De reforma en reforma: 20 años de promesas de una “revolución judicial” que no se cumplió
Nicolás Maduro propuso el 21 de junio la sexta reforma judicial en 20 años. Ninguna de ellas ha cumplido sus objetivos de depurar los tribunales, proveer justicia expedita o eliminar la provisionalidad de los jueces
Ni la tercera o la quinta es la vencida, tal como dice el dicho, para la llamada “revolución bolivariana”. El mandatario Nicolás Maduro ordenó, la noche del 21 de junio, el sexto intento de hacer una revisión “profunda y acelerada” del poder Judicial en el país. Dichos cambios para solucionar el retardo procesal y el hacinamiento carcelario en 60 días estarán comandados por los diputados Diosdado Cabello -vicepresidente del PSUV- y Cilia Flores, la primera dama.
Completa el cuadro la magistrada Lourdes Suárez Anderson, presidenta de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), como secretaria de esta comisión. “En Venezuela hace falta una revolución que estremezca, que sacuda, que transforme todo el sistema de justicia del país”, afirmó Maduro en una sesión del Consejo de Estado donde anunció su decisión.
Estas declaraciones en poco se diferencian de una solicitud que hizo hace poco más de un año. El 31 de enero de 2020, durante el inicio del año judicial venezolano y ante todos los magistrados del TSJ, Maduro ordenó a la entonces asamblea constituyente revisar el funcionamiento del sistema de justicia.
“Hay cosas que están mal y no es por culpa de Donald Trump, es por culpa de nosotros (…) Por eso me atrevo a proponer a la ANC que asuma y nombre una alta comisión para hacer una reforma profunda del poder Judicial venezolano y llevar a un cambio a todas las estructuras del poder Judicial”, dijo en ese entonces.
Hasta la fecha, las reformas judiciales que se han efectuado a Venezuela se han cumplido a medias o sencillamente no lograron los objetivos. Todas comparten los calificativos de reformas profundas, y tres de ellas pretendían eliminar la provisionalidad de los jueces, algo que no ocurre desde 2003 cuando se eliminaron los concursos de oposición.
El abogado constitucionalista Juan Rafalli es claro respecto a lo que dicta la Constitución: El poder Judicial es independiente y el TSJ gozará de autonomía financiera y administrativa.
“Si el Presidente de la República quiere hacer algo en materia judicial, con o sin el apoyo del Consejo de Estado, lo que tiene que hacer es presentar una propuesta al Tribunal Supremo de Justicia o la Asamblea Nacional para aquellos que tienen la competencia sean los que puedan generar esas transformaciones”.
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Rafalli señala que en estos 20 años se han introducido algunos cambios a través de sentencias, de discusiones y reformas del Código de Procedimiento Civil, y dentro de resoluciones, la más recientes para usar recursos digitales a raíz de la pandemia por covid-19 para utilizar el recurso digital en materia de consignación de escritos, de notificaciones, de sentencias.
“Pero no ha sido algo estructural, sino espasmódico. El punto, que creo lo más importante, es que ni el Presidente de la República ni el Consejo de Estado pueden estar haciendo reformas al poder Judicial, no le compete a la Presidencia de la República. Lo que refleja esto es que no hay ningún criterio de separación de poderes”, asevera el abogado constitucionalista.
Reformas van y vienen
La ONG Acceso a la Justicia recuerda que desde 1999, el poder Judicial ha tenido al menos cuatro grandes reformas efectivas. La primera se hizo con la Asamblea Nacional Constituyente de ese año, cuyo objetivo era reformar los poderes del Estado.
La ANC decretó una “Emergencia Judicial”, liderada por Manuel Quijada. La ONG resalta que en este proceso 491 jueces fueron destituidos “bajo acusaciones que iban desde enriquecimiento ilícito hasta baja productividad. Este proceso estuvo señalado por muchos expertos como el inicio de la cooptación de la justicia por parte del chavismo, porque muchos de los reemplazos fueron designados de manera opaca, pero además también es considerado como un hito del agravamiento de un problema histórico en los juzgados: la provisionalidad de los jueces”.
En mayo de 2001, el TSJ decretó una reforma judicial. Aquí se inició el proceso de adjudicación de cargos de jueces mediante concursos de oposición, pero fue interrumpido.
Para 2005 ocurrió la tercera reestructuración, resalta Acceso a la Justicia, “que coincidió con la cuestionada ampliación del máximo tribunal que el chavismo impulsó al aprobar la Ley Orgánica del TSJ de 2004”.
Se debe recordar que en esta reforma se aumentó de 20 a 32 el números de integrantes del máximo tribunal, un cambio que muchos vieron como una forma del entonces fallecido Hugo Chávez de asegurar jueces que fueran afines a su mandato.
Omar Mora Díaz, como presidente del TSJ, instaló el Plan de Reforma Estructural y Modernización del Poder Judicial (Premius) ese 2005. Sus objetivos eran depurar el sistema judicial y acabar con la provisionalidad de los jueces, que era de 80%.
Acceso a la Justicia destaca que unos 600 jueces provisorios fueron removidos para ese entonces, bajo acusaciones de irregularidades o poca eficiencia en su gestión. “No obstante, este proceso al menos consiguió uno de sus objetivos: reducir la provisionalidad. Al año de la aplicación del Premius, 1.140 abogados superaron los concursos y se hicieron con un juzgado, según cifras del TSJ. Sin embargo, estos concursos no fueron acordes al procedimiento exigido por la Constitución por no tratarse de concursos de oposición, sino de credenciales”.
En 2009, con Luisa Estella Morales comandando el TSJ, se anunció otra “reestructuración integral del Poder Judicial” para combatir “a fondo la corrupción, la inseguridad y la impunidad”. La ONG refiere que este nueva sacudida dejó “decenas de jubilaciones anticipadas de jueces y su reemplazo mediante mecanismos distintos a los previstos en la Constitución”.
La anunciada en enero de 2020 por Nicolás Maduro no dejó resultados visibles, pues la ANC culminó su período ese año marcado por la pandemia. Tampoco el actual presidente del TSJ, Maikel Moreno, ofreció algún resultado durante la instalación del año judicial en 2021.
“Una justicia controlada por el Gobierno legaliza sus abusos y deja en estado de indefensión a la mayoría de los ciudadanos”, advierte Acceso a la Justicia.
Esa falta de independencia ha sido señalada por la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet. En su informe de julio de 2020, señaló que era “al punto de que los jueces no toman decisiones sin consultar sus fallos con los presidentes de los Circuitos Penales”.
No hay puntada sin dedal
El chavismo sabe hilar sus decisiones desde todos los poderes, con Nicolás Maduro a la cabeza como el gran reformador y saneador. Desde hace semanas, tras un improvisado debate en la Asamblea Nacional electa en los cuestionados comicios de 2020, ha sumado a su conversación eliminar el retardo procesal y el hacinamiento en cárceles y centros de detención preventivos.
Los diputados oficialistas, muchos de ellos como Iris Varela -exministra de Asuntos Penitenciarios- dijeron sentirse sorprendidos por los niveles de retardo y hacinamientos. Hasta se atrevieron a denunciar cobros a los reclusos para traslados, tanto a tribunales como a centros de salud.
Con esto, desconocen denuncias hechas desde hace años por organizaciones como el Observatorio Venezolano de Prisiones o Una Ventana a la Libertad. En el país hay al menos 37.000 presos, repartidos en 52 cárceles con capacidad para 26.000 personas.
Esto también fue reflejado por la Oficina de Bachelet en sus informes. “Sigue habiendo problemas con el acceso a los alimentos, la salud y el agua y el saneamiento, y con los retrasos judiciales indebidos que pueden dar lugar a detenciones arbitrarias”.
El hacinamiento en los centros de detención preventivos, ocasionado por la negativa del Ministerio de Servicios Penitenciarios a permitir nuevos traslados a las cárceles venezolanas, aumentó durante 2020.
El número de CDP con problemas de hacinamiento aumentó de 207 a 221 para el final del año, llegando al 80,95% de los 273 calabozos cubiertos por el monitoreo de Una Ventana a la Libertad en 19 estados del país.
Para finales de 2020, de acuerdo con cifras extraoficiales confirmadas por la ONG, en estos espacios estaban detenidos 22.469 hombres (92,78%) y 1.749 mujeres (7,22%), para un total de 24.218 presos, cuando el cupo total disponible en los CDP era de 7.457. Apenas se excarceló a 619 personas, es decir, un 2,56% del total de detenidos y detenidas hacinados en estos centros.
Poder judicial “podrido”
El abogado constitucionalista Juan Raffalli puntualiza que el poder Judicial, de acuerdo a la Constitución, tiene de manera expresa el control de la legalidad y de la constitucionalidad de los actos del poder público. Esto incluye el poder Ejecutivo y el resto.
“Entonces, todos los actos de la administración pública, incluyendo los decretos leyes que pueda dictar Maduro en virtud de estados de excepción o leyes habilitantes, tienen que estar sometidos al control jurisdiccional de constitucionalidad y de legalidad por parte del poder Judicial y eso no le corresponde solo a la Sala Constitucional, le corresponde a todos los tribunales de la República en los casos concretos y evidentemente con carácter vinculante cuando hay un problema de constitucionalidad a la Sala Constitucional”, explica Raffalli.
Insiste en que esta decisión de reforma judicial solo trata de “entrometerse” en el poder Judicial. “Uno se pregunta ¿por qué ahora?, porque el poder Judicial está sumiso al poder Ejecutivo. ¿Qué hay detrás de esto? Sospecho que una guerra de poderes”.
El abogado también puntualiza que una reforma judicial de gran calado no es posible que la haga el presidente con apoyo o asesoría del Consejo de Estado o un comité. Debe hacerlo la Asamblea Nacional y/o el Tribunal Supremo de Justicia. “Si van a hacer reformas para los justiciables, para los usuarios del sistema de justicia, bienvenida, pero el problema es la falta de división de los poderes públicos”.
La Comisión Internacional de Juristas, en su informe sobre Venezuela, también se refirió a estos hechos, y dijo que el poder Judicial venezolano carece de independencia y control ante la continua influencia política, con jueces sujetos a graves presiones externas.
“La cabeza de la rama judicial está podrida. El 85% de los jueces en Venezuela, en este momento, no son jueces propiamente, la mayoría son provisionales y pueden ser removidos por el TSJ sin ningún proceso disciplinario. Los jueces provisionales son muy vulnerables a la presión política. Está bien documentado que a los jueces se les dice cómo deben fallar, especialmente en casos de impacto político. Y los jueces que no siguen esto tienen problemas”, dice parte del informe.
El poder Judicial sí está podrido, todo, afirma Raffalli. “Es un foco de corrupción interminable, y aquí el problema va más allá de los jueces provisorios o no, porque la provisionalidad en sí misma es un problema; sin embargo, si tuvieras jueces provisorios probos y más o menos preparados la cosa no fuera tan grave. Aquí campea la influencia política y la corrupción en niveles que no se habían pensado. Eso lo ratifica o reconoce Maduro con su decisión de dar este paso, para el cual no tiene competencias, pero que denota que hay una enfermedad severa”.
Además, asegura que hay un “mercado judicial” que debe ser erradicado, pero “eso debe empezar desde la cabeza del poder Judicial pasando por una voluntad política general del Estado, por políticas públicas que faciliten eso. Esto debe ser un trabajo coordinado entre el TSJ y la Asamblea Nacional para generar las reformas y el piso jurídico para esto”.