Multas en Ley de Tránsito son letra muerta ante sentencia del TSJ y leyes de convivencia
Ante la falta de normas claras para sancionar y establecer multas a quienes cometan infracciones de tránsito, las gobernaciones y alcaldías han establecidos leyes de convivencia ciudadana que, fundamentadas en una sentencia del Tribunal Supremo de Justicia, les permite establecer montos distintos a lo que dice la Ley de Tránsito, pero sin cobrar a los infractores en divisas
Hace pocas semanas comenzó a circular una imagen en redes sociales con un supuesto incremento de las multas de tránsito, todas expresadas en dólares; sin embargo estas tarifas no se corresponden a Venezuela.
Por medio de la cuenta oficial en Twitter del Instituto Nacional de Tránsito Terrestre, la información fue desmentida. «Circula en redes sociales esta información completamente falsa», es parte del mensaje que acompañaba una imagen en la red social Twitter, que no ofrecía más detalles sobre las tarifas venezolanas, y que luego fue borrado; al igual que muchos de los mensajes publicados entre el mes de diciembre pasado y la fecha actual en esa cuenta de Twitter.
La imagen de las multas que van desde los $42,50 por usar el celular al manejar y hasta los $12.750 por un accidente con víctimas fatales bajo el efecto de alcohol o drogas son las sanciones recientemente actualizadas en Ecuador; las cuales se incrementaron tras un aumento del salario básico en ese país; informó El Universo.
De acuerdo con la Ley de Tránsito y Transporte Terrestre venezolana, las sanciones por infracciones en el país son de hasta máximo diez unidades tributarias (UT); la cual tiene un valor de 0,40 bolívares tras un reciente aumento.
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El artículo 110 de la Ley de Tránsito contempla 18 infracciones que serán sancionadas con multas entre cinco a diez unidades tributarias y el artículo 111 enumera otras siete infracciones que son penalizadas con multas entre una y cinco unidades tributarias. Algunas de estas infracciones son conducir sin licencia, bajo los efectos del alcohol, desatender las indicaciones del semáforo, usar equipos de comunicación al manejar, conducir vehículos cuya emisión de gases, ruidos o sonidos, supere los límites permitidos.
Es decir, de acuerdo con la Ley de Tránsito y Transporte, una persona que sea sancionada con la máxima multa (diez UT) solo deberá pagar cuatro bolívares. Es importante destacar que la Ley de Tránsito Terrestre no específica el valor de cada multa de acuerdo con la infracción cometida.
Sobre el cobro de las multas, al artículo 188 de la Ley de Tránsito y Transporte Terrestre establece que: «Deberán ser pagadas en la respectiva oficina receptora de fondos, dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes contados a partir de la notificación». Si se vence el plazo, se causarán intereses de mora hasta la extinción de la deuda.
Prohibido cobrar tributos en divisas
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia aprobó en su sentencia Nº0118 de fecha 18/08/2020 el Acuerdo Nacional de Armonización Tributaria Municipal; donde uno de los acuerdo establece que «está prohibido el cobro de tributos en divisa extranjera».
Sostiene que se aprobó «el uso del criptoactivo venezolano petro como unidad de cuenta para el cálculo dinámico de los tributos y sanciones, cobrando exclusivamente a partir de su equivalente en bolívares soberanos pero con el firme propósito de avanzar en su uso como criptoactivo para fortalecer este ecosistema».
Sobre las diferencias y hasta contradicciones en lo que dice la Ley de Tránsito Terrestre, la sentencia el TSJ y lo que establecen las leyes de convivencia ciudadana, el abogado Danny González asevera que «sí es contradictorio», y agrega que el detalle está en que la Ley de Tránsito, como muchas otras, no han sido ni se tiene pensado modificarlas en el Parlamento porque «no hay intención».
Gónzalez explica que la sentencia del Tribunal Supremo de Justicia busca que «todo el mundo traslade su unidad de medida al petro porque la devaluación de la moneda no permite que los montos de las normas se actualicen».
No obstante, Bárbara Quijada, abogada con experticia en temas tributarios, especialmente de gobiernos locales y concejal del municipio Los Salias (estado Miranda), detalló que la sentencia del TSJ únicamente ancló al petro los tributos municipales, «dejando de lado multas, sanciones, tarifas y tasas que también son pagaderas a los municipios porque estas se contabilizan en unidad tributaria, según la legislación venezolana».
Quijada afirma que «las multas se establecen con base en porcentajes de la unidad tributaria porque así lo establece nuestra ley».
De la misma manera, la especialista aclara que «las leyes de convivencia siempre van a estar enmarcadas dentro de las leyes nacionales legisladas por entes superiores a gobernaciones y alcaldías y ninguna ley de convivencia puede contravenir una ley nacional».
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Multas de hasta Bs 90 en La Guaira
La Ley de Convivencia Ciudadana de Vargas (ahora estado La Guaira) implementada en febrero de 2021 establece multas por infracciones de tránsito que varían desde los Bs 10 hasta los 90 bolívares; que pese a no ser montos tan altos en la moneda local, sí son superiores a los establecidos en la Ley de Tránsito Terrestre y al costo de la unidad tributaria.
El artículo 38 de esta Ley de Convivencia sostiene que «todo motorizado que circule por el estado sin hacer uso del casco de seguridad, y con inobservancia de las normas de seguridad en cuanto al traslado de personas como pasajeros, será sancionado con multa de diez millones de bolívares (Bs 10.000.000,00) o la realización de alguno de los trabajos comunitarios previstos en la presente Ley. De igual manera, será sancionado el ocupante de la moto que incumpla con el presente artículo».
Hay que destacar que esta cifra expresada en millones corresponde al anterior cono monetario, antes de la reconversión; por lo que en la actualidad equivale solo a 10 bolívares.
Quienes no hagan uso del cinturón de seguridad serán sancionados con Bs 40 y los que estén a cargo del volante bajo influencia de bebidas alcohólicas deberán cancelar 90 bolívares.
Durante el asueto de Semana Santa de este año, el gobernador de La Guaira, José Alejandro Terán, informó que los funcionarios policiales que multaran a infractores recibirían un porcentaje de la sanción.
«Generamos un sistema para que el funcionario se quede con un buen porcentaje de esos recursos. Los funcionarios están ansiosos de aplicar las multas que sean necesarias para evitar imprudencias», dijo el mandatario, quien no precisó el porcentaje que recibiría el funcionario ni si la medida sería solo por esos días festivos o si se mantendría en el tiempo.
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700 UT: máxima multa en Miranda
Un funcionario de la Policía de Miranda le explicó a TalCual que como la Ley de Tránsito no aclara el monto por cada infracción, este es establecido por el funcionario a cargo de registrar la falta del conductor.
«Uno decide cuántas unidades tributarias de multa se le pone a la persona dependiendo la infracción cometida o por la documentación que la gente no posea», dijo; pero recordó que el estado Miranda se rige por su Ley de Convivencia para la Seguridad y la Paz Ciudadana.
Este reglamento del estado Miranda, aprobado en diciembre de 2017, establece en su artículo 33 las prohibiciones de actividades en la vía pública, donde destacan: conducir bajo influencia de bebidas alcohólicas o estupefacientes; utilizar luces, faros, sirenas, señales audibles u otros implementos que hagan presumir que se trata de situaciones de emergencia en los vehículos que no sean calificados como de emergencia o induzcan a confusión a los demás usuarios de las vías públicas; no usar el cinturón de seguridad, desatender las señales de los semáforos; conducir usando medios de comunicación o usar luces de alta intensidad; entre otras.
Quien incurra en uno de estos comportamientos señalados en la Ley de Convivencia de Miranda será sancionado con una multa de 700 unidades tributarias o la realización de algunos de los trabajos comunitarios previstos en la legislación. Es decir, quien cometa una de estas infracciones deberá cancelar un total de 280 bolívares; de acuerdo con el costo de la unidad tributaria.
El funcionario de Polimiranda aclaró que el pago de estas multas se hace únicamente en bolívares con transferencias a los bancos establecidos para tal fin. Resaltó que en la actualidad «los montos de las multas no son nada y, por eso, los infractores siempre pagan».
Este mismo Polimiranda dice que a veces quienes no tienen cuenta bancaria para hacer el pago de la multa buscan negociar con el funcionario, pero recuerda que la intención de soborno es una causa para la detención del vehículo.
El artículo 49 de la Ley de Convivencia del estado Miranda también dice que los funcionarios policiales están facultados para «proceder a la retención preventiva del vehículo cuando el infractor manifieste su negativa a la hora de presentar los documentos o cuando actúe de manera agresiva».
Chacao busca aumentar las multas
En junio de 2019, el alcalde de Chacao, Gustavo Duque, había anunciado que las multas se cobraría en base del valor del dólar oficial; es decir, el valor de referencia del Banco Central de Venezuela, esto con la idea de recuperar el orden y hacer cumplir las normas; sin embargo, la idea no prosperó.
Nuevamente en Chacao buscan aumentar las multas de tránsito con montos entre 10 y 30 dólares. «Estamos evaluando las multas en un promedio de diez dólares, expresadas en bolívares, y se van a manejar varios criterios: diez dólares para el ciudadano normal, pero tendremos una multa diferente para aquella persona que hacen comercios con el vehículo automotor como deliveries, que están muy anárquicos últimamente, taxistas, y las unidades de transporte colectivo, que por lo general, son quienes más incumplen con las normas», explica detalladamente el abogado y concejal del municipio Chacao Danny González, promotor de esta idea.
González aclara que en la actualidad en el municipio las multas se cobran como lo establece la Ley de Tránsito Terrestre, junto a la homologación con el petro como lo solicitó una sentencia del Tribunal Supremo de Justicia. «La multa más genérica es de 0,020 bolívares (para el momento de esta entrevista); absolutamente nada», dijo.
La propuesta del concejal Danny González es separar de la Ley de Convivencia Ciudadana de Chacao de la Ley de Tránsito y Movilidad Urbana, para que esta última quede anclada al petro, manifestada en bolívares y sea transitoria; es decir, que se actualice todos los años.
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El edil explica que esta normativa debería estar lista dentro de unos tres meses, que se consultará con los habitantes de Chacao y que varios especialistas en la materia están revisando la propuesta para que esté «blindada».
Danny González también explicó que, al igual que en La Guaira, están buscando darle una contribución o bonificación especial a los funcionarios, pero que no vaya directamente a cada policía; sino que sea para el cuerpo policial. Aún estudian las tablas de porcentajes y desean que el objetivo sea garantizar la operatividad de la Policía de Chacao, comprar las boleteras, dar bonos a los funcionarios y que otro porcentaje sea para el tesoro municipal.
De la misma manera, González afirma que está impulsando este plan e invitando a los concejales de seguridad ciudadana de El Hatillo, Libertador, Baruta y Sucre «para que este proyecto se impulse a nivel del Área Metropolitana; y eso permita presionar para que la Asamblea Nacional tome cartas en el asunto y se pliegue a la actualización de la norma».