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Sala Constitucional del TSJ designó nueva junta directiva Ad Hoc de Copei



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Dirigencia Copei Mérida
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TalCual | diciembre 2, 2019

Este fallo deja sin efecto sentencias anteriores que han otorgado legalidad a directivas distintas de Copei en 2015, 2016 y 2019


La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, tras hacer una revisión del fallo n° 323 del 27 de agosto de 2019, en el que convalidaba a las autoridades de la Dirección Nacional y la Comisión Electoral Nacional de Copei, decidió designar de forma temporal una mesa directiva Ad Hoc del partido.

Los argumentos tomados por la instancia más alta del Poder Judicial para designar la junta directiva Ad Hoc de Copei, incluyen una «serie de contradicciones» en la estructura del partido, los cuales crearían confusión sobre la legitimidad que poseen sus autoridades actuales.

«Generan incertidumbre e inseguridad jurídica en el colectivo de su militancia, respecto de quiénes tienen la legitimación como máximas autoridades estatutarias de dicho Partido Nacional, para el ejercicio de las atribuciones que se establecieron en los Estatutos internos del Partido Nacional Copei», señala el texto jurídico.

En este sentido, la Mesa Directiva de la Dirección Nacional del partido fue reformada. La presidencia quedó en manos de Miguel Salazar, en sustitución de Mercedes Malavé; el primer vicepresidente es Alexander Cordero, reemplazo de Antonio Calviño; la segunda vicepresidencia queda a cargo de Jesús Jiménez Vilchez, en lugar de Rafael Hernández; el secretario general Juan Carlos Alvarado mantiene su puesto; mientras que José Jonathan Patty queda como secretario adjunto, en lugar de Iber Asención.

Por otra parte, se designaron a los siguientes vocales principales del partido: Antonio Sotillo Luna, Carlos Melo, Alexander Paredes, Rafael Blanco, Pedro Pablo Fernández y Héctor Solano.

Mientras tanto, los vocales suplentes son: Juan Fersaca, Miguel Parra, Rafael Hernández, Silvia Melina Vásquez, Orlando Medina e Iber Asención.

*Lea también: OEV: Gobiernos del mundo utilizan redes sociales para manipular procesos electorales

Este fallo deja sin efecto sentencias anteriores que han otorgado legalidad a directivas distintas de Copei en 2015, 2016 y 2019.

Durante 2015, la polémica inició después de que el TSJ destituyera la directiva dirigida por Roberto Enríquez y designara la primera junta Ad Hoc, en un procedimiento que imposibilitó al político para participar en las elecciones parlamentarias de 2015.

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