Los huecos de la Ley del Odio
La Ley del Odio de la Constituyente de Maduro está formateada como una «Ley Constitucional», una figura no establecida en la Carta Magna vigente, ni en las bases comiciales que se usaron para instalar esa ANC
«Tienes razón pero igual vas preso». La conseja popular pareciera un mandato jurídico en Venezuela, donde los aspectos legales suelen estar supeditados a valoraciones personales de funcionarios y poderosos. Por eso el caso contra Teodoro Petkoff y TalCual está caducado, pero el juez opta por no firmar el sobreseimiento. Por eso, Yon Goicoechea, entre otros, están presos con orden de excarcelación que el Sebin ignora.
Pero ahora el madurismo aumenta la apuesta con la propuesta de una Ley del Odio, que en la neolengua del poder llaman «para la promoción de la convivencia pacífica». Con el instrumento se busca, ha dicho Delcy Rodríguez, presidenta de la Constituyente, actuar contra opositores. «Es una ley para todos, para evitar que ocurra una confrontación, una guerra. No es menos cierto que el odio y la intolerancia han sido promovido por sectores de la oposición», dijo el 23 de agosto. Para ellos, entonces, no hay odio desde el sector oficial. Los mazazos no son odio, los insultos tampoco. Lo que hace La Hojilla o Zurda Konducta son muestras de amor.
Incluso aquellas palabras de Jorge Rodríguez en su programam en VTV el 14 de agosto -«Freddy Guevara, pedazo de infeliz, que llamaste al asesinato, a la muerte (…) tú que te contentabas con cada persona que moría»- pasarian lisos porque desde la Constituyente de Maduro solo los opositores destilan odio.
La idea de que la oposición como grupo político ha promovido el odio viene rodando hace meses. El entonces defensor del pueblo Tarek William Saab afirmaba en julio que más de 30 «crímenes de odio» se habían producido con las protestas desde abril. Mencionó casos de personas linchadas y quemadas.
Pero linchamientos en Venezuela ha habido desde hace años. De hecho, antes del ciclo de protestas, ya se reportaba que a septiembre de 2016 habían ocurrido 65 linchamientos en todo el país, de acuerdo a cifras oficiales conocidas extraoficialmente por InSight Crime. El año anterior solo hubo 10 incidentes similares, de acuerdo a reportes del Ministerio de Relaciones Interiores. El aumento interanual fue de 650%. Entonces no se propuso una ley de odio, pues no se le imprimía un caracter político al fenómeno.
En todo el mundo hay delitos de odio. El término se emplea con cierta rigurosidad en el caso de minorías perseguidas o agredidas por discurso y acción de poderosos. Eso es penalizado pues sobrepasa los límites de la libertad de expresión. No obstante, los«check and balances» de la democracia impiden que se aligeren los términos y que, por ejemplo, un gobierno pueda asumir a sus adversarios como «terroristas» y actuar penalmente en consecuencia. Las definiciones existen y tienen límites.
LA LEY ANTIESCRACHE
2017 ha sido el año del escrache. Funcionarios, exfuncionarios y familiares de personeros relevantes del ámbito madurista han sido «escracheados» dentro y fuera del país, especialmente en otras fronteras donde no hay escoltas ni uso de la fuerza pública como cuerpos pretorianos. El asunto ha tenido excesos, como los vistos en centros comerciales de Caracas donde fueron agredidas unas personas luego de ser confundidas por otras.
La Ley del Odio que aprobó la Constituyente de Maduro establece, según el proyecto obtenido de forma extraoficial cuando estaba en discusión, que quienes incurran en cualquier acto que «fomente, promueva o incite al odio, discriminación o la violencia» en contra de personas, por razones en el ámbito racial, religioso o político; serán condenadas de 10 a 15 años de prisión.
Pero el fondo de la ley no está solamente allí, pues los escraches internacionales no estarían sujetos a esta norma. Entonces viene el veto a los medios que no podrán reportarlos e incluso a los usuarios de redes sociales que no deberán difundirlos. El propio Diosdado Cabello, como constituyente, afirmó el 22 de agosto que «con esta Ley no puede haber crímenes de odio ni escraches».
El artículo 6 prohíbe «toda propaganda a favor de la guerra y toda apología del odio nacional, racial, religioso, político y de cualquier otra naturaleza». «La difusión de estos mensajes por los prestadores de servicio de radio y televisión será considerada como causal de revocatoria de la concesión», agrega el texto. Los medios electrónicos también podrán ser bloqueados. Según Rodríguez, la regulación alcanzará las redes sociales con multas contra Twitter y Facebook, amén de sanciones a usuarios.
Aseguran que se basan en una ley alemana. Se refieren a un instrumento aprobado por el Congreso teutón el 30 de junio pasado que obliga a esas plataformas a borrar mensajes reportados como ofensivos por los usuarios, so pena de ser multados con hasta 50 millones de euros. Esa norma no amenaza a medios de comunicación.
Hasta ahora, la ley alemana no ha sido aplicada ni una sola vez y, curiosamente, fue apoyada por conservadores y socialdemócratas y rechazada por los diputados de la izquierda alemana.
El otro referente es un proyecto de ley que dejó Rafael Correa en Ecuador, antes de entregar la Presidencia, que pone el foco también en los proveedores de redes sociales. Pero su sucesor Lenín Moreno, que no ha hecho avanzar más ese documento, habla de «orientar y no sancionar» y de la necesidad de producir «consensos y no imposiciones».
Según ADL, la Liga Antidifamación de Estados Unidos por sus siglas en inglés, la legislación sobre crímenes de odio nunca ha sido para castigar a las personas por sus creencias o lo que dicen. Más bien, se trata de castigar a las personas por sus acciones criminales. «En 1993, la Corte Suprema (de EEUU) confirmó unánimemente la ley de crímenes de odio de Wisconsin (que está basada en el estatuto modelo de ADL) debido a que la ley claramente no condenaba las expresiones de odio, que están protegidas por la constitución».
Un informe elaborado en 2004 por la Organización de Estados Americanos, estudia los delitos de odio y la Convención Americana de DDHH, en contraste con instrumentos similares de la ONU y la Unión Europea. Allí recuerda que «el Tribunal Penal Internacional para Ruanda observó que, cuando el objetivo detrás de una transmisión material es de buena fe se utiliza para la investigación histórica o para trasmitir noticias o información, por ejemplo no se concluía que constituyese incitación», y añade: «En el caso Streicher de la Alemania nazi, por ejemplo, no se alegó que la publicación de declaraciones antisemitas tuviera vínculos con `alguna forma particular de violencia’. En los casos turcos considerados por la Corte Europea, entretanto, las expresiones en cuestión no serían causas de una violencia particular». Es decir, una cosa es informar y otra es incitar.
El informe recomienda «utilizar la distinción de la buena fe a que hace referencia la jurisprudencia de la ONU y de la Unión Europea, que protege la propaganda de odio cuando su propósito es la investigación histórica o la divulgación de noticias y de información. La distinción que establece la Corte Europea entre el léxico que explica el terrorismo en contraposición con el léxico que promueve el terrorismo, también podría aplicarse al sistema interamericano».
SIN LEGITIMIDAD
La Ley del Odio de la Constituyente de Maduro está formateada como una «Ley Constitucional». La Asamblea Constituyente, cuestionada en su legitimidad de origen por haber sido convocada por el Presidente de la República y no por el pueblo, como manda la constitución vigente, está llamada a redactar una nueva Constitución. La figura de «ley constitucional» no está establecida en la Carta Magna vigente, ni en las bases comiciales que se usaron para instalar esa Asamblea.
Este, como otros instrumentos, confirman las denuncias y alertas de que se usaría esa instancia «supraconstitucional» para gobernar cuando su objetivo, establecido en el artículo 348 constitucional, es producir un nuevo texto fundamental.
A LA BUENA DEL FUNCIONARIO
La primera semana de septiembre se vio que Conatel cerró transmisiones de Radio Fe y Alegría Maracaibo, «por órdenes de Caracas». 45 minutos después, las transmisiones fueron retomadas, también «por órdenes de Caracas». El entonces ministro de información Ernesto Villegas admitió desconocer quién dio tal indicación y prometió investigar.
En redes sociales se comentó que algún funcionario radical y con iniciativa pudo haber querido mostrarse más madurista que Maduro». El asunto pudiera no ser tan simple, pero sirve de referencia para evaluar la discrecionalidad con que se actúa en las instituciones venezolanas.
El abogado penalista Jesús Ollarves ve allí el mayor peligro de la Ley del Odio de la Constituyente de Maduro. «Esa ley permitirá que sean víctimas de acciones penales todos los que sean opositores». Dice el jurista que depende del intérprete determinar qué es odioso y merecedor de sanción. «Una obra como Los Versos Satánicos -la cuarta novela del escritor Salman Rushdie, publicada en 1988, y que le valió condenas a muerte aún vigentes en países musulmanes-, sería odiosa. O una película como El Resplandor a alguno le puede parecer odiosa».
El abogado sabe que su argumento quizá es exagerado pero es un alerta sobre la ambiguedad del término y de la propuesta legal. «La expresión ‘odio’ no es universalmente compartida en el derecho penal», puntualiza Ollarves. «A la larga, siguen siendo delitos contra la expresión. La tendencia internacional es a despenalizar los delitos relacionados con la expresión, y lamentablemente en Venezuela estamos ahondando más la brecha entre el estándar mínimo favorable previsto en el articulo 13 de la Convención Americana de los DDHH y lo que también establece el articulo 57 y 58 de la Constitución que habla de derecho a la información sin estimar si es bonita, fea, moral, amoral, odiosa o amorosa».
El penalista afirma que la Constituyente de Maduro «no está facultada para ir más allá de los estándares universalmente aceptados» y afirma que se busca la censura y la autocensura aunque «los límites están jurídicamente definidos en los tratados de DDHH». La Convención Americana en la materia establece al respecto que «estará prohibida por la ley toda propaganda en favor de la guerra y toda apología del odio nacional, racial o religioso que constituyan incitaciones a la violencia o cualquier otra acción ilegal similar contra cualquier persona o grupo de personas, por ningún motivo, inclusive los de raza, color, religión, idioma u origen nacional». No habla de política.
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