Esto es lo que dice el contrato firmado por estrategas de Guaidó y Silvercorp
Un total de 41 páginas especifican los alcances y características de los acuerdos que el gobierno interino de Juan Guaidó alcanzaría con la empresa norteamericana Silvercorp. El papel no está firmado por Juan Guaidó, quien es mencionado en el escrito como «Comandante en jefe». El objetivo principal era sustraer a Nicolás Maduro del poder y, una vez cumplido, la contratista quedaría operando en Venezuela por más de un año
TalCual ha tenido acceso al documento completo que se firmó entre asesores de Juan Guaidó y Jordan Goudreau en representación de Silvercorp, para coordinar servicios de seguridad especial incluyendo una operación de «extracción» de Nicolás Maduro, en octubre de 2019. En este documento de 41 páginas no aparece la firma del presidente de la Asamblea Nacional. Al final de esta nota puede leerlo completo (en inglés).
Desde su primera página el contrato establece que Silvercorp contaba con 45 días para prepararse, procurar el equipamiento y alistar la misión, incluyendo la incorporación y entrenamiento de combatientes en el exilio, por un costo de 50 millones de dólares. Es el tiempo en el que JJ Rendón, firmante del acuerdo, afirma quedó demostrado que Goudreau no había cumplido lo establecido y por tanto el contrato quedó anulado.
El gobierno interino se comprometía a pagar luego de completada la misión (la remoción del actual régimen y la instalación de un gobierno legítimo) un máximo de 16 millones de dólares mensuales hasta el fin del contrato. El acuerdo firmado el 16 de octubre de 2019 con una fecha de culminación 450 días (15 meses) después de cumplida la misión, para un total de 212 millones de dólares.
El objetivo primario del convenio era la «captura/detención/remoción» de Nicolás Maduro del poder y su sustitución por Juan Guaidó como reconocido presidente venezolano, cuyo cumplimiento incluía un bono por 10 millones de dólares.
El papel establece la urgencia del caso, y establece que si Maduro saliera del poder antes, por decisión propia o forzado por otros actores (grupos o gobiernos), o entregara el poder a otro individuo antes de cumplida la mision de Silvercorp, el contratista permanecería empleado hasta el término del contrato.
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Cuando se considerara que el objetivo principal se cumpliera, Silvercorp quedaría en una posición de asesores en restaurar la estabilidad, protección presidencial, operaciones de contaterrorismo y recuperación de activos venezolanos robados en el resto del mundo.
El contrato establece que Silvercorp debía encontrar inversionistas privados que ayudaran a financiar la operación, aunque el gobierno interino podría hacerlo sin terceros, cuyos préstamos serían pagados por el «gobierno legítimo» posteriormente. Esos posibles inversionistas privados quedarían en un estatus preferencial frente al nuevo régimen.
La línea de comando
El contrato suscrito establece que la línea de comando es la siguiente:
- Comandante en jefe: Juan Guaidó
- Supervisor general: Sergio Vergara
- Jefe de estrategia: Juan José Rendón
- Comandante en el sitio: Por determinar
Dicta además que el Comité de estrategia tiene la última palabra en la aprobación de la operación, así como en la puesta en marcha de cada uno de los estados de la misma, incluyendo despliegue, infiltración, extracción y demás. Solo las aprobaciones «de emergencia» serían dadas por el comandante a cargo en el sitio de las operaciones.
Rendón, en su relato, afirma que esta aprobación nunca ocurrió.
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Las «fuerzas hostiles»
El documento establece que serán consideradas fuerzas hostiles las FARC y el ELN, Hezbolah, fuerzas ilegítimas como Nicolás Maduro, sus aliados y cualquiera que lo respalde en armas; al igual que Diosdado Cabello y quien haga lo propio. Además, se incluyen carteles de la droga y colectivos armados y violentos.
Para la ejecución de la operación, estaba aprobado el uso de toda clase de armas convencionales. En el caso de minas de auto destrucción, o de detonación comandada, con algunas excepciones, debían ser aprobadas por el comandante de la misión siguiendo lineamientos descritos en el contrato.
Al personal del contratista se le asigna capacidades como asesores, y no como combatientes, con prohibición de actuaciones unilaterales, sino en conjunto con los equipos venezolanos autorizados. Un jefe de comando sería el encargado de las decisiones tácticas, incluyendo uso proporcional de la fuerza.
Las operaciones debían ser realizadas, en la medida de lo posible, asegurando que lesiones a civiles y daños colaterales a objetos civiles fuesen minimizados.
De igual forma, se establece que en ataques a infraestructuras, líneas de comunicaciones y objetos económicos estos debían ser, preferiblemente, desmantelados o interrumpidos pero no destruidos.
El documento establece que las infraestucturas civiles, edificios culturales e históricos, centros sociales, lugares religiosos y hospitales están protegidos y no debían ser atacados, excepto cuando fuesen usados para propósitos ilegales. Tampoco podrían ser utilizados por los combatientes para propósitos militares.
El personal en Venezuela debía asegurarse de que, antes de cualquier avance, los no combatientes y las estructuras civiles sean distinguidas con respecto a los objetivos militares, que deberán ser identificados de acuerdo a lo establecido en el contrato. Según el papel, el uso de la fuerza para alcanzar las misiones asignadas sería el necesario y proporcional, en intensidad, duración y magnitud.
Queda dictado que las armas confiscadas durante las operaciones realizadas por Silvercorp serían facilitadas a las unidades venezolanas o almacenadas de acuerdo a las instrucciones del Comandante en Jefe.
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Luego de caído Maduro
El convenio entre el «gobierno reconocido» de Juan Guaidó y Silvercorp no terminaba con la remoción del poder de Nicolás Maduro y demás integrantes de su «régimen». Sino que continuaría asignando nuevas responsabilidades al contratista y sus fuerzas.
Se establece la creación de un Grupo de Trabajo para acciones de contraterrorismo en el que Silvercorp trabajaría en conjunto con las FAES y el Dgcim una vez realizado el cambio de gobierno.
La Alta Comisionada para los Derechos Humanos de Naciones Unidas, Michelle Bachelet, ha exigido la disolución de las FAES al señalarlas como responsables de ejecuciones extrajudiciales.
Según el acuerdo, durante las operaciones en el tiempo establecido, todos los activos recuperados, incluyendo oro, dinero, arte, objetos valiosos, vehículos, propiedades, infraestructuras y cuentas bancarias serían inventariadas y entregadas a la autoridades venezolanas. El contratista se quedaría con el equivalente al 14% de lo recuperado.
El documento preveía la utilización del espacio aéreo o el cruce de fronteras a Colombia y Brasil cuando estos países no pudieran controlar un ataque dirigido desde sus territorios, o para perseguir a combatientes aliados de Maduro. De hecho, el comandante de la misión tendría autoridad para detener a personas y cargamentos que tuvieran como objetivo hacer llegar equipos militares o de otro tipo a fuerzas leales al «régimen anterior», así como para registrar viviendas civiles si se sospechaba que estaban siendo usadas por enemigos durante los combates.
Les permitía también responder incluso con fuerza letal a individuos que atacasen a las fuerzas venezolanas o para proteger a individuos designados: todos los venezolanos, detenidos que debían ser protegidos, personal de la misión o aliados, ONG y otras organizaciones que provean asistencia humanitaria, incluyendo Cruz Roja y entidades de Estados Unidos o de la Organización de Naciones Unidas; así como para proteger los equipos de la coalición, instituciones públicas y privadas, edificios públicos incluyendo museos, cortes, escuelas y universidades y otros lugares que contengan archivos el gobierno; campos petroleros, plantas de electricidad o agua potable, estaciones de servicio, sistemas de transporte, hospitales y otros centros de salud, ente otros.
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La privatización de la seguridad nacional
El contrato firmado por JJ Rendón y Sergio Vergara en nombre del gobierno interino, y por Jordan Goudreau por Silvercorp convierte a la empresa contratista en aliada de las fuerzas de seguridad nacional, incluso con el permiso de utilizar uniformes oficiales de los cuerpos estatales.
No obstante, deja establecido que no deben hacer arrestos, con excepciones, y cuando ocurran deberá hacerse basado en las condiciones preestablecidas y con el compromiso de entregar al aprehendido a autoridades en 24 horas. Tampoco podrían realizar allanamientos sin permiso judicial.
El contrato establece la permisología para activar una unidad de control de disturbios, en caso de protestas civiles o de presos, para responder con proporcionalidad de fuerza y equipos antimotines no letales, a excepción de cuando se trate de defensa propia frente a una amenaza a la vida. Quedaba especificado que no se podían hacer tiros de advertencia en caso de saqueos.
Pero además, el contratista asumiría funciones policiales pues «el personal de la misión está autorizado a detener o buscar civiles cuando haya una sospecha razonable de que la persona detenida se ajuste a una de estas categorías: están o estuvieron relacionadas a actividades criminales, interferir en la consecución de la misión, o están en listas de personas buscadas por actividades criminales o por razones imperativas para la seguridad».
El documento refleja la posibilidad de que Silvercorp incorporara a sus unidades a equipos periodísticos que documentaran operaciones con estilo documental, y siempre manteniendo la imagen de que se trata de operaciones solo venezolanas, por lo que debían «ocultar» la participación extranjera.
Compromisos legales
Con la firma del contrato, Silvercorp se comprometía a cumplir las leyes venezolanas. En caso de presentarse alguna demanda civil en Venezuela o EEUU, la administración venezolana financiaría la totalidad del costo de la defensa legal para su contratista.
El acuerdo señala que el gobierno legítimo deberá conceder al personal del servicio todos los «privilegios, excepciones e inmunidades equivalentes a aquellas que tienen las fuerzas de seguridad de Venezuela. El personal del prestador del servicio podrá entrar y salir de Venezuela con identificación de forma colectiva o con órdenes de viaje individuales», o con uniformes.
Se aclara en el papel que debido al riesgo extremadamente alto del trabajo planteado, todos los participantes estarán asegurados por el interinato y llevarán protección especial, que es especificada en el tipo de equipamiento a portar.
Se aclara que en caso de que un combatiente sea asesinado en acción, la parte contratante pagaría 450 mil dólares a los familiares; así como 250 mil dólares a cualquier miembro que perdiera alguna extremidad o su vista durante el proyecto. Además se hace referencia a las obligaciones de las partes por lesión corporal, enfermedad o muerte, y también por pérdida de propiedad.
Puede leer el documento completo aquí: