Garzón al ataque, por Teodoro Petkoff

La abuela parió morochos. Como si no fuera suficiente con los escándalos que últimamente plagan al gobierno, ahora se suma la imputación, por el juez español Baltasar Garzón, a directivos del banco español BBVA por “sendas contribuciones a la campaña electoral de Hugo Chávez a la presidencia de Venezuela”, que habrían sido hechas violando la legislación española.
Pero, el punto no es sólo que banqueros españoles violaron las leyes de España, cosa que determinará el juicio, sino que el candidato Hugo Chávez y su partido habrían violado las leyes de Venezuela, al recibir financiamiento de una empresa extranjera para su campaña electoral en 1998. Hay un presunto delito en España, que será juzgado ahora, pero también hay un presunto delito en Venezuela, sobre el cual, a pesar de un recurso introducido por el abogado Tulio Alvarez, hace años, ante el TSJ, la justicia venezolana no ha actuado.
De hecho el TSJ envió el expediente a la Fiscalía, para que abriera averiguaciones. Desde luego, Isaías engavetó el caso. Aunque no es posible hacerse ninguna ilusión con la justicia venezolana, va a ser muy difícil que la Fiscalía y el TSJ se hagan los locos ante las consecuencias del juicio que se desarrolla en España. Porque, supóngase que el juicio en España determina que efectivamente el banco del caso hizo esas “contribuciones” (una por 525 mil dólares, el 1/12/98 y la otra, por un millón, el 5 de julio de 1999), ¿cómo queda aquí la cosa?
La legislación venezolana es muy precisa al respecto.
Por una parte, los partidos políticos están obligados a llevar libros de contabilidad sobre sus ingresos y gastos en campañas electorales y presentarlos al CNE. Pues bien, en los libros del MVR, consignados ante el CNE, no aparece la contribución del BBVA. Ya por allí se tendría un ilícito: ocultación de información y falseamiento de datos. Pero hay más. La Ley de Partidos Políticos, en su artículo 25, ordinales 4 y 5, obliga a los partidos políticos a “rechazar donaciones… de compañías extranjeras o con casa matriz en el extranjero”. La inobservancia de esta disposición es castigada con prisión de dos a tres años, y la pena es aumentada en la mitad si los recursos provinieran de un delito. Si el juicio en España determina que se cometió un delito, al dar esas “contribuciones”, entonces, los receptores de esos fondos, aquí en Venezuela, de comprobarse que también cometieron delito al solicitarlos y aceptarlos, tendrían que recibir la sanción prevista en la ley. ¿Quién responde ante la ley? El candidato y jefe del partido en cuestión. En este caso se trata de Hugo Chávez, quien para la época era el candidato y simultáneamente el jefe del MVR. A quien, además, le caería también, la pena prevista en el artículo 258, numeral 5, de la Ley del Sufragio, que castiga con prisión de dos a tres años a “el candidato que oculte información o suministre datos falsos al CNE sobre sus gastos de campaña”. Por cierto, ¿cómo quedó en todo esto nuestra soberanía? ¿No es una hipocresía perseguir a ONG venezolanas por recibir financiamiento exterior, teniendo los acusadores tamaño esqueleto en el closet?