La lista Rufián, por Teodoro Petkoff
Russián anuncia más inhabilitaciones. Seguramente tendrán la misma distribución política de las ya incluidas en la lista que lleva su nombre. Más del 80% de los inhabilitados no pertenecen al mundo del oficialismo. ¡Qué coincidencia! Un gobierno que tiene a su gente en todos los niveles de la administración pública, que gerencia (es una manera de hablar) 27 ministerios y cualquier cantidad de institutos autónomos, que tiene en un puño al Parlamento, al Poder Judicial, a la Fiscalía, a la Defensoría del Pueblo y, por supuesto, a la Contraloría; que controla 21 de 23 gobernaciones y a la Alcaldía Metropolitana de Caracas y casi 300 de 335 alcaldías, así como todos los concejos municipales, sólo «pone» menos del 20% de inhabilitados. La oposición, que tiene en sus manos sólo 2 de 23 gobernaciones, unas treinta alcaldías, y está fuera de todos los poderes públicos, suministra más del 80% de los inhabilitados. Y después, ese infeliz muñeco de ventrílocuo que ejerce la Contraloría sostiene impertérritamente que su gestión es imparcial y no tiene sesgo político.
¿Cómo explica Russián esta aberrante correlación existente en la Lista que lo ha hecho tan tristemente célebre? Mas, vayamos al fondo del asunto. Es absolutamente imposible, si nos atenemos a la Constitución, que un ciudadano pueda ser sancionado, así sea administrativamente, sin debido proceso ni sentencia judicial. Cuando el contralor «inhabilita», basándose en la Ley de Contraloría (más allá de que tal decisión sólo atañe a funcionarios públicos designados y no a los elegidos), toma una medida cautelar porque, presumida como es la inocencia en la legislación venezolana y en la propia Constitución (Artículo 49, numeral 2: «Toda persona se presume inocente mientras no se pruebe lo contrario»), sólo un juez podrá decidir si el «inhabilitado» es realmente culpable del delito o la irregularidad que motiva la inhabilitación. Si la sentencia fuere condenatoria y, además, ratificada en las instancias superiores, entonces y sólo entonces el ciudadano perdería sus derechos políticos. El artículo 65 de la Constitución es muy claro al respecto.
La inhabilitación, pues, configura una aberración jurídica realmente kafkiana. Una persona, cuya culpabilidad no ha sido demostrada mediante debido proceso y, por tanto, no ha sido condenada a ninguna pena pierde un derecho político esencial, como es el de ser elegida, por simple decisión administrativa. Esto es tanto o más grave que la Ley Sapo. Chávez debería pasearse por la tremenda raya internacional que está significando para su gobierno este hecho. Él sólo lee los boletines de prensa extranjera que le presenta Izarrita.
Mande a sondear por su cuenta opiniones políticas en otros países para que conozca realmente cómo se ve esto de la Lista Russián.