Fiscalía de la CPI desarma alegatos venezolanos sobre falta de detalle en investigación
Falta de notificación, alcance o la propia identificación de los crímenes de lesa humanidad fueron los alegatos presentados por los abogados representantes de Venezuela. Del lado de la Fiscalía de la CPI se sostiene que se otorgó a la administración Maduro la suficiente información para conocer el alcance, hasta ahora, de la investigación
Los alegatos de Venezuela sobre una supuesta falta de detalle y notificación de la investigación por crímenes de lesa humanidad que adelanta la Fiscalía de la Corte Penal Internacional fueron desmontados en el primer día de audiencia de la Sala de Apelaciones de la CPI para revisar el caso Venezuela I.
En la audiencia de este martes 7, presidida por el juez Marc Perrin de Brichambaut, se trataron la presunta falta de detalle de la investigación de la Fiscalía, la admisión de documentos (registros judiciales) en español presentados por la administración de Nicolás Maduro y la supuesta negación de basarse en estos escritos.
Del lado del gobierno venezolano se presentaron el canciller Yván Gil y Larry Devoe, abogado y representante venezolano para el sistema de derechos humanos.
El equipo defensor de Venezuela está compuesto por siete abogados, encabezado por Ben Emmerson, un jurista británico que ha defendido a Julian Assange, al expresidente de Cataluña Carles Puigdemont, y ejerció como exrelator especial de la ONU sobre Derechos Humanos y Lucha contra el Terrorismo.
El abogado de Venezuela basó sus intervenciones en cinco puntos fundamentales:
- Que el fiscal Karim Khan nunca ha identificado a ningún oficial de alto rango que esté presuntamente involucrado en estos crímenes,
- La lista de crímenes es insuficiente y permanece en un nivel de generalidad que no permite a Venezuela responder en base a lo que establece el Estatuto de Roma,
- No es posible que la Sala de Cuestiones Preliminares continúe con esta investigación,
- Le corresponde a la Fiscalía de la CPI traducir los documentos y pruebas en español entregados por Venezuela a cualquier lengua admitida por la Corte (inglés o francés) o, en todo caso, solicitar su admisión en este idioma.
- La Fiscalía de la CPI desechó, sin suficientes explicaciones, la mayor cantidad de documentos y registros judiciales donde se comprueba que el Estado venezolano ha investigado o investiga los hechos que revisa esa instancia. Según de 124 incidencias determinadas a partir de 2021, todas han sido revisadas por la justicia venezolana. Solo se valoraron 64 expedientes judiciales en inglés.
Sobre el punto de los documentos en español, el abogado Emmerson acusó al fiscal Karim Khan de extralimitarse y usurpar funciones al decidir, de su parte, qué documentos admitía para los avances de su investigación. «Más de dos tercios del total fueron ignorados, y 23 de los 62 documentos traducidos no fueron tomados en cuenta (…) Es la Sala de Cuestiones Preliminares y no el fiscal quien determina la pertinencia de los documentos presentados».
Se comentó que después de determinar 124 incidentes en 2021, se enviaron ocho presentaciones oficiales «y se obvió la práctica de la totalidad de la documentación enviada por Venezuela». Solo se valoraron 64 expedientes judiciales en inglés.
También dijo que el principio de complementariedad en que se basa la CPI no ha sido respetado. «La Sala de Cuestiones Preliminares tampoco dio información detallada al notificar el inicio de la investigación y no se contaba con suficientes pormenores sobre edad, ubicación o pormenores de los hechos que sufrieron las víctimas».
Otra cuestión que argumentó es que la Sala calificó de manera errónea la solicitud de información complementaria que se dio en 2022, que no se formularon de manera adecuada o se sustanciaron según establece el artículo 18.1.
Se aseguró que Venezuela, según los crímenes seleccionados por la propia Fiscalía, «han sido investigados suficientemente», por lo que se demuestra que el país tiene la capacidad de llevar adelante estas investigaciones en base al sistema jurídico nacional.
Defensa insuficiente, dice la CPI
Los representantes de la Fiscalía de la CPI dijeron que Venezuela no presenta los alegatos como lo establece el Estatuto de Roma y aseguraron que responden a una lectura contextual de este documento, la base creadora de la CPI.
Afirmaron que el Estatuto y el artículo 18.2 no limita la investigación de la Fiscalía, y «no es un vehículo para que el Estado responda» a estos hechos que, en todo caso, no responden a una lista descriptiva de todas las actividades que realiza esta instancia.
Se recordó que en el examen preliminar, la única fase completada hasta el momento, no se identifica a los autores eventuales o se establece el alcance real de su investigación. «Tampoco se puede limitar a los hechos que se pueden verificar en esa etapa tan preliminar (…) El objetivo de la Fiscalía es investigar la verdad».
La representante de la Fiscalía indicó además que se han demostrado los alcances de la Fiscalía, los parámetros específicos y se incluía calendario, alcance geográfico, los crímenes de lesa humanidad que presuntamente se cometieron y una serie de actos contextuales sobre el trato de personas privadas de libertad y las personas posiblemente involucradas. «Todo esto cumpliendo con el mandato de proteger a las personas».
La lista no está para distraer a Venezuela sobre casos que la Fiscalía no va a investigar, destacó, «tenía por objeto establecer lo que la Fiscalía puede hacer y Venezuela puede hacer (…) Se pudo responder como efectivamente lo hizo, lo que demostró que Venezuela demostró suficientemente que conocía el alcance de la Fiscalía y no hubo problemas en este asunto».
Recordaron que la Fiscalía de la CPI y el Estado no están en la misma postura y ofrecen información suficiente con los parámetros de los casos potenciales para demostrar que están en una investigación. «Quiere demostrar que las investigaciones y enjuiciamientos han alcanzado suficientemente el alcance previsto de la Fiscalía para llevar la carga de la prueba».
Respecto a la cuestión de los documentos, la Fiscalía recordó que su inadmisión obedeció a que esos materiales eran resúmenes y registros de investigación judiciales. De estos, solo las investigaciones tenían suficiente información para conocer sobre el alcance y avance de procedimientos nacionales.
«En esos documentos, muchos casos, la conducta que se investiga no está clara (…) En los casos donde se identifican a los sospechosos, la mayoría, su nivel no es incluido, en los resúmenes no se habla de la cualificación jurídica de los casos», resaltó.
Además, detalló que en tres cuartos de los casos el perpetrador no es mencionado, 67 de ellos no tienen calificación jurídica y en casi la mitad de los casos las actuaciones no progresan. «Eso significa que las investigaciones permanecen abiertas y han pasado varios años de inactividad».
Por su parte, la abogada Paolina Massidda, representante de la Defensoría Pública de las Víctimas, sostuvo que la Oficina del Fiscal no tiene que presentar de forma inmediata a autores materiales de alto rango porque no siempre se tienen al principio de la investigación, y el nivel de especificidad no es el mismo en la etapa de admisibilidad o cuando ya se está frente a un caso.
Se recordó que la notificación de investigación se da al momento de la apertura, cuando no se tiene evidencia o prueba suficiente contra estas personas o sobre los crímenes investigados. «Otra cosa equivaldría a empezar la casa por el tejado».
La información aportada por el fiscal Khan, señaló Massidda en su presentación, era lo suficientemente específica que el Estado supiera sobre el nivel de especificidad de la investigación y el alcance de las investigaciones. «(Se) entendió que solo podía responder investigando y enjuiciando a los grupos acusados por los crímenes en base a la información aportada».
Recordó además que se pide al Estado que aporte información pertinente y comprobable sobre los pasos tangibles que ha tomado para investigar y enjuiciar, no procedimientos hipotéticos que Venezuela puede hacer en un futuro.
Por ello, la Oficina de Defensoría de las Víctimas considera que se concluyó correctamente que Venezuela no ha tomado los pasos suficientes para investigar o enjuiciar, y las acciones que se realizaron no permitieron que se pudieran identificar a los responsables en las tres cuartas partes de los casos.
Respuestas de Venezuela a los alegatos
En la audiencia, del lado venezolano se insistió que el artículo 18.1 «es un llamado» a que se coordinen ambas jurisdicciones -nacional y de la CPI- y, por tanto, se debe entregar información sobre casos específicos.
También alegaron que el artículo 52.2 solo ha podido acceder Venezuela por lo que otros Estados parte no pueden conocer sobre las investigaciones y responder a ellas. Puso como ejemplo la notificación de que la Fiscalía argentina investiga casos expuestos por víctimas venezolanas. «Se podría estar violando el principio de complementariedad».
Aseguraron además que Venezuela no participó de un examen preliminar propiamente dicho, pues «se entregaron informaciones de buena fe y cumpliendo con las obligaciones del Estatuto de Roma (…) Tenemos la impresión de que la decisión de abrir una investigación se adoptó antes de entablar un diálogo».
Afirmaron que durante tres años nunca hubo un verdadero diálogo con la Fiscalía en el marco del examen preliminar. Solo se dieron respuestas por escrito, una reunión con el fiscal venezolano y reuniones esporádicas con el embajador venezolano. «Eso no es suficiente».
Razonamientos repetidos
La jueza Luz Ibáñez Carranza recordó que el Estatuto de Roma y el trabajo de la CPI se basan en la complementariedad, y ya los crímenes están los suficientemente listados. Preguntó cuál es la actividad investigativa que el Estado venezolano ha realizado para saber si se ha dado un contexto de extensión y sistematicidad de crímenes contra la población o un sector de ella.
El abogado del gobierno venezolano dijo que los ejemplos dados por la Fiscalía de la CPI ya habían sido investigados o estaban en investigación dentro del país. Alegaron que las pruebas presentadas no fueron tomadas en cuenta por la Sala de Cuestiones Preliminares, e insistió que Venezuela no fue informado de los crímenes concretos a investigar y solo se dieron ejemplos de ellos.
«Lo que hace Venezuela es empezar a investigar todos, en base a material público (…) Es el Estado el que detenta la responsabilidad de enjuiciar, en este caso Venezuela», dijo.
Calificó además de «criterio inventado» que no se ha investigado nacionalmente a los altos rangos involucrados en presuntos crímenes de lesa humanidad, pues «la propia Fiscalía no los ha identificado».
La jueza también preguntó a la Oficina de la Defensoría de Víctimas cuál es su opinión acerca de los hechos y los puntos de vista sobre las investigaciones en Venezuela que no reflejan la actividad investigadora que la Fiscalía intenta hacer.
La abogada respondió que las víctimas tienen una posición clara y es que «Venezuela no está, ni lo hará en un futuro, investigando los crímenes de sus familiares«. Señaló que hay casos específicos que demuestran este punto y que los elementos contextuales no integran la investigación doméstica, por lo que no se puede decir que estos crímenes están siendo investigados. Resaltó que dará información más detallada el miércoles 8.