Rector Márquez exhorta al CNE a convocar elecciones en municipios con falta de alcaldes
En cinco municipios del país se registra la falta absoluta de sus alcaldes y en El Tigre, el alcalde Ernesto Paraqueima, fue inhabilitado políticamente tras su detención el 4 de mayo. El artículo 87 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal establece que el CNE debe convocar a elecciones. Enrique Márquez aseguró que en los casos de Semprún (Zulia) e Independencia (Anzoátegui), cuyos alcaldes fueron apresados por delitos comunes, corresponde a los respectivos concejos municipales determinar la ausencia absoluta de estos funcionarios
El rector y vicepresidente del Consejo Nacional Electoral (CNE), Enrique Márquez, exhortó a la directiva del organismo a convocar de manera inmediata elecciones en tres municipios del país debido a la falta absoluta de sus alcaldes, y resolver de forma conjunta con el Tribunal Supremo de Justicia las fallas que se registran en Zulia y Anzoátegui.
En su cuenta Twitter, el rector recordó que los comicios deben ser convocados en los municipios Juan José Rondón (estado Guárico), Cardenal Quintero (estado Mérida) y Federación, ubicado en el estado Falcón.
Sobre la situación del municipio Juan José Rondón, cuyo alcalde, Raúl Carballo, falleció el pasado 22 de febrero, Márquez indicó que el 9 de marzo entregó una comunicación dirigida al presidente del CNE, Pedro Calzadilla, para que se iniciaran los trámites administrativos y se convocase a unas elecciones para hacer la sustitución. Hasta la fecha no ha obtenido respuesta.
Coincido con el reclamo del pueblo del Municipio JJ Rondón de Guárico, en cuanto al cumplimiento de la Ley para convocatoria a elecciones por el fallecimiento de su alcalde Raúl Carballo. El 9 de Marzo formalicé solicitud ante el CNE. Aún sin decisión. pic.twitter.com/ciERTT55X7
— Enrique Márquez (@ENRIQUEMARQUEZP) May 24, 2023
En los casos de Semprún (Zulia) e Independencia (Anzoátegui), cuyos alcaldes fueron apresados por delitos comunes, Márquez señaló que corresponde a los respectivos concejos municipales determinar la ausencia absoluta de estos funcionarios.
«En este último caso percibo una peligrosa laguna en la Ley del Poder Municipal. ¿Hasta cuándo podría extenderse la ausencia temporal por decisión del Concejo Municipal? ¿Por todo el período? ¿Gobernaría entonces todo el período alguien que no fue electo?», cuestionó.
A juicio del vicepresidente del CNE, este tema en particular debe ser resuelto por el poder Electoral de forma conjunto con el Tribunal Supremo de Justicia, con el objetivo de «garantizar la soberanía del pueblo expresada en su voto, y así lo hemos planteado ante la plenaria del CNE».
Pero organizaciones como Súmate han cuestionado los retrasos del CNE para convocar a estas elecciones. Nélida Sánchez, coordinadora de Contraloría Electoral de la asociación, señaló a TalCual que en los municipios Semprún (Zulia) e Independencia (Anzoátegui), tras 14 meses de ausencia, está clara la falta absoluta y debe ser el organismo electoral quien llame a estos comicios.
En el municipio Simón Rodríguez (El Tigre), en Anzóategui,el alcalde Ernesto Paraqueima, fue inhabilitado políticamente tras su detención el 4 de mayo. Lilys Osuna fue juramentada por el Concejo Municipal como alcadesa encargada.
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Según el artículo 87 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, cuando se produjere la ausencia absoluta del alcalde o alcaldesa antes de tomar posesión del cargo o antes de cumplir la mitad de su período legal, se procederá a una nueva elección, en la fecha que fije el organismo electoral competente (CNE). Estos alcaldes fueron electos el 21 de noviembre de 2021 y el período constitucional es de cuatro años.