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Acceso a la Justicia advierte sobre vacíos legales en decretos de nuevo aumento salarial



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TalCual | septiembre 5, 2018

La ONG cuestiona que la Unidad Tributaria haya sido eliminada para calcular el cestaticket y se pregunta sobre el anclaje del petro que no aparece en la Gaceta


El nuevo aumento salarial que rige en el país a partir del 1 de septiembre, asentado en la Gaceta Oficial n° 6403, que fija el ingreso mínimo en BsS 1.800 y el cestaticket o bono de alimentación en BsS 180, «dejan dudas y vacíos legales importantes referidos a su aplicación», según alerta la Organización No Gubernamental Acceso a la Justicia en un documento difundido este miércoles 5 de septiembre.

«¿Qué pasó con el anclaje del salario al petro y su fluctuación?», se pregunta la ONG, a su juicio, aunque el gobierno anunció un sistema de anclaje de la remuneración mensual al petro –supuesto criptoactivo cuyo valor es el precio de un barril de petróleo–, en el decreto no se hace mención a este valor referencial.

El uso de la unidad tributaria para calcular el pago del cestaticket es otra de las interrogantes, donde explican que «contrario a lo establecido en el artículo 7 del decreto del Cestaticket Socialista para los Trabajadores y Trabajadoras del 23 de octubre de 2015, aún vigente, se desaplicó la referencia de la unidad tributaria (UT), pues el beneficio pasó a ser un monto fijo de Bs.S 180».

«La decisión de suprimir el uso de la UT resta la posibilidad de que la cantidad varíe con los ajustes de la misma, lo que pasa a depender exclusivamente de que el Ejecutivo modifique la cifra», explica la institución.

* Lea también: En el mes de la reconversión la inflación alcanzó 223,1%, según cálculos de la AN

Refieren que las condiciones sobre la cancelación no variaron, pues debe seguirse haciendo igual en los primeros cinco días del mes siguiente (octubre). Por otra parte, destacan que los BsS 180 del nuevo cestaticket, que actualmente compran apenas ½ kg de jabón en polvo, tendrán un poder adquisitivo mucho menor al cierre del mes cuando comenzará a ser pagado, «ya que las últimas estimaciones arrojan que en agosto la inflación estableció un nuevo pico histórico, al marcar saltos de 50% semanal».

«¿Qué pasó con el pago adelantado de una porción del nuevo salario? Un asunto que había generado preocupación entre los empleadores era el anuncio del presidente Nicolás Maduro sobre el pago anticipado y fraccionado del nuevo salario. El jefe de Estado presentó un calendario que ubicaba para este 7 de septiembre la cancelación de 25% del sueldo, es decir Bs.S 450, pero el decreto no lo establece, por lo que quedó sin efecto legal el pago de esa porción salarial», advierten.

Acceso a la Justicia también señala que el anuncio del gobierno de asumir el pago de la nómina de la pequeña y mediana empresa por noventa días, no aparece en el decreto relativo al salario mínimo. En el documento nada se regula con relación a si es o no aplicable el subsidio salarial anunciado desde hace dos semanas.

«Queda la incógnita sobre el efecto de la medida en casos como los colegios y trabajadores residenciales, ya que afectará el pago de matrículas o mensualidades y el condominio, respectivamente».

A juicio de la ONG, las empresas cuyos tabuladores de cargos se ajustan o están indexados a la referencia de salarios mínimos, serán las que enfrenten mayores dificultades para adaptar sus escalas, pues «las subidas podrían ser difíciles de cumplir». Por ejemplo, en una empresa donde el gerente general ganó hasta el mes pasado entre veinte y treinta sueldos básicos, «difícilmente esta compañía podrá replicar este modelo de cálculo. Lo mismo ocurrirá con beneficios convencionales como útiles escolares, primas por hijos, juguetes, medicamentos, los cuales también se ajustan con base a esa referencia».

Otras consecuencias

¿Cuál es el impacto del alza salarial en tabuladores y beneficios indexados?

El Gobierno poco había señalado sobre el impacto que tendrán sus medidas sobre los escalafones de la administración pública, pero el ministro de Comunicación e Información, Jorge Rodríguez, informó que fue aprobada la nueva tabla salarial, la cual evidencia que la brecha entre las escalas es mínima, pues el cargo más bajo recibirá el ingreso mínimo de Bs 1.800, mientras que el más alto no llegará a dos salarios mínimos, al ubicarse en Bs 2.790.

¿Se ha publicado una modificación de tarifas o monto en UT para el pago y/o retención del ISLR?

Los empleadores como agentes de retención se verán obligados a hacer fuertes retenciones de pago del impuesto sobre la renta (ISLR), pues se anticipa que podrían llegar a ser por el equivalente a 34% del ingreso salarial del trabajador. Lo elevado de la cifra responde a que si bien el Gobierno aumentó el sueldo, no hizo lo mismo con los parámetros a partir de los cuales los trabajadores deben pagar el impuesto.

¿Qué tanto se verá afectado el aporte y retención parafiscal social y empresarial?

Atendiendo al nuevo salario mínimo, el pago del seguro social y el régimen prestacional de empleo (Instituto Venezolano de los Seguros Sociales), además del Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (Banavih) y el Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES) aumentará en proporción al ajuste salarial al menos 6.000 %, debido a que sus aportes y topes de pago están ajustados al sueldo base.

¿Baja momentáneamente la cotización del paralelo por efecto de pago de nómina?

El mercado paralelo muestra en los últimos días una revalorización del bolívar sobre el dólar –la media pasó de Bs.S 120 a menos de Bs.S 100–, como efecto de una inesperada demanda de bolívares con el objeto de cubrir el pago de las nóminas salariales, cuyo monto no está disponible en el flujo de caja o compromisos corrientes en igual proporción al ajuste. Dicho impacto es similar al que ocurre cada año en marzo al requerir las empresas más liquidez para cancelar el ISLR.

Atendidas estas interrogantes, quedan otras que también generan dudas, pero que por ahora quedan sin respuesta: ¿Qué van a hacer las empresas con los beneficios adicionales entregados al salario? Por ejemplo las bolsas de comida, primas adicionales sin carácter salarial. ¿Será que las empresas podrán mantener dichas ayudas, además del pago del ajuste salarial? ¿Cómo quedan las escalas salariales luego de pasar prácticamente toda la nómina a salario mínimo?

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