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TSJ designa tribunales para tramitar causas relacionadas a la Ley de Extinción de Dominio



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TSJ
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TalCual | mayo 25, 2023

La Sala Plena del TSJ delegó a la Sala de Casación Civil la coordinación de los tribunales con competencia en materia de Extinción de Dominio. Estableció que los juzgados que tengan causas con bienes incautados y recuperados, deberán informar en el lapso de 30 días hábiles la relación de los mismos al Servicio de Bienes Recuperados


La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) designó siete tribunales civiles de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas que tendrán competencia para tramitar en todo el país las causas que tengan relación con la Ley de Extinción de Dominio, aprobada por la Asamblea Nacional (AN) del 2020 y que transfiere al Estado la titularidad de los activos de funcionarios que haya incurrido en ilícitos.

La designación se realizó tras la aprobación de una resolución en la que quedó establecido que conocerán en primera instancia de las referidas causas, los tribunales Tercero, Sexto, Séptimo y Noveno de Primera Instancia Civil con Competencia Nacional, mientras que en segunda instancia lo harán los tribunales Superior Tercero, Noveno y Décimo en lo Civil, con Competencia Nacional.

*Lea también: TSJ y MP establecen líneas de trabajo para poner a andar Ley de Extinción de Dominio

«La asignación se hizo en consonancia con la Disposición Transitoria Primera de la Ley Orgánica de Extinción de Dominio, que establece que el TSJ deberá crear los tribunales de Primera y Segunda Instancia especializados en materia de Extinción de Dominio, con competencia nacional, dentro de los 60 días siguientes a la entrada en vigencia de dicha normativa legal, y hasta tanto se creen los tribunales especializados, la competencia corresponderá a los Tribunales de Primera Instancia Civiles y los Tribunales Superiores Civiles», indicó el TSJ en una nota de prensa.

Los magistrados del TSJ delegaron a la Sala de Casación Civil la coordinación de los tribunales con competencia en materia de Extinción de Dominio. Asimismo, establecieron en la resolución que los juzgados que tengan causas con bienes incautados y recuperados, deberán informar en el lapso de 30 días hábiles la relación de los mismos al Servicio de Bienes Recuperados.

En el documento se indicó que la Dirección Ejecutiva de la Magistratura prestará a la Rectoría Civil del Área Metropolitana de Caracas el apoyo necesario para el óptimo funcionamiento de los tribunales especializados de primera y segunda instancia, además, la Escuela Nacional de la Magistratura establecerá un programa de formación permanente para los jueces y juezas, así como para el personal que integre esos juzgados especializados

La Ley de Extinción de Dominio tiene como objetivo de establecer mecanismos que permitan la identificación, localización y recuperación de los bienes originados por actividades ilícitas o destinados a éstas, así como la extinción de los derechos y atributos relativos al dominio mediante sentencia, sin contraprestación ni compensación alguna.

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