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Tres comisiones permanentes de la Asamblea Nacional no tienen presidente



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Asamblea Nacional
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TalCual | junio 3, 2019

La persecución, detención y exilio obligatorio de los diputados ha impuesto una estrategia destinada a quitarles los fueros a los parlamentarios legítimamente electos


Tres comisiones permanentes de la Asamblea Nacional (AN) no tienen presidente debido a la medida judicial dictada por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) contras sus directores, disposición que obedece a las acciones aplicadas por el Ejecutivo nacional contra el parlamento desde el 2016 e intensificadas a partir de los hechos del 30 de abril, revela un informe elaborado por la AN.

Según el Parlamento las acciones evidencian que a través de la persecución, detención y exilio obligatorio de los diputados se ha impuesto una estrategia destinada a quitarles los fueros a los parlamentarios legítimamente electos.

Las comisiones legislativas afectadas con las medidas judiciales son Desarrollo Social Integral, cuyo presidente es el diputado Miguel Pizarro, quien se mantiene en la clandestinidad; la Comisión de Finanzas, presidida por el diputado Carlos Paparoni, sobre quien pesa una medida judicial; y la Comisión de Contraloría, encabezada por el diputado Freddy Superlano, a quien se le allanó la inmunidad por petición del TSJ.

Lea también: Se suspenden operaciones en la Embajada de Canadá en Venezuela

Los tres diputados que han presidido la Comisión de Desarrollo Social Integral en este período legislativo (José Manuel Olivares, Juan Requesens y Miguel Pizarro), han sido perseguidos por el Gobierno de Nicolás Maduro; mientras que José Trujillo (vicepresidente de dicha instancia), desde abril no se ha incorporado a las actividades parlamentarias.

El Parlamento denuncia que 112 diputados opositores han sido hostigados, perseguidos, exiliados o en clandestinidad. 27 diputados principales los que se encuentran perseguidos, exiliados, asilados o en la clandestinidad y de estos, solo 19 han podido convocar a su suplente para mantener activo la curul en la Asamblea, mientras que los ocho restantes dejaran vacío sus escaños, pues los suplentes están perseguidos o exiliados

Para revertir esta situación la Comisión de Política Interior de la AN, adelanta un proyecto de reforma puntual al Reglamento Interior y Debates, lo que le daría un nuevo respiro a la oposición, pues el mismo establecerá el mecanismo de “Quórum Mixto”, (presencial y virtual), lo que le permitiría a los diputados que se encuentran en el exilio o perseguidos participar en las sesiones plenarias con voz y voto y mantener sus puestos.

Por su parte, la Asociación Civil Súmate informó que las medidas judiciales contra parlamentarios han dejado sin representación en la Asamblea Nacional a 11 municipios y siete parroquias del país.

Inmunidad violentada

La Sala Plena del TSJ, en sentencias 17,18 y 19 de fecha 2, 7 y 8 de mayo de 2019 decidió comprometer la responsabilidad de 16 diputados y se les allanó su inmunidad. Ellos son: Juan Guaidó, Henry Ramos Allup, Luis Florido, Mariela Magallanes, Simón Calzadilla, Américo De Grazia, Richard Blanco, Edgard Zambrano, Juan Andrés Mejía, Sergio Vergara, Freddy Superlano, Carlos Paparoni, Franco Casella, Winston Flores, Miguel Pizarro y Rafael Guzmán.

El informe de la AN destaca que la persecución política contra diputados de la Asamblea Nacional constituye no solo una grave violación de los derechos humanos, sino también del estatuto constitucional de la AN y el desconocimiento al mandato popular de los venezolanos.

El artículo 200 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela garantiza la inmunidad de los diputados desde su proclamación hasta el cese del mandato o la renuncia al cargo.

La esencia de la inmunidad es proteger el ejercicio de la función legislativa en garantía del mandato popular de los electores. Esta garantía, dice el informe, ha sido sistemáticamente desconocida, una prueba de ello son diversas sentencias de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia que ha reducido el alcance de la inmunidad parlamentaria, traduciéndose esto en detenciones arbitrarias de diputados, en el marco de la persecución y allanamientos, impregnados de violación de derechos humanos, (detenciones sin orden judicial, el derecho a la defensa y el ser juzgado por jueces naturales.

El 20 de julio de 2017, la Sala Constitucional del TSJ, en el de decreto 545, declaró a la Asamblea Nacional en desacato y en consecuencia considera que todos sus actos son nulos, situación que ha sido denunciada y condenada por la comunidad internacional.

Con información de El Universal

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