Venezolanos pueden cruzar la frontera hacia Colombia sin pasaporte, solo con su cédula

El Tratado de Tonchalá les permite a los venezolanos transitar por Norte de Santander solo con su cédula. Con maletas o sin ellas venezolanos pueden cruzar la frontera
Ningún funcionario apostado en los puntos de control de los pasos fronterizos de San Antonio del Táchira, Tienditas, Ureña o Boca de Grita puede exigir pasaporte a los migrantes o demás venezolanos que crucen los tramos binacionales, ya sea de salida o de retorno a Venezuela.
Así lo precisó el analista en temas de frontera William Gómez, al indicar que en los últimos meses se han registrado varias quejas de ciudadanos venezolanos (migrantes-viajeros) que, al ser abordados por algunos funcionarios para los controles de rigor, les estarían obligando a presentar el pasaporte para poder salir del país.
“A muchas de estas personas, por el solo hecho de llevar maletas, les están solicitando este documento, lo cual viola el Tratado de Tonchalá y otros acuerdos binacionales de la frontera de Táchira con Norte de Santander, que permite ingresar al departamento colombiano solo con la cédula de identidad”, precisó Gómez.
Recordó que estos funcionarios están en su deber de ejecutar la revisión de equipaje y chequear si la persona registra algún antecedente o prohibición de salida del país, mediante el sistema Siipol; sin embargo, algunos de los uniformados estarían incumpliendo los acuerdos.
«Al viajero o migrante que vaya a entrar o salir del país por esta frontera no se le puede exigir ningún tipo de tasa, impuesto o multa por no llevar el pasaporte», subrayó el analista al puntualizar que, si el ciudadano va más allá de Norte de Santander o de tránsito por Colombia hacia terceros países, los controles recaen en Migración Colombia.
William Gómez resaltó que el migrante o viajero que desee cruzar a Colombia con su pasaporte vencido, también puede hacerlo mientras no sobrepase los 10 años de haber caducado, recibiendo el sello de entrada sin importar que Migración Venezuela no selle la salida, amparándose Colombia en su Resolución 2.231 del 2021.
A modo de colofón, señaló que los menores de edad que no van acompañados por ambos padres, de manera obligatoria deben presentar en los puestos fronterizos los permisos tramitados en los tribunales de protección a los menores, para salir del país con los niñas, niños o adolescentes.
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