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Panoramalegal, por Gisela Ortega



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Orianny Granado | febrero 26, 2018

Autor: Gisela Ortega | [email protected]


La interrupción del embarazo, como la violación y el abuso sexual conforman realidades sociales que se deben enfrentar con las herramientas de la ley, la ética y la ciencia. Al final del camino una legislación equilibrada sobre el aborto permitirá salvar vidas –de la madre y de sus hijos por venir-.

Alrededor del 41% de la población del mundo vive en unos 50 países que permiten el aborto sin restricciones causales, de acuerdo a la Organización Mundial de la Salud.Esas naciones –que incluyen a China, Francia, Rusia, Sudáfrica, cuba, Canadá, Puerto Rico y Estados Unidos- la mujer puede elegir el aborto sin presentar ninguna justificación. No obstante, debe observar los requisitos de procedimiento que la ley prescriba. Cabe destacar que aún en los estados con las leyes más liberales sobre la materia, para que sea calificado legal debe estar condicionada a la voluntad de la mujer y realizarse en hospitales y por personal calificado.

Otro 21% de la población vive en 14 regiones en los que el aborto está autorizado de acuerdo con amplios criterios sociales y financieros. Estas legislaciones permiten el aborto cuando una mujer puede acreditar que llevar a término el embarazo le causará penurias sociales o económicas. Al personal médico le está permitido considerar los recursos económicos de ella, la edad, el estado civil y el número de hijos vivos. Asimismo algunas de estas naciones recomen explícitamente el acceso al aborto legal en casos de violación, cuando el embarazo es el resultado de incesto y cuando existe una gran probabilidad de malformaciones fetales serias. Barbados, Gran Bretaña, India y Zambia tienen leyes que entran en esta categoría y por lo general son interpretadas con criterios amplios.

En 53 territorios nacionales, que albergan aproximadamente 13% de los habitantes del planeta, el aborto sólo está permitido cuando es necesario por una amenaza a la salud de la mujer. En algunos países como Zimbabwe, el daño amenazado debe ser grave o permanente. Otros principios jurídicos, como los de Argentina y Etiopía, no definen ni califican el término “salud”. Otras más, como las de Botswana, Jamaica y Malasia, reconocen explícitamente que las amenazas a la salud mental pueden ser causa de aborto. Esta interpretación varía alrededor del mundo y puede abarcar desde la angustia psicológica que sufre la víctima de violación o incesto, la provocada por circunstancias socioeconómicas, hasta la ansiedad ante la opinión médica de que el feto se halla en riesgo de haber sido perjudicado.

Aproximadamente el 26% de las personas que viven en 74 estados que o bien permiten el aborto sólo para salvar la vida de la mujer, o lo prohíben en su totalidad. Muchos países en esta categoría, incluidos, Brasil, Nigeria e Indonesia, permiten explícitamente el aborto cuando el embarazo amenaza la existencia de la mujer. Otros, como República dominicana, Senegal y Egipto, tienen leyes que no hacen la excepción explicita de proteger la vida y que puede interpretarse que permiten el aborto en esas circunstancias con base en la “necesidad”. Se trata de un principio general de derecho penal según el cual ciertos delitos se pueden justificar cuando se cometen como el único medio de salvar la propia vida o la de otra persona.

En algunos estados en cambios legales recientes han puesto en tela de juicio la defensa de la necesidad del aborto. En Chile, por ejemplo, una disposición del código penal que permitía el aborto por causas terapéuticas fue abolida en 1989, ilegalizando el aborto en todos los casos. Así también en Colombia, donde no hay excepción explicita en el derecho penal para salvar la vida de la mujer; un caso de 1994 que desafiaba las leyes restrictivas sobre el aborto tuvo por resultado que la Corte Constitucional sostuviera que el derecho a la vida está legalmente protegido desde el momento de la concepción.

En América Latina y el Caribe cada año 4.2 millones de mujeres recurren al aborto. La despenalización del aborto es una necesidad imperiosa y urgente en el área si no queremos que las mujeres sigan muriendo, afirman las responsables de la Red de Salud de las Mujeres Latinoamericanas y del Caribe.

El movimiento Mujeres Hoy afirma que las mujeres tienen derecho a decidir sobre sus cuerpos, sobre sus vidas y sobre su reproducción y sexualidad, en tanto son personas de derecho con capacidad moral para adoptar opciones que más le convengan según sus realidades de existencia. Libertad sexual y reproductiva y, a partir de ella, el derecho al aborto libre y seguro constituye una demanda central de la agenda de los movimientos de mujeres feministas.

La penalización del aborto trae como consecuencia el aborto inseguro o clandestino, que provoca generalmente una situación de riesgo –en cualquier parte del mundo– entre 10 y 50 de cada cien necesitarán atención médica para el tratamiento de las complicaciones que se producen luego de la intervención.

En Venezuela, en el 2002, una mujer murió cada semana como consecuencia de abortos inseguros.Esta práctica representa el 31% de las muertes entre adolescentes de 15 a 19 años en el país

Las organizaciones de mujeres en Venezuela destacan que son las más pobres las que fallecen por esta praxis porque las que tienen recursos lo hacen en clínicas privadas que lo realizan clandestinamente,pero en condiciones seguras.

Señalan asimismo que el fundamento para apoyar la despenalización es la de resolver problemas generados por el incesto o el embarazo producto de una violación. ”La despenalización conduce a emplear medidas en prevenir los obstáculos de las interrupciones ilegales. El Estado va a invertir más en prevención que en complicaciones”.

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