San Pablo y la ley, por Gisela Ortega
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El hombre siempre ha sentido la necesidad de pensar según leyes y parecería momento propicio para pensar un poco más en la ley de Dios, para refugiarnos y aferrarnos a ella, cuando están en crisis los mecanismos que salvaguardan el ordenamiento jurídico y cuando se desconoce cualquier orden moral.
La palabra ley se puede interpretar bajo diversos conceptos, como regla o norma, significa una serie de principios que se deben seguir, y que tanto pueden ser de orden natural como dictados por la autoridad en consonancia con la idea de justicia, y para el bien común, también puede ser, en un sentido general, la regla constante e invariable de las cosas, nacida de la causa primera o de sus propias cualidades y condiciones, tal como explica el teólogo y filósofo español, Jaime Balmes -1810-1848-, en el siguiente texto: «La imposibilidad física o natural consiste en que un hecho esté fuera de las leyes de la naturaleza».
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Mandato, mandamiento, orden, precepto, prescripción, dictado, disposición y decreto se refieren a cualquier veredicto, decisión o determinación de un superior revestido de autoridad, o del propio Jefe de Estado o Magistrados supremos. Así, se llama decreto-ley a la resolución de urgencia que, sin ninguna deliberación y por expreso mandato de dicha autoridad, pasa a ser ley de un valor absolutamente obligatorio. Bando o edicto, es la publicación de dichos mandatos, preceptos o decretos por la autoridad competente. Pauta es una regla dada como modelo en la determinación del modo de llevar a cabo alguna cosa y reglamento es el conjunto de pautas y normas a seguir por determinada corporación, organización o servicio. Código, es el reglamento de orden superior formado por una colección de leyes y disposiciones dictadas por la máxima autoridad. Canon, constitución y estatuto, son los establecimientos y ordenanza que tienen fuerza de ley para el gobierno de un determinado cuerpo, organismo e incluso nación. La costumbre como ley es aquella práctica tan usada, repetida y aceptada que ha adquirido por ello y con el peso del tiempo fuerza de ley. El nombre de ukase se aplica en particular a los decretos que dictaba el Zar y que se ha extendido para designar una ley o mandato tiránico e injusto.
Para San Pablo, -el Apóstol de los gentiles-, la ley no es, propiamente hablando, la ley de los legisladores, ni la ley que se puede esquivar. Ni la ley que se dicta –como la ley divina de Moisés-, entre truenos y rayos-. Como en el caso de los Mandamientos.
La ley, para San Pablo, es la ley moral, la que no está escrita en ninguna parte más que en el corazón del hombre, la que podemos encontrar en el fondo de nuestras conciencias: la ley de Dios, metafísica se traduce en ley moral dentro del corazón del hombre precisamente porque el corazón del hombre tiene facultad –no de hacerla o no- sino de cumplirla o no. Esa ley moral que nosotros encontramos en el fondo de la conciencia, en el espíritu humano, en la expresión del orden establecido por Dios y constituye el concepto de «ley interior» que va a invadir al Imperio Romano y que va a servir de base a la nueva religión y de punto de partida de la nueva moral y de la evolución jurídica posterior.
La ley es siempre expresión de orden, so pena de dejar de serlo y dentro del caos y confusión circundante, debemos dar primicia y vigencia a las leyes del espíritu.
Gisela Ortega es periodista.
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