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Juristas ante decreto de conmoción: No se justifica y puede profundizar crisis de DDHH



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TalCual | septiembre 25, 2025

Entre los «excesos», constitucionalistas temen el regreso del reclutamiento militar forzoso. El profesor Nelson Chitty La Roche, sostiene que Maduro debe explicar muy bien las razones de ese decreto

La Hora de Venezuela


Nicolás Maduro informó que su administración evalúa decretar en cualquier momento un estado de excepción para tomar medidas extraordinarias que buscan hacer frente a lo que considera son “amenazas” de agresión por parte del gobierno de Estados Unidos. 

«Estamos en el debate del decreto por medio del cual se declara el estado de conmoción exterior en todo el territorio nacional», dijo el líder chavista, junto a las cabezas de los Poderes Públicos venezolanos, la noche de este martes 24 de septiembre.

Para abogados constitucionalistas la eventual medida tiene dos problemas. El primero es la justificación, dado que EEUU, subrayan, no le declaró la “guerra” a Venezuela. El segundo es la preocupación en torno a que las violaciones de derechos humanos en el país se podrían profundizar aún más. 

¿Se justifica estado de conmocion exterior? 

“A pesar del contexto político, la gente en la calle sigue su rutina diaria de trabajo, de estudios; no parece estar consciente de la situación de conmoción de la que habla el señor Maduro. Sí hay una situación que no puede desconocerse que es el forcejeo entre Miraflores y las autoridades norteamericanas que acusan a Maduro de estar incurso en delitos relacionados con el narcotráfico, mientras Maduro le pide diálogo”, señaló el profesor de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Central de Venezuela (UCV), Nelson Chitty La Roche. 

El jurista no desestima que la Casa Blanca ataque embarcaciones que se presume transportan narcóticos sin respetar el derecho internacional, pero no se ha anunciado un ataque armado en territorio nacional. Tampoco descarta que el discurso de Trump ante Naciones Unidas sobre “bombardear” o “eliminar” a quienes señala de enviar drogas a EEUU influyera en el anuncio sobre la posibilidad de emitir el decreto.

El artículo 338 de la Constitución señala que “podrá decretarse el estado de conmoción interior o exterior en caso de conflicto interno o externo, que ponga seriamente en peligro la seguridad de la Nación, de sus ciudadanos y ciudadanas, o de sus instituciones”. Su duración, según el mismo artículo, es de 90 días prorrogables por el mismo periodo. La Asamblea Nacional (AN) debe aprobar la extensión. 

“Maduro sabe que hay algo que lo trasciende y está preocupado. El Presidente de la República, en Consejo de Ministros, está facultado para decretar los estados de excepción, según el artículo 337 de la Constitución. Maduro que funge como presidente de facto se dirige a tomar la medida que es un mecanismo que se toma por razones de fuerza mayor y permite suspender algunos derechos constitucionales mientras atiende la contingencia planteada”, explicó Chitty La Roche.

*Lea también: ¿Qué se puede esperar de un «estado de conmoción exterior» si Maduro lo declara?

Qué es la conmoción exterior

Recordó que la conmoción exterior es uno de los cuatro supuestos para decretar un estado de excepción y sugiere que hay algo que va más allá de las  fronteras venezolanas y por lo tanto escapa de los controles regulares y es preciso tomar medidas extraordinarias. Pero, a su juicio, esa situación no está planteada. 

“¿Entiende Maduro que no estamos en guerra? Tiene que explicar muy bien las razones de ese decreto. Pareciera, de acuerdo a la actuación de la Fuerza Armada y los cuerpos de seguridad, que esperan una escalada en las próximas horas con el poder de fuego de los norteamericanos, más allá de las aguas territoriales”, sostuvo el también exparlamentario. 

Otro abogado constitucionalista que prefirió omitir su nombre para esta nota coincide en que Maduro puede aprobar el estado de conmoción sin obstáculos, a pesar de que su gestión no cuenta con la legitimidad del voto popular y que más allá de una amenaza externa siente una amenaza a su estructura de poder. 

“De momento es una especie de globo de ensayo a ver que pasa. Maduro siente la presión pero el precio lo paga la población venezolana, con alistamientos en la Milicia, con ejercicios militares mientras su calidad de vida se ve deteriorada. Creo que se busca aumentar el costo para EEUU ante una eventual incursión militar en el territorio que no está planteada ni creo que se concrete”, comentó. 

 

Preocupan «excesos»

Entre los derechos que se podrían restringir en un eventual estado de excepción, de acuerdo con los juristas, están el del libre tránsito por el territorio nacional. También permitiría al Ejecutivo por ejemplo, poner los insumos de la industria nacional, pública y privada, al servicio de una contingencia y más ejercicios militares en el seno de la población. 

Los límites de los estados de excepción los establece en el mismo artículo 337: “podrán ser restringidas temporalmente las garantías consagradas en esta Constitución, salvo las referidas a los derechos a la vida, prohibición de incomunicación o tortura, el derecho al debido proceso, el derecho a la información y los demás derechos humanos intangibles”. Debe además ajustarse al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre DDHH.

“Me preocupa que un gobierno que no respeta los DDHH se puede permitir cualquier cosa con un nuevo decreto, aunque vemos que delitos como las torturas y las desapariciones forzadas, la caprichosa imputación de terrorismo a quienes ejercer y reclaman derechos ciudadanos vienen ocurriendo con frecuencia, pero se puede ir mas allá, ¿Cómo? Por ejemplo con el reclutamiento forzoso de personas que no están preparadas y ponerlas en la primera línea de defensa”, advirtió Chitty La Roche.

Recalcó que es la FAN la llamada a actuar en caso de un conflicto bélico para la defensa del país y sus ciudadanos porque cuenta con la formación para ello, no civiles que nunca han empuñado un arma. 

“En Venezuela se ha abusado de los estados de excepción, pero vigentes o no vigentes se abusa de los ciudadanos, se desconoce la institucionalidad y la voluntad popular que en estos momentos no se puede reclamar legalmente porque no hay estado de derecho, se sustituyó por las decisiones de la ideología de quienes gobiernan de facto”, aseveró el exdiputado. 

Al jurista que prefirió el anonimato también le preocupan los “excesos” en los que puede incurrir Miraflores con un nuevo estado de excepción. Además del regreso de la “recluta”, apunta mayores restricciones de servicios públicos “para ahorrar energía” e incluso medidas de orden económico para garantizar recursos ante un eventual conflicto armado.

Del “humo” a la conmoción 

En poco más de un mes de tensiones con EEUU, Miraflores paso de restar importancia al despliegue militar, a denunciar amenazas de invasión territorial, alistamiento permanente en la Milicia Bolivariana, el plan Independencia 200, ejercicios militares en La Orchila, convocatoria del pueblo a los cuarteles y más recientemente la “visita” de la FAN a las comunidades para dar entrenamiento a los cuadros políticos del chavismo. 

Ahora Maduro revela la intención de decretar un nuevo estado de excepción, cuyo visto bueno por parte de la Asamblea Nacional (AN) y el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para avalar la vigencia y la constitucionalidad  se da por sentado. De hecho Maduro hizo el anuncio con los presidentes de la AN, Jorge Rodríguez y la exconcejal del Psuv, Caryslia Beatriz Rodríguez, quienes se pusieron a la disposición del Ejecutivo para tomar las medidas necesarias en defensa de la patria.

Maduro justificó la medida en que «toda la nación» y cada «ciudadano y ciudadana de este país tenga el respaldo, la protección y la activación de todas las fuerzas de la sociedad venezolana para responder a las amenazas o, si se diera el caso, a cualquier ataque que se hiciera» contra Venezuela. 

El líder chavista ha recurrido en varias ocasiones, desde 2016, al decreto de estado de emergencia en el área económica y por tiempo indefinido pese a los límites de tiempo establecidos en la Carta Magna. El último se decretó el 9 de abril de 2025, cuya duración es de 60 días prorrogables por un lapso igual, según el artículo 338 constitucional, sin que el anhelado equilibrio económico llegue.

 

*El periodismo en Venezuela se ejerce en un entorno hostil para la prensa con decenas de instrumentos jurídicos dispuestos para el castigo de la palabra, especialmente las leyes «contra el odio», «contra el fascismo» y «contra el bloqueo». Este contenido fue escrito tomando en consideración las amenazas y límites que, en consecuencia, se han impuesto a la divulgación de informaciones desde dentro del país.

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