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Prejuicios políticos impiden aplicar la ley y que personas trans puedan cambiar su nombre



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Visibilidad trans
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Roison Figuera | mayo 15, 2022

Activistas y organizaciones defensoras de la comunidad Lgbti exigen a las autoridades que se respete el derecho al cambio de nombre por asuntos de género, tal y como se estableció en 2009 con la reforma del artículo 146 de la Ley Orgánica de Registro Civil. Alertan que las personas trans, al no tener su identificación, son blanco fácil de violencia y abusos y se les niega el acceso a la salud, al trabajo y a la libre movilidad. Quiteria Franco dice que los políticos se equivocan en sus cálculos al desatender las necesidades de esta comunidad, pues según encuestas, la comunidad Lgbti es un 10% de la población mundial, porcentaje mayor a la de quienes alegan una religiosidad militante, de donde viene la mayoría de los prejuicios


Ni el gobierno de Nicolás Maduro ni el del difunto Hugo Chávez ni las fuerzas políticas opositoras han tenido en agenda atender los temas de derechos humanos de la comunidad Lgbti. Para muestra un botón: el activismo social de este sector pide a la Asamblea Nacional (AN) que domina el PSUV que se permitan el cambio de nombre de las personas trans, el cual está garantizado por el artículo 146 de la Ley Orgánica de Registro Civil desde hace más de 12 años, pero que no se cumple.

No es primera vez que activistas Lgbti piden al Parlamento respeto a sus derechos y la protección legal del Estado. Lo hicieron en 2016, meses después de haberse instalado, en enero de 2016, la AN dominada por la oposición. También en 2014 cuando el chavismo era mayoría en el Legislativo.

*Lea también: AN 2020 resta importancia a temas sobre DDHH de la comunidad Lgbti

Quiteria Franco, asesora en derechos humanos, género y diversidad y coordinadora general de la organización no gubernamental Unión Afirmativa explica a TalCual que las autoridades nacionales, incluyendo los funcionarios que están en la dirección de los registros,  han actuado obedeciendo prejuicios y sesgos religiosos. A su juicio, no han entendido que su deber como servidores públicos es responder a las necesidades de la ciudadanía.

Recuerda que en 2009 se modificó el artículo 146 de la Ley del Registro Civil. La reforma, en teoría, permite a las personas trans cambiarse el nombre de acuerdo a la identidad de género asumida. No obstante, Franco explica que hay cierta ambigüedad en su redacción, la «que han usado quienes han estado al frente de la dirección de Registro Civil para decir que eso (el artículo) no se refiere a personas trans sino a personas que tengan un nombre que no les guste o que no esté en concordancia con su identidad».

Textualmente, el artículo 146 expresa:

«Toda persona podrá cambiar su nombre propio, por una sola vez, ante el registrador o la registradora civil cuando éste sea infamante, la someta al escarnio público, atente contra su integridad moral, honor y reputación, o no se corresponda con su género, afectando así el libre desenvolvimiento de su personalidad. Si se tratare de niño o niña, el cambio se efectuará mediante solicitud del padre, madre o representante; si es adolescente mayor de catorce años podrá solicitar personalmente el cambio de nombre propio; una vez alcanzada la mayoría de edad podrá volver a solicitar el cambio de nombre por una sola vez. En los casos de colocación familiar de niños, niñas y adolescentes, no se permitirá el cambio de nombre propio sin autorización judicial previa. El registrador o la registradora civil procederá a la tramitación del cambio de nombre propio, mediante el procedimiento de rectificación en sede administrativa».

Para Quiteria Franco, también integrante del Grupo Asesor en ONU-Mujeres América Latina y el Caribe, no es que no ha habido voluntad política sino que quienes ostentan altos cargos no se ven obligados a responder a las necesidades de la ciudadanía.

Lea también: Denuncias de discriminación contra personas Lgbti encuentran refugio en redes sociales

«A ninguno de los sectores políticos le interesa este tema porque se percibe que al emprender en favor de la comunidad Lgbti se perderá capital político de ciertas religiones que los siguen, cosa que es absurda, porque desde el punto de vista numérico, las estadísticas mundiales dicen que un 10% de la población es Lgbti; mientras que las religiones, en numero de feligreses, no llegan a ese porcentaje. Hay un mal calculo político. Lo que se ignora son las necesidades de la gente», apunta en entrevista telefónica.

Quiteria Franco

Para la defensora de los derechos fundamentales de la comunidad Lgbti los políticos no deben hacer sus cálculos sobre el número de personas que perderán sino a cuántas beneficiarán con sus decisiones. La falta de aplicación del artículo 146 de la Ley de Registro Civil es transversal, sostiene Franco, pues las personas trans, al no poder tener un nombre que los identifique, son blanco fácil de violencia y abusos en cuanto a su derecho a la salud, al trabajo y a la libre movilidad.

Destaca que el stand by de la aplicación de la ley repercute en quienes desean salir del país debido a que al migrar la falta de documentos de identidad se suma a la larga lista de problemas a los que se enfrenta una persona que sale de su nación. «Es un paralelismo en cuanto a las consecuencias que trae el no reconocimiento de la identidad», añade.

Lea también: Huir de Venezuela para transitar de género

La activista por los derechos de la comunidad Lgbti Richelle Briceño comenta, por su parte que la población se enfrenta a un sistema que oprime a las disidencias sexuales y que han obstaculizado el avance en la aplicación de estos derechos. Señala que históricamente la personas lesbianas, gays, bisexuales, transexuales e intersexuales han sido discriminadas por omisión.

Recalca Richelle Briceño que los funcionarios no han dado respuesta de las solicitudes que han presentado en el pasado en las oficinas de registro civil para intentar por la vía administrativa el cambio nombre.

La activista afirma, en conversación con TalCual, que estos mismos comentarios los hizo el miércoles 11 de mayo ante la comisión de Desarrollo Social Integral de la AN que domina el PSUV, durante un derecho de palabra por más de 20 minutos, luego de haber sido pospuesto en tres ocasiones distintas.

Para quienes se preguntan qué dije en la @Asamblea_Ven aquí una de mis intervenciones@LaDivinaDiva @SomosMov @reflejosdevzla @GneroConcienci1 @comadrepurpura @entintavioleta @RedAracnida @HogarCoTrans @VE_Igualitaria @TranscendiendoF @Vladi_VillegasP @ChuoTorrealba @amnistia pic.twitter.com/OidL4LBMbv

— Richelle Briceño 🏳‍⚧🇻🇪 (@BriceRichelle) May 13, 2022

La también abogada cuenta que expuso ante los parlamentarios de una manera muy sintética, los argumentos de hecho y de derecho que intervienen en la demanda por el derecho a la identidad. De acuerdo a lo que relata, al finalizar su derecho de palabra seis parlamentarios manifestaron su respaldo. También hubo diputados que cuestionaron el hecho de que tras 12 años de haber entrado en vigencia la modificación de la ley, hasta la fecha no se ha realizado el primer cambio de nombre a una persona trans. 

Dice Briceño que la negativa no debería ser ni si quiera por motivos de interpretación debido a que «la misma ley en su artículo 15 establece que, en casos de dudas, la interpretación que se tomará es aquella que beneficie a la persona desde la perspectiva de los derechos humanos».

Lgbti Artículo 146

Del mismo modo, argumenta que para nadie es un secreto que el tema de la discriminación que viven las personas trans inicia desde el no poseer un nombre que sea acorde a su identidad de género o a su expresión. Recuerda que en las elecciones parlamentarias del 2015, el Consejo Nacional Electoral exigía la paridad de género y que en esa exigencia la diputada Tamara Adrián, la primera diputada trans, fue considerada como de género femenino, «el CNE actuó bajo consideraciones políticas».

Adelantó que del derecho de palabra ante la AN del 11 de mayo se esperan reuniones sostenidas entre organismos del Estado. Informó que el CNE se reunió con instituciones a las que les compete el cambio de nombre para evaluar la viabilidad del cambio y sus implicaciones jurídicas.

«La intención está, la intención existe. Esperemos que no sea solamente en el discurso, sino que también sean los hechos». Añadió.

Briceño también se refirió a la alocución del fiscal general impuesto por la extinta asamblea constituyente Tarek William Saab en las que anunció la creación de una fiscalía para investigar los delitos que se cometen en razón de la orientación sexual y la expresión de género. A su juicio estas decisiones no son fortuitas y tienen que ver con todo el antecedente de presión y resistencia de los movimientos Lgbti.

Lea también: El Estado venezolano tiene 01 en materia de defensa de derechos Lgbti

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AN 2020Asamblea NacionalLey Orgánica de Registro CivilLGBTIQuiteria FrancoRichelle BriceñoUnión Afirmativa


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