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Jubilados de Sidor interponen amparo laboral por incumplimiento de pago de prestaciones



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Jubilados de Sidor
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Regiones TalCual | junio 8, 2023

Los jubilados de Sidor afirman que la empresa incumplió con hacer la notificación de jubilación en el tiempo que estipula la ley, y que hace mal cálculo del monto que deben recibir por concepto de pensión

Texto: Francesca Díaz | Correo del Caroní


Este 7 de junio trabajadores de la Siderúrgica del Orinoco (Sidor) marcharon hasta el Palacio de Justicia de Puerto Ordaz para interponer una acción de amparo laboral constitucional contra la estatal, por la ejecución de jubilaciones forzadas, el impago de prestaciones para los jubilados y los montos mal calculados de las pensiones con las que el empleado pasa a nómina no activa.

El recurso fue introducido en el Tribunal de Primera Instancia del Trabajo con Competencia Constitucional de Puerto Ordaz asentado en el expediente 4P11-0-2023-12, y los querellantes están siendo representados por el abogado Francisco José Fermín Coffi, el coapoderado judicial de los trabajadores José Manuel Guilarte Rodríguez, Hipólito Rafael Cedeño, Candelario Rafael Magallanes, Edgar Arturo Amarista y Emeterio de Jesús Jauregui.

Los trabajadores, todos con más de 40 años de labores ininterrumpidas en la compañía, denuncian haber sido jubilados forzosamente bajo condiciones irregulares que violentan la Constitución Nacional, la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (Lottt) y la contratación colectiva vigente de Sidor.

En Venezuela las pensiones ofrecidas por el IVSS son equivalentes al salario mínimo, hoy por debajo de los 130 dólares. Los trabajadores de las empresas básicas deberían ser jubilados con el “80% de lo que gane el trabajador homólogo activo”, aunque las denuncias afirman que esto no está siendo respetado por la CVG.

Las irregularidades inician con la notificación de jubilación que, por contratación colectiva, debería hacerse 6 meses antes para que el trabajador pueda prepararse; sin embargo, esto se incumplió. A su vez, el trabajador debe recibir el pago de sus prestaciones cinco días después de cesada la relación laboral, según el artículo 142 de la Lottt, pago que los afectados aún no reciben.

Por último, el empleado debe salir jubilado, según el contrato colectivo, y percibir el 80% de su salario, mientras que los denunciantes afirman estar recibiendo solo el 30% del salario.

Ante esta circunstancia, exigen una medida cautelar innominada de suspensión de las jubilaciones forzosas, de los cálculos que deriven de la jubilación, y la restitución inmediata a los puestos laborales a favor de los trabajadores de Sidor que se encuentren en la misma situación, “con el fin de salvaguardar sus derechos laborales existiendo una presunción grave de la violación de garantías constitucionales”, esto con el fin de dejar sin efecto estas jubilaciones.

Asimismo, en su capítulo V la denuncia extiende el petitorio para que les sean “restituidas las situaciones jurídicas infringidas, violadas, quebrantadas, mimetizadas, a los querellantes”.

Incumplimiento de pago desde 2021

Los afectados denuncian que desde finales de 2022 a enero de 2023 se ha intensificado la suspensión de salarios a trabajadores que forman parte de la comisión jubilable de la compañía.

Asimismo, Correo del Caroní ha seguido la denuncia de grupos de jubilados de diferentes empresas adscritas a la Corporación Venezolana de Guayana (CVG), quienes aseguran que desde 2021 la compañía ha dejado de cumplir con el pago de prestaciones, presuntamente por falta de recursos, pero continúa jubilando trabajadores. Esta situación deja a los adultos mayores sin recursos económicos para hacer frente al cese de su vida laboral activa.

“Estamos introduciendo un recurso de amparo constitucional porque a la mayoría de accionistas clase B los están jubilando de manera forzosa. Los adultos mayores tienen protección y derechos laborales establecidos en la Constitución, la Ley del Trabajo, Ley del Adulto Mayor… Sin embargo, hoy tenemos que acudir a una demanda para intentar resarcir los daños que les han ocasionado a los trabajadores. Hemos venido aquí a la CVG para que solucionen el problema de los jubilados y pensionados”, declaró Jonis Luna, trabajador de Sidor y miembro de la Comisión Única de Accionistas Clase B.

Política de la CVG

Durante el mes de abril, un grupo de 120 jubilados de Ferrominera Orinoco denunció a este medio estar en la misma situación, entonces aseguraron que reciben pensiones de menos de 10 dólares y haber sido “echados a la calle a pasar hambre”.

Hay que señalar que en Venezuela las pensiones ofrecidas por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) son equivalentes al salario mínimo nacional, hoy por debajo de los 130 dólares. Los trabajadores de las empresas básicas deberían ser jubilados con el “80% de lo que gane el trabajador homólogo activo”, aunque las denuncias afirman que esto no está siendo respetado por la CVG.

En febrero, 195 jubilados de CVG casa matriz manifestaron tener más de 3 meses esperando el pago de sus prestaciones sociales sin obtener ninguna respuesta a sus reclamos al respecto. Para el mes de junio, los trabajadores continúan sin recibir el pago lo que se traduce en un retraso de más de 6 meses. A pesar del impago, los obreros fueron cambiados a las nóminas de jubilados con una reducción del salario, según sus declaraciones, de hasta 35%.

*Lea también: CNE de Colombia aplazó audiencia para escuchar testimonios de Benedetti y Sarabia

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