Abogada dice que medidas del TSJ en su contra son un pase de factura por postura política
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró inadmisible un recurso de nulidad interpuesto por el Frente Democrático Popular (FDP) en el que se exigió al Consejo Nacional Electoral publicar los resultados detallados de las presidenciales. En la sentencia, el Poder Judicial ordenó la suspensión temporal del ejercicio de la profesión de la abogada María Alejandra Díaz Marín, quien introdujo el documento
La abogada María Alejandra Díaz, a quien el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) sancionó con una prohibición para ejercer su profesión tras presentar un recurso interpuesto donde se exigía al Consejo Nacional Electoral publicar los resultados detallados de las presidenciales, afirmó que la medida es un «castigo» que se ejecuta sin el debido proceso.
«Es nuestro modo de vida, nosotros no tenemos otro ingreso que no sea el ejercicio profesional», dijo este 13 de noviembre en un acto de desagravio a su favor, que fue organizado por movimientos disidentes del chavismo, entre ellos el Partido Comunista de Venezuela (PCV).
La abogada señaló que esta sanción es inédita. «Creemos que es un pase de factura por nuestras posiciones políticas», insistió Díaz, que dice sentirse en un «limbo jurídico». Alertó que la suspensión tiene duración «indefinida», al menos hasta que el TSJ aclare su decisión para saber si debe apelar ante el tribunal o acudir al Colegio de Abogados.
Destacó que ella tiene una trayectoria de 35 años y en los últimos dos años ha sido crítica al gobierno de Maduro, al que defendió hasta el quinquenio pasado.
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En este sentido, dijo que también pidió explicaciones al tribunal sobre la forma en la que deberá pagar la multa impuesta de 100 euros (105,64 dólares).
Díaz pidió al gremio de abogados pronunciarse sobre este caso, pues advirtió se está poniendo en riesgo a todos los juristas que exijan «el cumplimiento de un derecho constitucional» si «el gobierno siente que le está estorbando».
«El que está amenazado es el gremio de abogados. Eso es lo más grave de toda esta sentencia y por eso creemos que debemos actuar», sostuvo.
La semana pasada, el TSJ rechazó el recurso asistido por Díaz y la multó y sancionó, «dados los graves señalamientos advertidos» en el amparo constitucional introducido, los cuales cuestionan e irrespetan la potestad que ostenta» el Supremo y que, además, «pretenden generar zozobra y conmoción en la población».
El caso de la abogada
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró inadmisible un recurso de nulidad interpuesto por el Frente Democrático Popular (FDP) en el que se exigió al Consejo Nacional Electoral publicar los resultados detallados de las presidenciales. En la sentencia, el Poder Judicial ordenó la suspensión temporal del ejercicio de la profesión de Díaz Marín, quien introdujo el documento.
La sentencia tiene fecha del lunes 4 de noviembre. Responde al recurso de amparo constitucional «por la abstención, omisión o carencia», en la que el frente ha considerado, incurrió el Consejo Nacional Electoral (CNE) al no publicar los resultados disgregados de los comicios presidenciales en los que se declaró al mandatario Nicolás Maduro como el ganador.
El recurso fue firmado por la abogada Díaz, el economista Andrés Giuseppe, el dirigente de Redes, Juan Barreto; el coordinador nacional del Bloque Histórico Popular, José Luis Ibrahim Esté, los dirigentes del Partido Comunista de Venezuela (PCV), Oscar Figuera, Yul Jabour y Carlos Ojeda Falcón y por el dirigente de Centrados, Enrique Márquez.