Jueza frena orden de Trump de revocar el parole humanitario para cuatro nacionalidades

La medida de la administración Trump de revocar el parole humanitario afectaba a cerca de 530.000 personas de Venezuela, Nicaragua, Haití y Cuba
El pasado jueves 10 de abril, la jueza federal Indira Talwani señaló que frenará temporalmente la revocatoria del parole humanitario decretado por el presidente Donald Trump para cientos de migrantes cubanos, haitianos, nicaragüenses y venezolanos.
«La secretaria, al acortar el período de ‘parole’ otorgado a estas personas, debe tener una decisión razonada», puntualizó Talwani. Sostuvo que la justificación para finalizar el programa se basó en una interpretación incorrecta de la ley por parte del Departamento de Seguridad Nacional (DHS).
Durante la audiencia, la magistrada cuestionó reiteradamente el argumento del Gobierno de los Estados Unidos para finalizar el programa el próximo 24 de abril. Se refirió al argumento de la administración al defender su facultad para acabar con el parole porque ya no cumplía con su propósito. La jueza expresó que los migrantes ahora se enfrentaban la opción de «huir del país» o quedarse y «arriesgarse a perderlo todo».
Asimismo, la juez expuso que «lo que están priorizando no son personas que cruzaron ilegalmente la frontera, sino aquellas que siguieron las reglas».
La medida de la administración Trump de revocar el parole humanitario afectaba a cerca de 530.000 personas. Este programa fue instaurado por la administración de Joe Biden en 2022 para los venezolanos y en 2023 incluyó a cubanos, nicaragüenses y haitianos en 2023: permitía a los migrantes beneficiarios permanecer legalmente en Estados Unidos durante dos años, siempre y cuando tuvieran un patrocinador.
El parole humanitario es una figura legal que «autoriza el permiso de permanencia temporal a una persona que es inadmisible o no elegible para ingresar a Estados Unidos», según el Servicio de Inmigración y Ciudadanía de Estados Unidos (Uscis, por sus siglas en inglés).
Aquí prevalecen «razones humanitarias urgentes o por un beneficio público significativo».
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