¡Qué ovarios!, por Teodoro Petkoff
Ayer Isaías Rodríguez anunció que la Fiscalía apelará antes de este jueves la sentencia anormal que puso en libertad a tres de los pistoleros de Puente Llaguno. No ahorró calificativos el fiscal para describir la sentencia de la jueza Sandoval: «inmotivada» (es decir, arbitraria y caprichosa), «contradictoria» (esto es, con argumentos que chocan entre sí), «inobservante» (es decir, carece de obediencia a las leyes) e «indebida» (que es ilícita e injusta). En dos platos, la sentencia de la jueza, al decir del fiscal, es un verdadero adefesio jurídico.
De entrada cabe observar que la jueza sugiere que el Ministerio Público «pareciera que apostó a priori al fracaso de su intervención, consignando varios escritos de acusación (…) sin hacer ningún tipo de relación clara, precisa, razonada y circunstanciada de los hechos así como de los elementos que en su criterio pudieran comprometer la responsabilidad de los imputados». Acusación grave, si las hay, que comprometería severamente a los fiscales, si la jueza pudiera demostrar que fue así. Sin embargo, en la larga sentencia de la doctora Sandoval hay pocas líneas que sustancien su delicada aseveración. Afirmar tamaña falta en el Ministerio Público obligaba a la jueza a demostrar palmariamente, página tras página de los que ella misma denomina «voluminosos» escritos de acusación, los elementos que configurarían literalmente el delito de prevaricación por parte de los fiscales. La jueza se conforma con afirmar sin demostrar ni probar, y apenas en un caso se refiere a la «nulidad» de las pruebas recabadas en el allanamiento de la residencia de uno de los imputados, realizado el 12 de abril, sin que mediara la orden judicial respectiva. La jueza reconoce que «los órganos de investigación tienen facultad para actuar en casos de emergencia», pero considera que la policía ha debido acudir ante el órgano judicial y, de no ser así, la Fiscalía debía explicar por qué fue obviado tal procedimiento. La jueza, vaya qué cosa, necesitaba que se le explicara que el 12 de abril el país vivía una situación de emergencia y que se habían producido el día anterior 18 asesinatos y más de 100 heridos que exigían una rapidísima acción policial. Para la sentenciadora resultó más importante la formalidad (probablemente difícil de observar el día 12) que las pruebas que evidenciaban la participación del imputado en los sangrientos sucesos que se investigaban. Es curioso que sea esta casi la única demostración que se molesta en hacer Norma Sandoval de los supuestos fallos de los acusadores, mientras que sobre las demás que apunta nos deja en la más absoluta oscuridad.
En cambio, en varios párrafos distintos, la jueza casi suscribe la coartada de que los pistoleros podrían haber actuado «en defensa propia» y además reprocha a los fiscales que no hayan demostrado «fehacientemente» que los pistoleros no fueron atacados; según ella, los fiscales debían considerar «la posibilidad de que efectivamente hubieren sido víctimas de un ataque ilegítimo». ¡Se necesitan ovarios, realmente, para este ejercicio surrealista de «justicia»! Es de esperar que la apelación sea rápidamente resuelta, pero, entre tanto, ¿no debería prohibirse la salida del país de los ganadores del kino de la doctora Sandoval?