acudió ante el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para impugnar las elecciones en la entidad y solicitar su repetición. A través de un recurso contencioso electoral, el dirigente político aseveró que lo procedente en la entidad es la anulación de la adjudicación, proclamación y juramentación de Adolfo Pereira como gobernador de ese territorio.
Falcón aseveró que la solicitud se deriva de la violación de los principios de igualdad, equidad y transparencia en la participación de los candidatos en la oferta electoral, así como de los electores en el ejercicio del sufragio activo.
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El excandidato recordó que en la sentencia de la Sala Electoral del TSJ se argumenta, que la participación de candidatos inhabilitados cuya obtención de votos resultase determinante, dentro del supuesto de hecho, «hace imposible determinar la voluntad general de los electores».
Asimismo, sostuvo que en ella también se amplió el supuesto de hecho, que también conlleva la nulidad de la elección, no solo a “candidatos electos” que no reúnan las condiciones requeridas por la Constitución de la República y la Ley, sino también a “candidatos participantes” que no reúnan las condiciones requeridas por la Carta Magna y obtengan votos que resulten determinantes en el resultado de la elección.
«En cualquiera de los supuestos, y partiendo del principio de confianza legítima o expectativa plausible, son esos mismos vicios los que hoy se alegan en el caso de la elección del gobernador de la entidad larense, para que la misma sea declarada nula y se proceda a realizar una nueva elección», alegó Falcón a medios de comunicación.
En el documento presentando ante el Máximo Tribunal por el político también de afirma que el desconocimiento de estos principios hace que no sea posible determinar la voluntad de los electores, pues el proceso realizó con la participación de un candidato que era inelegible y que obtuvo votos suficientes para arrojar “eventualmente” resultados diferentes a los obtenidos en los comicios del 21 de noviembre para el cargo gobernador.
«Seguramente los resultados hubiesen sido distintos sin la participación del candidato que no reunía las condiciones para participar en la contienda electoral. Esta situación ha afectado evidentemente el derecho al sufragio conforme al artículo 63 de la Constitución; el derecho a la libertad electoral, el derecho al principio constitucional de democracia», se lee en el documento.
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En febrero de este año la Contraloría General anunció a través de una nota de prensa la inhabilitación del Luis Florido para el ejercicio de cargo público, por negarse a presentar su declaración jurada de patrimonio. Aún así el se permitió la inscripción y oferta electoral del candidato.
El recurso interpuesto por Falcón señala que el 21 de noviembre fueron 41.977 personas las que votaron por un candidato inhabilitado desde febrero y no lo sabían, por lo que en teoría estos votos fueron nulos y la ciudadanía no lo sabía. Razón suficiente para tildar, según el documento, como un vicio relevante en el resultado de los escrutinios donde la diferencia entre Falcón y el candidato chavista Adolfo Pereira fue menor a 31.300 votos.
Henri Falcón se refirió al caso de Barinas, entidad en la que se repetirán elecciones a la gobernación por orden del TSJ, que ratificó la inhabilitación del opositor Freddy Superlano luego de este haber triunfado sobre el candidato por el partido de gobierno Argenis Chávez.
“Rechazamos que se utilicen las inhabilitaciones políticas como un mecanismo de afectar el derecho activo y pasivo al sufragio, que justifique la repetición de elecciones ante triunfo de candidatos opositores, lo que no impide que solicitemos de la Sala Electoral que al menos sea coherente en su argumentación y que aplique el criterio sostenido en la sentencia N° 79 de fecha 29-11-2021 de SE-TSJ Caso Adolfo Superlano) a las otras elecciones donde existan candidatos inhabilitados cuya votación fue relevante para afectar el resultado”, señala el escrito consignado por Henri Falcón.