Milicia tendrá control poblacional según la nueva ley de la FAN
El vicealmirante retirado Jesús Briceño García advierte que la figura de la Junta Ministerial incluida en la ley aprobada por la constituyente, abre las puertas para la intervención externa en el sector castrense; mientras que el analista José Rivas Leone cuestiona la función de adoctrinamiento que se reserva al «componente especial»
A principios de 2020, el ministro de la Defensa, general en Jefe (Ej) Vladimir Padrino López, adelantó que la nueva ley militar “tiene como objeto central fortalecer la milicia para que como componente se ponga al frente en la vanguardia de la defensa de la patria”. El objetivo se concretó en la Ley Constitucional de la Fuerza Armada Nacional (FAN) aprobada por la constituyente y formalizada en la Gaceta Oficial 6.508 del 30 de enero.
En la norma, avalada en medio del secretismo, se vuelve a incluir a la milicia, que ya estaba en la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional (Lofan) de 2014. Pero ahora, bajo la supuesta constitucionalidad de la ley se le concede, en el artículo 74, el matiz de “componente especial de carácter popular integrado por hombres y mujeres que manifiestan su deseo patriótico de participar activamente en acciones que contribuyan a la Seguridad de la Nación”.
Ese carácter dado a los milicianos es una de las alertas de la ley impuesta por Nicolás Maduro, advirtió el vicealmirante retirado Jesús Briceño García, presidente de la Comisión especial, designada por la Asamblea Nacional (AN), para la Reinstitucionalización de la FAN.
«La naturaleza popular de milicia implica que, bajo el argumento de la unión cívico militar, es un cuerpo político sin ningún tipo de formación castrense a la que incorporan al sistema defensivo nacional. Esto significa el control de la Fuerza Armada y también de la población. Se le conceden funciones de registro y control y la posibilidad de acceder a la FAN. No hay que perder de vista que con los milicianos se están llenando las plazas vacantes de la institución castrense que tiene cerca de 21% menos de sus hombres”, explicó el vicealmirante Jesús Briceño García.
En el articulado se señala, de forma expresa, que la milicia se prepara permanentemente para cumplir misiones de defensa militar cuando sea movilizada. Al igual que el Ejército, la Aviación, la Armada y la Guardia Nacional (GN), se subraya que la milicia está bajo el mando y directrices establecidas por el Comando Estratégico Operacional de la Fuerza Armada Nacional (Ceofan).
Briceño García, también excomandante general de la Armada, cuestionó que a la milicia se le haya otorgado un rol para contribuir con todos los niveles del sistema defensivo territorial. Este elemento también se estrenó con la llamada Ley Constitucional de la FAN, y que implicará más poder para la hasta ahora llamada fuerza de complemento. Además, Briceño García calificó como aberración que se haya equiparado a la ley al nivel de la Carta Magna.
Por su parte, José Antonio Rivas Leone, investigador del sector militar, considera que el aspecto neurálgico de la nueva ley es la incorporación como a un cuerpo más a la milicia. Cuestionó que según el artículo 75, también se le da la misión de equipar, adiestrar y adoctrinar al pueblo para contribuir con la seguridad de la nación con en todos los niveles del sistema defensivo territorial.
«Al leer la nueva ley de la Fuerza Armada, y lo relativo a la milicia, se observa que es un instrumento que fue concebido en guerra, en conflicto. Paradójicamente, el siglo XXI es el de la democracia, donde prevalecen las garantías y los derechos constitucionales. Es una ley reaccionaria desde el punto de vista de que prácticamente en un tiempo de conflicto, o es lo que prefigura, y por consiguiente, el tema angular va a estar circunscrita a reforzar esa visión militarista», esgrimió José Rivas Leone.
El analista puntualiza que da la impresión de que la ley forzada desde la constituyente fue concebida en medio de una situación de alta conflictividad y podría verse como un instrumento cuyo sentido no es otro que enfrentar al enemigo. Rivas Leone advierte que el enemigo, en ese caso, no solo es externo: Tiene que ver con adoctrinar a la institución castrense para que sea monolítica, y sea a imagen y semejanza de las ejecutorias de la revolución.
En cuanto a la organización de la milicia, la ley indica que el elemento básico es la Unidad Popular de Defensa Integral (UPDI), como ha ocurrido en la práctica. De hecho, el 29 de enero (el mismo día en que se aprobó la ley), Maduro anunció la creación de 50 mil UPDI. El gobernante aseveró que las unidades ejercerán funciones de defensa integral “en todos los barrios, pueblos, ciudades y caseríos del país”.
Además del Comando General, la milicia consta de un segundo comando y un Estado Mayor, así como de los comandos de milicias del Sistema Defensivo Territorial, los Cuerpos de Combatientes, las Unidades Especiales “y los órganos operativos y administrativos especiales necesarios con el propósito de coadyuvar a la defensa integral de la nación”.
El 8 de enero, Maduro ordenó la nivelación de los 1.159 Comandantes de los Agrupamientos Populares de Defensa Integral (APDI) a categoría de oficiales de milicia. De acuerdo con el gobernante, se trató de «un acto de justicia, reconocimiento y fortalecimiento a la moral y su compromiso. Darle su rango militar, es muy importante”.
Por otra parte, el vicealmirante Briceño García, que ha hecho seguimiento a todos los cambios legales en el sector castrense desde la época de Hugo Chávez hasta Maduro, expresó que la coacción hacia la población también se expresará con lo señalado en el artículo 77.
Según esa norma, “los cuerpos combatientes son unidades conformadas por ciudadanos y ciudadanas que laboran en instituciones públicas o privadas, que de manera voluntaria son registrados o registradas, organizados u organizadas y adiestrados u adiestradas por el comandante de milicia del Área de Defensa Integral (ADI), a través de los directores regionales de medios de milicia, con el fin de coadyuvar con la Fuerza Armada Nacional en la defensa integral de la nación, asegurando la integridad y operatividad de las instituciones a la que pertenece”.
El comando de la milicia, que dirige el mayor general Manuel Bernal, informó, el 28 de enero, sobre el adiestramiento de milicianos del ADI 215 Machirí (Táchira) en el manejo del sistema portátil A/A IGLA¨S para la defensa de la patria.
Cumpliendo con la tarea presidencial del CJ @NicolasMaduro y la guía de planeamiento de @ManuelBernalG Cmdte Gral #MiliciaPuebloEnArmas, milicianos del ADI 215 Machirí (Táchira) se adiestran con Brigada de Defensa Aérea en sistema portátil A/A IGLA¨S para la defensa de la Patria pic.twitter.com/XhjUs0z1IW
— @Milicia Bolivariana (@MiliciaBV1) January 29, 2020
El 2 de diciembre de 2007, en referendum constitucional, el pueblo rechazó toda la propuesta de cambios en la Carta Magna ofertada por Chávez. Se pretendió incluir el artículo 329 de la Constitución con esta estructura: “La Fuerza Armada Bolivariana estará integrada por los distintos cuerpos de tierra, mar y aire, organizados administrativamente en los siguientes componentes militares: el Ejército Bolivariano, la Armada Bolivariana, la Aviación Bolivariana, la Guardia Nacional Bolivariana y la milicia popular Bolivariana; y estructurados dichos cuerpos en unidades combinadas de guarnición, unidades combinadas de adiestramiento y unidades de operaciones conjuntas, tanto en el nivel táctico como en el nivel estratégico”.
Casi 13 años después, Maduro buscó la vía para brindar un manto de legalidad a las milicias. Este paso fue dado luego de hacer gala de una cifra de 3 millones de milicianos.
Control externo
Dentro de las alertas activadas por la Ley Constitucional de la FAN, el vicealmirante Jesús Briceño García también llamó la atención sobre la figura de la Junta Ministerial, incluida en el artículo 43, como un «órgano de asesoramiento, coordinación, planificación y supervisión del Ministerio de la Defensa; en las políticas, estrategias, programas, planes y proyectos del sector defensa».
En opinión del militar retirado, con esta junta «el órgano consultivo del Estado Mayor se queda por fuera. Además se establece el primer control formal para la presencia de los cubanos en la Fuerza Armada».
La huella
Por otra parte, la presidenta de la Organización No Gubernamental (ONG) Control Ciudadano para la Seguridad, Defensa y Fuerza Armada, Rocío San Miguel, señaló, en su cuenta de twitter que la reforma inconstitucional de la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana tiene la huella cubana.
El artículo 106 de la Reforma inconstitucional de la LOFANB (Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana) tiene la huella cubana…
Los Alférez de Navío en Venezuela, pasan a partir de ahora cómo en Cuba, a denominárseles Teniente de Corbeta #ReformaLOFANB … pic.twitter.com/AfEeqaUQZU
— Rocío San Miguel (@rociosanmiguel) February 6, 2020
Este aspecto también fue fustigado por el vicealmirante Jesús Briceño García, quien sostiene que «con los cambios en los grados de la Armada se rompe con una tradición institucional. Pero también se afecta la estructura de la Armada en el ámbito internacional».