HRW repudia que en la FAN se penalicen y persigan las relaciones homosexuales
Human Rights Watch (HRW) cuestiona las normas militares que prohíben las relaciones homosexuales dentro de la Fuerza Armada Nacional (FAN). Advirtió que esto viola el derecho internacional de los derechos humanos
Human Rights Watch (HRW) cuestiona las normas militares que prohíben las relaciones homosexuales dentro de la Fuerza Armada Nacional (FAN).
En un informe, la organización califica como «draconiana» la disposición del Código Orgánico de Justicia Militar (COJM) que castiga con, hasta tres años de cárcel y despido, las relaciones sexuales consensuadas entre personas del mismo sexo que integran la FAN.
La disposición figura dentro del capítulo VI del COJM titulado «De la cobardía y otros Delitos contra El Decoro Militar».
El artículo 565 penaliza delitos en los que incurre el oficial de la FAN que «cometa actos que lo afrenten o rebajen su dignidad o que permita tales actos sin tratar de impedirlo por los medios autorizados por la ley».
Al final del artículo, se señala que la pena de prisión hasta tres años también se aplicará «a todo militar que cometa actos sexuales contra natura». HRW destaca que la ley no prohíbe las relaciones sexuales consensuadas entre personas heterosexuales.
HRW enfatiza, en su informe, que aunque se ha puesto la mirada sobre el creciente poder de la FAN en la revolución, no ha recibido atención «el desprecio manifiesto de las fuerzas militares por los derechos humanos».
«Esta disposición convierte a Venezuela en uno de los pocos países de América Latina que todavía penalizan las relaciones sexuales entre personas del mismo sexo. En algunos países anglófonos del Caribe, como Jamaica, Guyana y Dominica, estas leyes siguen en vigencia, un legado del imperialismo británico», refirió HRW.
La organización indicó que los actos sexuales entre personas del mismo sexo siguen penalizados en 69 países, dentro de los que figuran Irán, Birmania y Sudán.
Advirtió que la prohibición de relaciones sexuales entre personas del mismo sexo, incluso en la FAN, viola el derecho internacional de los derechos humanos, «incluidos los derechos a la privacidad, a no sufrir detención arbitraria y a la igualdad y a no ser objeto de discriminación».
Acotó, asimismo, que varios organismos nacionales, regionales e internacionales han rechazado los argumentos de que factores como la disciplina militar puedan ser invocados para justificar la prohibición de relaciones entre personas del mismo sexo en el ámbito militar.
Giovanni Piermattei, presidente de la organizaciones de la sociedad civil Venezuela Igualitaria, informó, a HRW, que han recibido denuncias reiteradas sobre este tipo de acoso homofóbico, incluso en enero de 2022.
«No resulta claro cuántas condenas se han impuesto invocando esta norma. Se ha registrado al menos una en 2013. Pero la norma tiene consecuencias más amplias. Se ha indicado que la posibilidad de despido contemplada en la disposición es usada por supervisores y otras personas para hostigar a gays y lesbianas en la Fuerzas Armada», expresó HRW.
En 2021, la Asamblea Nacional (AN) oficialista aprobó una reforma parcial del Código Orgánico de Justicia Militar, pero no abordó lo relativo al señalado articulado.
«La AN desaprovechó la oportunidad de derogar la disposición que penaliza los actos sexuales entre personas del mismo sexo. La Asamblea Nacional responde al Nicolás Maduro, que además es comandante en Jefe de las fuerzas armadas venezolanas», indicó HRW.
La organización puntualizó que las autoridades que responden a Maduro parecen haber hecho concesiones únicamente ante las fuertes presiones internacionales.
«Es crucial que los actores internacionales clave de todas las corrientes políticas, que han defendido los derechos de las personas LGBT en su país, alcen la voz en apoyo a los esfuerzos de los defensores de derechos humanos venezolanos que cuestionan la discriminación en las poderosas fuerzas armadas de su país», subrayó.