Operadores cambiarios deben vender a clientes hasta 80% de sus divisas
El BCV estableció las normas que regirán el sistema de mesas de dinero, entre las cuales, se señala que 20% de la disponibilidad de los recursos en moneda extranjera podrán ser negociados entre bancos
Las Normas para el Sistema de Mesas de Cambio que entró en vigencia este lunes 13 de mayo, establecen que los operadores cambiarios autorizados deberán vender a sus clientes al menos 80% de las divisas adquiridas, mientras que el 20% restante podrá ser destinada a transacciones interbancarias.
El Banco Central de Venezuela (BCV) dio a conocer estas normas a los bancos públicos y privados, así como a las casas de cambio este martes. Entre los lineamientos se destaca que en caso de no alcanzar esta proporción de 80%-20% cada semana, la cual se denominó índice de intermediación cambiaria, serán penalizados utilizando la siguiente fórmula: (TCmáx-TCmin)*1,05*Exceso.
Con relación a los límites de negociación se señala que los montos de las operaciones de compra y venta de divisas «quedarán a potestad de las casas de cambio».
Los operadores además deberán publicar el tipo de cambio promedio resultante de las operaciones cambiarios pactadas al final de cada jornada, e igualmente el volumen transado.