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Colombia da plazo hasta #8Feb para «socializar» normativa vehicular para paso fronterizo



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TalCual | febrero 2, 2023

La medida del Ministerio de Transporte de Colombia aplica para el ingreso y tránsito de vehículos particulares, motocicletas, de servicio público transfronterizo colectivo, taxis, vehículos de carga y transporte internacional de pasajeros. A partir del día 9 de febrero todos deberán presentar los requisitos que aquí se detallan


El ministro de Transporte de Colombia, Guillermo Francisco Reyes González, informó que su despacho puso en práctica una «primera fase de socialización con transportadores y comunidad del Instructivo Integral de Frontera hasta el próximo 8 de febrero», de modo que entrará en vigencia plena a partir del jueves 9 para todos los vehículos automotores que transiten por los puentes binacionales entre ese país y Venezuela.

La reglamentación atiende la reactivación del paso fronterizo tras la reanudación de relaciones diplomáticas acordada por los mandatarios Gustavo Petro y Nicolás Maduro.

En una nota de prensa oficial se destaca que el instructivo «beneficiará al transporte internacional y de forma progresiva mejorará las condiciones de otras modalidades de transporte», así como que «estos procesos se realizarán bajo una exhaustiva evaluación del desarrollo de la operación comercial, pensando primero en el desarrollo económico de transportadores y la población ubicada en la frontera».

La medida aplica para el ingreso y tránsito de vehículos particulares, motocicletas, vehículos de servicio público transfronterizo colectivo, taxis, vehículos de carga y transporte internacional de pasajeros.

Si el tránsito por el país es inferior a 3 meses, no requerirá de la revisión técnico-mecánica y de gases. El vehículo debe estar en óptimas condiciones mecánicas y de seguridad.

Los documentos admisibles para el control migratorio son: Pasaporte vigente, cédula de ciudadanía/cédula de identidad venezolana, Permiso Especial de Permanencia (PEP), Permiso de Protección Temporal (PPT), Tarjeta de Movilidad Fronteriza (TMF).

El periodo de permanencia habilitado por la Tarjeta de Movilidad Fronteriza y la cédula venezolana no deberá sobrepasar los siete (7) días calendario.

 

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A continuación se detallan los requisitos según el tipo de vehículo:

Vehículos Particulares

  • Licencia de conducción
  • Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) vigente
  • Documento de propiedad del vehículo.
  • El vehículo debe circular con sus placas en lugar visible.
  • Acatar las condiciones de pico y placa o restricciones a la movilidad en la unidad territorial que corresponda.

Motocicletas

  • Licencia de conducción
  • SOAT vigente
  • Documento de propiedad del vehículo
  • El vehículo debe circular con sus placas en lugar visible
  • Porte obligatorio de casco y chaleco reflectivo
  • Prohibido la circulación de pasajero o parrillero hombre en la unidad territorial que corresponda.
  • Acatar las condiciones de pico y placa o restricciones a la movilidad en la unidad territorial que corresponda.

Servicio público transfronterizo colectivo (buses y busetas origen destino Unidad Especial de Desarrollo Fronterizo – UEDF)

  • Licencia de conducción
  • Revisión técnico – mecánica
  • SOAT vigente
  • Póliza de Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual
  • Documento de propiedad del vehículo o Certificado de registro de vehículo
  • Permiso o tarjeta de operación o certificado de prestación del servicio CPS y el DT 9 o DT 10.
  • El vehículo debe circular con sus placas en lugar visible.
  • El vehículo no puede superar los 24 años. Debe estar matriculado el 15 de marzo de 2000, de acuerdo a la Ley 2198 de 2022.
  • Deberán circular por las rutas autorizadas con destino final las terminales autorizadas de transporte
  • Se deben acatar las condiciones de pico y placa o restricciones a la movilidad
  • No está permitido el uso de vidrios polarizados
  • El propietario del vehículo debe registrarse en el área metropolitana o ante la autoridad de transporte competente para facilitar las labores de inspección, vigilancia y control tanto del orden territorial como nacional.

Taxis

  • Licencia de conducción
  • Revisión técnico–mecánica
  • SOAT vigente
  • Póliza de Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual
  • Documento de propiedad del vehículo o Certificado de registro de vehículo
  • Permiso o tarjeta de operación
  • El vehículo debe circular con sus placas en lugar visible.
  • El vehículo no puede superar los 24 años. Debe estar matriculado el 15 de marzo de 2000.
  • Las rutas en el trayecto origen – destino se realizan bajo servicio de transporte puerta a puerta. El regreso se realiza sin pasajeros.
  • Se deben acatar las condiciones de pico y placa o restricciones a la movilidad
  • No está permitido el uso de vidrios polarizados
  • El propietario del vehículo debe registrarse en el área metropolitana o ante la autoridad de transporte competente para facilitar las labores de inspección, vigilancia y control tanto del orden territorial como nacional
  • Los documentos admisibles para el control migratorio son: Pasaporte vigente, cédula de ciudadanía /cédula de identidad venezolana, Permiso Especial de Permanencia (PEP), Permiso de Protección Temporal (PPT), Tarjeta de Movilidad Fronteriza (TMF).

Transporte internacional de carga

  • Licencia de conducción
  • Revisión técnico–mecánica
  • SOAT vigente
  • Póliza de Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual para transporte internacional de mercancías por carretera.
  • Documento de propiedad del vehículo o Certificado de registro de vehículo
  • Manifiesto de Carga Internacional expedido por la empresa autorizada.
  • El vehículo y unidad de carga debe circular con sus placas en lugar visible
  • Certificado de Habilitación
  • Carta de Porte Internacional por carretera
  • La carga deberá ser descargada y/o transbordada a los depósitos y/o almacenadoras habilitadas que se encuentren ubicadas en un rango no superior a veinte (20) kilómetros contados desde la frontera.
  • Los documentos admisibles para el control migratorio son: Pasaporte vigente, cédula de ciudadanía /cédula de identidad venezolana, Permiso Especial de Permanencia (PEP), Permiso de Protección Temporal (PPT), Tarjeta de Movilidad Fronteriza (TMF).
  • Transporte internacional de pasajeros
  • Licencia de conducción
  • Revisión técnico–mecánica
  • Seguro obligatorio SOAT vigente
  • Póliza de Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual para transporte internacional de pasajeros.
  • Documento de propiedad del vehículo o Certificado de registro de vehículo.
  • Manifiesto y/o listado de pasajeros
  • Permiso o tarjeta de operación
  • El vehículo debe circular con sus placas en lugar visible
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