Según la Constitución, ¿qué debe pasar el 10 de enero?

El artículo 231 de la Constitución indica que «el candidato elegido o candidata elegida tomará posesión del cargo de Presidente o Presidenta de la República el 10 de enero del primer año de su período constitucional, mediante juramento ante la Asamblea Nacional». Ante motivos «sobrevenidos» podrá juramentarse ante el TSJ. Venezuela iniciará un nuevo período presidencial cinco meses después de los comicios y sin la verificación de los resultados anunciados por el CNE, los cuales fueron certificados por el TSJ
En Venezuela y el mundo hay expectativa por la toma de posesión presidencial de este viernes 10 de enero. Más allá de las anunciadas agendas del gobierno de Nicolás Maduro y de Edmundo González Urrutia para ese día, la Constitución Bolivariana de 1999 establece las normas y el protocolo que regirán la jornada.
Según el artículo 230 de la Constitución el período presidencial es de seis años: «El Presidente o Presidenta de la República puede ser reelegido o reelegida, de inmediato y por una sola vez, para un nuevo período».
Asimismo, el artículo 231 indica que «el candidato elegido o candidata elegida tomará posesión del cargo de Presidente o Presidenta de la República el 10 de enero del primer año de su período constitucional, mediante juramento ante la Asamblea Nacional (AN)».
La Constitución también prevé que, si por cualquier «motivo sobrevenido» el Presidente o Presidenta de la República no pudiese tomar posesión ante la Asamblea Nacional, lo hará ante el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).
En el artículo 225 de la carta magna se señala que el Poder Ejecutivo se ejerce por el Presidente o Presidenta de la República, el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, los Ministros o Ministras y demás funcionarios o funcionarias que determinen la Constitución y las leyes.
Sin actas en el horizonte
Venezuela llega a un nuevo período constitucional a 5 meses y medio de las presidenciales, tras las cuales el Consejo Nacional Electoral (CNE) atribuyó el triunfo a Nicolás Maduro con 51,95% de los votos frente a 43,18% de Edmundo González Urrutia. Este resultado fue certificado por el TSJ luego de anunciar una experticia técnica a las actas de votación.
Desde la Plataforma Unitaria, por el contrario, insisten en mostrar las actas de votación que avalan la victoria del exdiplomático con 70% de las votos.
El 29 de julio del año pasado se cumplió el lapso de 30 días a partir del acto de proclamación de Maduro como ganador de la elección presidencial, en la sede del Poder Electoral. Esto significó, además, que cesó el lapso legal para la publicación de los resultados electorales en la Gaceta Electoral. A la fecha, aún no se tiene información detallada de los resultados, como lo han destacado desde la oposición y diferentes actores de la comunidad internacional.
El 22 de agosto, la presidenta del TSJ, magistrada Caryslia Rodríguez, leyó la sentencia de la Sala Electoral que ratificó los resultados anunciados por el CNE. En ese sentido, expresó: «Se exhorta al Consejo Nacional Electoral a publicar los resultados definitivos del proceso electoral (…) en la Gaceta Electoral de la República Bolivariana de Venezuela, según lo previsto en el artículo 155 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales».
El artículo 155 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) indica que «el Consejo Nacional Electoral ordenará la publicación de los resultados de los procesos electorales en la Gaceta Electoral de la República Bolivariana de Venezuela, dentro de los treinta (30) días siguientes a la proclamación de los candidatos electos y las candidatas electas».
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Acto cuestionado
En mayo de 2018, Maduro se juramentó ante la Asamblea Nacional Constituyente (ANC). Este paso fue asumido por el oficialismo en virtud de que la AN de 2015 era de mayoría opositora y que la oposición democrática, y una parte de la comunidad internacional, consideraron a los comicios del 20 de mayo como un proceso no competitivo.
La ONG Acceso a la Justicia dijo entonces que «el acto de juramentación anticipada, y además realizado ante la ilegítima ANC y no la AN, forma parte de otra de las maniobras del régimen de Maduro para revestir de carácter jurídico a un gobierno que ha resultado sumamente cuestionado, especialmente luego de los comicios del 20 de mayo».
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