Apruebo o Rechazo: 10 cambios que trae el proyecto de Constitución para Chile
Este jueves 1 de septiembre cerró la campaña para el plebiscito que este domingo 4 definirán 15 millones de chilenos que están llamados a las urnas para aprobar o rechazar el proyecto de Constitución. Esta propuesta, nacida a partir de las protestas antigubernamentales de 2019 contra la gestión del derechista Sebastián Piñera, podría sustituir la Constitución vigente desde 1980, redactada bajo la tutela del dictador Augusto Pinochet. El texto, que ha levantado mucha polémica, marcaría un nuevo marco legal para la administración del izquierdista Gabriel Boric
El borrador fue entregado en julio de 2022, tras un año de trabajo por parte de la Convención Constitucional. El texto busca reemplazar a la Constitución Política de Chile, promulgada en 1980 durante la dictadura del general Augusto Pinochet.
Si gana la opción «apruebo», la nueva Constitución chilena empezará a regir de inmediato, y a medida que se creen los nuevos órganos que contempla, como una Agencia Nacional de Aguas o la Cámara de las Regiones, que reemplazará al Senado.
Si gana el «rechazo», la Constitución de 1980 seguirá vigente, en contraste con la abrumadora mayoría (casi 80%) que votó por su reemplazo.
En las últimas encuestas la opción «rechazo» supera al «apruebo» en un proceso donde votar es obligatorio para quienes estén en el territorio nacional. Pese a ello, sectores de izquierda como de derecha se comprometieron a continuar el proceso constituyente, con acuerdos políticos y reformas.
Incluso el presidente Gabriel Boric ha dicho que «de ganar la alternativa ‘Rechazo’ (la nueva Constitución), lo que va a pasar es que vamos a tener que prolongar este proceso por un año y medio más (…) Tiene que haber un nuevo proceso constituyente».
El nuevo texto cuenta con 388 artículos organizados en 11 capítulos. El primero establece el carácter de Estado social y democrático de derecho, emulando otras Constituciones como la española, venezolana o boliviana.
Además, agrega que Chile será un Estado «plurinacional, intercultural, regional y ecológico». También, que el país «se constituye como una república solidaria».
«Su democracia (de Chile) es inclusiva y paritaria. Reconoce como valores intrínsecos e irrenunciables la dignidad, la libertad, la igualdad sustantiva de los seres humanos y su relación indisoluble con la naturaleza».
Pero, qué otras cosas trae el nuevo proyecto para Chile:
1. Contempla, a diferencia del texto actual, mecanismos de democracia participativa, incluyendo la iniciativa popular de ley y la participación de entidades territoriales y los pueblos y naciones indígenas.
2. El texto constitucional define a Chile como una «democracia paritaria», lo que supondría igualdad de género y que por mandato constitucional las mujeres ocupen el 50% de todos los órganos de Estado, el sistema electoral, tribunales, cámara de diputados y regiones, así como los nombramientos que realiza la presidencia.
El gobierno estaría obligado a crear todos los mecanismos y medidas para lograr que este objetivo se cumpla con la «igualdad sustantiva» que consolide la paridad.
3. La nueva Constitución consagra derechos esenciales como la salud, incluyendo el acceso a salud mental; la educación obligatoria del nivel básico al medio, gratuidad en algunas universidades estatales, así como la libertad de cátedra de profesores; el reconocimiento del trabajo doméstico y de cuidados; el derecho a una vivienda digna y adecuada, así como casas de acogida para víctimas de violencia de género y de vulneración de derechos; a la alimentación adecuada; el derecho humano al agua y al saneamiento; y el derecho a vivir en entornos seguros y libres de violencia.
4. Se consagran los derechos de la naturaleza y el deber especial de custodia del Estado sobre los bienes comunes naturales. Contempla además un catálogo de derechos humanos ambientales, como el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Y se incluyen normas que otorgan protección a ecosistemas tales como glaciares y humedales.
5. La nueva Constitución considera a Chile como un Estado Regional, cuyas políticas públicas son «pertinentes a las necesidades territoriales, adecuadas a las diversas realidades locales», reconociendo la autonomía de gobiernos regionales, municipios y otras entidades regionales.
6. Se establece por primera vez la formación por ley de las autonomías territoriales indígenas, donde los pueblos y naciones indígenas ejercerán derechos de autonomía, en conformidad con el carácter único e indivisible del país.
La propuesta también reconoce los sistemas jurídicos de los pueblos indígenas, precisando que deben respetar la Constitución y tratados internacionales, y que cualquier impugnación a sus decisiones será resuelta por la Corte Suprema.
7. Se reconoce el derecho a decidir sobre su propio cuerpo, la sexualidad, la identidad, el placer y la anticoncepción; la obligación del Estado de garantizar acceso a la información, educación y salud reproductiva; así como brindar condiciones para un aborto seguro y protección para el embarazo, parto y maternidad deseada.
8. Sobre el derecho a la seguridad social, se propone un Sistema de Seguridad Social público, financiado con rentas nacionales y cotizaciones obligatorias. No menciona a prestadores privados.
9. El gobierno y la administración del Estado corresponden a la figura presidencial. La edad para postular al cargo baja de 35 a 30 años cumplidos. El período presidencial se mantiene en cuatro años, pero se autoriza la reelección consecutiva por una vez.
10. El borrador consagra los principios de responsabilidad fiscal, equidad territorial y el desarrollo armónico con la naturaleza. También se establece un rol más activo para el Estado, además de “regular, fiscalizar, fomentar y desarrollar actividades económicas”.
Por tanto, se plantea la autonomía del Banco Central y el principio de sostenibilidad fiscal de las finanzas, a la vez que se faculta al Estado a prevenir y sancionar los abusos del mercado y proteger los derechos de los consumidores.