¿Qué implica el veto migratorio de Estados Unidos hacia Venezuela?
La Suprema Corte de Justicia ratificó el veto impuesto el año pasado por Donald Trump, pues considera que los demandantes no lograron demostrar que violaba las leyes migratorias de EEUU o la primera enmienda de la Constitución que prohíbe favorecer una religión sobre otra
El martes 26 de junio la Corte Suprema de Justicia de Estados Unidos ratificó el veto migratorio promulgado por el presidente Donald Trump hacia los ciudadanos de seis países, y que afecta parcialmente a Corea del Norte y Venezuela.
El veto migratorio de Trump, en un principio destinado a países musulmanes, sufrió modificaciones en dos oportunidades y en septiembre de 2017 se tomó la iniciativa de incluir a Corea del Norte y Venezuela.
Esta decisión de Trump sufrió un revés judicial en una corte de Hawai y luego en otra de Maryland, donde se mantuvo paralizado por varios meses, debido a la decisión de los jueces de que este veto representaba una violación a las leyes de inmigración estadounidenses, además de una posible discriminación por identidad religiosa.
Trump y su gobierno llevaron la decisión hasta la Corte Suprema de Justicia, que ratificó el veto del gobernante, pues consideran que los demandantes no lograron demostrar que violaba las leyes migratorias de EEUU o la primera enmienda de la Constitución que prohíbe favorecer una religión sobre otra.
Ya el estadounidense había alegado que la decisión sobre Venezuela solo afecta a ciertos ciudadanos vinculados al Gobierno de Nicolás Maduro, pues no se coopera «en verificar si sus ciudadanos representan amenazas de seguridad nacional o de seguridad pública; no comparte adecuadamente información relacionada con la seguridad pública y el terrorismo».
Además, EEUU ha emitido sanciones económicas y directas contra funcionarios venezolanos, incluyendo a Nicolás Maduro, su esposa y su entorno personal, por violaciones a los derechos humanos e investigaciones sobre supuesta corrupción y tráfico de drogas hacia ese territorio.
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Entonces, ¿a quiénes afecta verdaderamente el veto?
En primer lugar, esta medida entra en vigencia a partir del 18 de octubre de 2018 y afecta a los «funcionarios de los organismos gubernamentales de Venezuela que participan en los procedimientos de investigación y selección (para visas)».
Según la administración Trump, en la lista se incluye al:
-Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz
-Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (Saime).
-Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc).
-Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin).
-Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores.
La medida también afecta a los «familiares directos» de estos funcionarios que tengan visas de negocios (B-1), de turismo (B-2) y de negocios/turismo (B-1/B-2).
Para los que estén en Estados Unidos con un visado podrán ser sujetos a «medidas adicionales apropiadas» para garantizar que su información está actualizada y en regla.
Además, el Departamento de Seguridad Nacional recolecta información sobre el historial de búsqueda en Internet de los extranjeros que viven en el país, así como sus alias y el contenido que tienen en los perfiles de sus redes sociales.
Según dijo a Efe la portavoz del Departamento de Seguridad Nacional, Joanne Talbot, esta norma no «representa una nueva política», puesto que ese departamento ya accedía en el pasado a la información disponible de manera pública en las redes sociales.
El resto de los venezolanos puede ingresar a territorio estadounidense de contar con la documentación en regla y cumplir todos los requisitos que exige la legislación de ese país.