¡El mayor cabildo de la América hispana!, por Oscar Bastidas Delgado
“Yo antepongo siempre la comunidad a los individuos”
Simón Bolívar
El cabildo como institución tiene su origen en territorios no peninsulares de la España colonizante, en principio constituyeron una suerte de corporación municipal en las Islas Canarias y luego en las Filipinas y las Indias ocupadas por los españoles. Su funcionamiento se ilustró en los ayuntamientos o concejos (concillium) medievales españoles pues tenían atribuciones de los concejos.
Los cabildos siempre han sido espacios de deliberaciones y decisiones, inicialmente mecanismos de representación de las élites locales ante la burocracia de la realeza con relativa autarquía dada la lejanía geográfica. Gracias a un cabildo abierto, el del 19 de abril de 1810, en el que el posterior Libertador no estuvo presente por estar confinado por Emparan en su hacienda de Yare, Venezuela dio su primer paso firme hacia la libertad, paso que se confirmaría con la firma del Acta de la Independencia el 5 de julio del año siguiente en un salón de nuestra actual Universidad Central de Venezuela, el verdadero Altar de la Patria.
Nuestra actual Constitución menciona los cabildos en dos artículos el 70º y el 348º; el 70º señala que “Son medios de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía, en lo político: la elección de cargos públicos, el referendo, la consulta popular, la revocatoria del mandato, la iniciativa legislativa, constitucional y constituyente, el cabildo abierto y la asamblea de ciudadanos y ciudadanas cuyas decisiones serán de carácter vinculante, entre otros…”
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Fue con base en ese artículo que la Asamblea Nacional (AN), electa por no menos de 16 millones de ciudadanos en el 2015, llamó a Cabildo el pasado 23 de enero pero… no fue un cabildo cualquiera. Fue convocado a la misma hora en numerosas ciudades del país, lo que le concedió carácter de abierto, extraordinario y nacional; contó con tal presencia masiva en esas ciudades y en otras de otros países del planeta que, constitucionalmente, legitimó que el presidente de la AN, Diputado Juan Guaidó, asumiera provisionalmente la Presidencia de la República hasta tanto se realicen elecciones presidenciales con las debidas garantías de pulcritud y democracia.
Así como los caraqueños de 1810 le dijeron ¡NO! a Emparan, con este mayor cabildo de la historia, los venezolanos dijimos ¡NO! a Maduro
Desde ese momento todo apunta a elecciones presidenciales bajo la condición de que Maduro diga “yo tampoco quiero mando”. Seguiría la libertad de los presos políticos; habilitar los políticos y los partidos inhabilitados; y reestructurar la directiva del actual mamotreto electoral. Se continuaría con la siguiente cadena de valor resumida como decálogo:
1- Limpieza del Registro Electoral Permanente (REP), sacando a quienes tienen numerosas cédulas y a quienes por decenas viven en las mismas direcciones.
2 – Abrir oficinas electorales en todos los países con venezolanos y establecer mecanismos de votación donde no sea posible instalarlas.
3 – Abrir lapso para inscripción de nuevos votantes y cambios de residencia.
4- Revisar sistema computarizado con técnicos de alto nivel y observadores internacionales para evitar nuevas manipulaciones.
5 – Sorteo transparentemente de los miembros de mesa.
6 – Revisión del sistema de postulación, que todo candidato entregue partida de nacimiento.
7- Revisión del sistema de financiamiento de los partidos.
8 – Invitar observadores internacionales y aceptar todo aquel que desee serlo: quien no la debe no la teme.
9 – Garantizar mecanismos efectivos de auditorías previos, concomitantes y posteriores
10 – Realizar las elecciones.
Cumplida esa cadena de valor, la AN y el nuevo presidente deberán propiciar nuevas elecciones regionales, de alcaldes y concejos municipales ya que si las pasadas fueron convocadas por la también usurpadora asamblea nacional constituyente (en minúsculas), esos cargos no tienen validez. Este proceso durará el tiempo que tarde Maduro en decir que “no quiero mando” más el propio de lo electoral, no menos de unos cuatro meses.