¡Cosa más Granda!, por Teodoro Petkoff

El caso Granda primero y luego los desastres y tragedias causados por las lluvias han desviado temporalmente la atención del país de varios asuntos de la mayor importancia. El veto y devolución al parlamento de la Ley de Reforma del Código penal por parte del presidente, el juicio y condena al abogado Tulio Alvarez y el acuerdo penal firmado entre Venezuela y Cuba, constituyen tres asuntos que han pasado relativamente bajo la mesa -en particular el tercero-, pero sobre los cuales es necesario llamar la atención.
El convenio entre Venezuela y Cuba sobre asistencia jurídica en materia penal entre los dos países significa, en dos platos, que las leyes penales cubanas son de aplicación en Venezuela e incluso que sus cuerpos policiales pueden actuar aquí. El convenio omite toda referencia a la negativa de que funcionarios policiales de Cuba puedan actuar en nuestro país (“lo que la ley no prohíbe…”) y, además, es suficientemente laxo como para que pueda producirse persecución por motivos políticos por parte de Cuba en Venezuela.
¿Cuál es el objetivo de este acuerdo? Extender la jurisdicción penal cubana a nuestro territorio para poder actuar sobre sus propios ciudadanos aquí presentes. No son los venezolanos los sujetos de ese peculiar convenio, sino los cubanos.
En otras palabras, los médicos, los entrenadores deportivos y demás personal cubano desplegado en nuestro país no está sometido a nuestra legislación sino a la cubana. No estamos, pues, en presencia de un acuerdo más, de los que normalmente se celebran entre los países para coordinar sus esfuerzos en la lucha contra el delito, sino de un convenio absolutamente sui generis por el cual nuestro país renuncia a su soberanía en un campo tan delicado como el penal a favor de la soberanía de otro estado, para el caso Cuba, que puede ejercerla en nuestro territorio sobre sus nacionales. El convenio consagra términos tan poco restrictivos en materia de persecución por motivos políticos que lleva a sospechar que esa clase de “delitos” son los que más importan a la parte cubana signataria. Un médico cubano, por ejemplo, que pretenda huir a otro país puede ser detenido por policías cubanos y enviado a la isla, sin trámite de extradición, para ser juzgado ante los tribunales cubanos.
No deja ser irónico que mientras se reclama a Colombia la violación de nuestra soberanía en el caso Granda, se firma un convenio con Cuba en el cual nuestro país hace cesión voluntaria de su soberanía para que ciudadanos cubanos puedan ser “legalmente” secuestrados en territorio venezolano y “legalmente” enviados al suyo, aun si el delito cometido (si ese fuese el caso) hubiere ocurrido en nuestra jurisdicción. Pero, evidentemente, todo apunta al delito “político”. ¿Qué “delito político” puede cometer un cubano en Venezuela?
No querer regresar a su país y tratar de marcharse a otro. La única explicación de este convenio no puede ser otro que la magnitud que podría estar adquiriendo la fuga de cubanos que están en nuestro país e, incluso, su mero rechazo a volver a su país.