TSJ le hace el juego a Maduro y declara constitucional decreto de estado de excepción
La Sala Constitucional del TSJ declaró nulo, inexistente e ineficaz cualquier acto mediante el cual la Asamblea Nacional (AN) pretenda desaprobar el decreto
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró constitucional la prórroga del decreto de Estado de Excepción y de Emergencia Económica dictado por el gobernante de Venezuela, Nicolás Maduro, bajo la sentencia N° 0128, emitida por la Sala Constitucional
La sentencia N° 6.456, cuya ponencia correspondió al presidente de la sala, magistrado Juan José Mendoza Jover, dictaminó que el Decreto de Estado de Excepción y Emergencia Económica cumple con los principios y normas de la Constitución, además de los tratados internacionales sobre derechos humanos en los que Venezuela se ha suscrito.
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A través de un comunicado difundido a través de su página de Facebook, el TSJ aseguró que el decreto, prorrogado en más de 17 oportunidades por parte de Maduro con el alegato de querer hacerle frente a la crisis que vive el país, «atiende de forma prioritaria aspectos de seguridad económica del país, y resulta proporcional, pertinente, útil y necesario para el ejercicio y desarrollo integral del derecho constitucional a la protección social por parte del Estado».
La Sala Constitucional del TSJ además declaró «nulo, inexistente e ineficaz» cualquier acto mediante el cual la Asamblea Nacional (AN) pretenda desaprobar el decreto y reiteró que las sentencias dictadas por dicha instancia tienen carácter vinculante y efectos para todas las personas.